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2.1.5 Los órganos de participación y coordinación - Contenido educativo
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Los órganos de coordinación y participación de los centros públicos se encuentran regulados
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en el artículo 130 de la LOE, titulado órganos de coordinación docente.
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Sin embargo, la LOE se limita a establecer, que corresponde a las administraciones educativas,
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regular el funcionamiento de los órganos de coordinación docente y de orientación
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y potenciar los equipos de profesores que impartan clase en el mismo curso, así como
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la colaboración y el trabajo en equipo de los profesores que impartan clase a un mismo
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grupo de alumnos.
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En los institutos de educación secundaria existirán, entre los órganos de coordinación
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docente, departamentos de coordinación didáctica que se encargarán de la organización y desarrollo
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de las enseñanzas propias de las materias o módulos que se les encomienden.
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En la Comunidad de Madrid no se ha aprobado todavía normativa general que regule la
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organización y funcionamiento de los centros.
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Siguen en vigor, pues, con carácter supletorio los Reales Decretos 82 y 83 de 1996, de 26
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de enero, por los que se aprueba respectivamente el reglamento orgánico de las escuelas de
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educación infantil y de los colegios de educación primaria y el de los institutos de educación
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secundaria, así como las órdenes de 29 de junio de 1994, en todo lo que no contravenga
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la normativa posterior.
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Estos Reales Decretos y Órdenes se complementan con las instrucciones de comienzo de curso
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y las órdenes por las que se regulan aspectos de organización, funcionamiento y evaluación
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de las distintas enseñanzas.
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Estas órdenes son, principalmente, las siguientes, la Orden 3622 de 2014, de 3 de diciembre,
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de la Consejería de Educación y Juventud y Deporte, de la Comunidad de Madrid, por
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la que se regulan determinados aspectos de organización y funcionamiento, así como
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la evaluación y los documentos de aplicación en la educación primaria.
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La Orden 2391 de 2016, de 22 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,
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de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento
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y evaluación de la educación secundaria obligatoria.
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La Orden 2582 de 2016, de 17 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,
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de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento
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y evaluación en el bachillerato.
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Orden 2694 de 2009, de 9 de junio, por la que se regula el acceso, la matriculación,
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el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen en la
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Comunidad de Madrid, la modalidad presencial de la formación profesional del sistema educativo
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establecida en la Ley Orgánica 2-2006, de 3 de mayo, de Educación, a las que hay que
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sumar las instrucciones específicas de comienzo de curso relativas a otras enseñanzas, como
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adultos o idiomas, y programas como el bilingüismo.
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A grandes rasgos, los órganos de coordinación son
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Tutores, uno por grupo de alumnos en la mayoría de las enseñanzas.
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Funciones de coordinación, orientación, seguimiento, información a las familias,
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realización de informes y propuestas y presidencia de la Junta de Evaluación.
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En primaria se añade un mayor poder de decisión sobre la proporción de los alumnos.
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En FP existen además los tutores del módulo de formación en centros de trabajo, con funciones
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de seguimiento y evaluación, y el líder módulo de proyecto en los ciclos formativos
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de grado superior.
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Suelen contar con reducción horaria y complemento salarial.
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Equipos docentes de grupo, formados por todos los profesores que imparten clase al grupo.
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Funciones sobre todo de evaluación, que ejercen reuniéndose periódicamente como juntas de
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evaluación.
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Decisiones sobre promoción y titulación, así como medidas de refuerzo y apoyo.
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Equipos docentes de tramo o ciclo.
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En primaria, funciones de coordinación, propuestas, extraescolares, planificación,
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dirigidos por un coordinador.
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Departamentos didácticos, solo en los institutos de educación secundaria y otros centros como
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las escuelas oficiales de idiomas, pero no en los colegios de educación infantil y primaria.
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Funciones similares a las de los equipos de ciclo, los preside un catedrático profesor
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designado por el director.
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Departamentos de orientación, integrados por un orientador, que es el jefe, y profesores
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de diverso tipo, pedagogía terapéutica y audición y lenguaje, compensatoria, profesores
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de ámbito de los programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento o diversificación,
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profesores técnicos de servicios a la comunidad, técnicos de integración social, funciones
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de orientación, coordinación tutorial, atención a la diversidad y apoyo a las adaptaciones
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curriculares.
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Departamentos de actividades complementarias y extraescolares, solo en los institutos de
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educación secundaria, dirigidos por un jefe designado por el director y formados por profesores
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y alumnos para cada actividad.
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Funciones de planificación y evaluación, comisión de coordinación pedagógica, formada
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por los jefes de departamento, el jefe de estudios y el director que la preside, así
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como el orientador y el coordinador de tecnologías de la información y la comunicación.
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Funciones de planificación y coordinación de la elaboración de documentos docentes.
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Otros coordinadores, como los coordinadores o los coordinadores jefes del programa bilingüe
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y el coordinador de tecnologías de la información y la comunicación.
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A grandes rasgos, los órganos de participación, excluyendo el consejo y escolar y el claustro,
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son
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Junta de delegados de alumnos, integrada por los delegados de los distintos grupos elegidos
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por los alumnos, mediante sufragio y directo y secreto al comienzo de cada curso, y por
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los representantes de los alumnos en el consejo escolar, que eleva el equipo directivo, propuestas,
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informa a los representantes de los alumnos en el consejo escolar de los problemas de
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cada grupo o curso, etc.
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Debe ser oída en los asuntos que por su naturaleza requieran su audiencia y especialmente en
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lo que se refiere a celebración, de pruebas y exámenes y otras semejantes.
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Junta de alumnos y asociaciones de padres y madres, funciones de colaboración, propuesta
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y organización de actividades complementarias y extraescolares, etc.
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