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EIE06 Resolución Tarea - Contenido educativo
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EIE06 Resolución Tarea
Hola a todos y a todas, estamos aquí con la resolución de la tarea del módulo de
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empresa, en este caso la tarea 6. Tenemos a Paula, experta en trámites para la creación
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de una empresa y es la que ha preparado con mucho amor esta resolución para nosotros.
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Vamos a empezar, a ver, en esta tarea os pedíamos los trámites para la constitución de nuestra
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empresa. Si os fijáis en el tema, el siguiente apartado es para la puesta en marcha, pero no,
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os preguntábamos para la constitución. Hacemos como un repaso.
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¿Como en capítulos anteriores? Veámoslo siguiente.
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Esta era la empresa que nosotros queríamos hacer. Os pusimos ese ejemplo para que fuera
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todo un poco más visual. Si recordáis, queríamos abrir un food truck en frente o cerca del
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instituto. Este es un resumen de nuestra necesidad de inversión inicial y de los gastos iniciales
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y nos salió un total de 57.300 euros. Más aspectos importantes, nosotros elegimos como
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forma jurídica sociedad limitada, ¿vale? ¿Por qué? Porque queríamos tener responsabilidad
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limitada. Éramos más de uno porque éramos dos, aunque uno podría también, pero bueno,
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yo quería una socia
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y luego hablaremos de esto
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que igual me has hecho el lío
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¿por qué?
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nuestro capital eran 6.000 euros
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pues porque nosotros somos dos socios
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pero Luis quiere tener 51% de capital
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tengo un poquito más, que tengo más dinerete
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esto tiene sus consecuencias
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positivas para Luis y negativas para mí
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yo mando un poquito más
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¿no?
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bueno, ya veremos, un poquito más o todo
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bueno, esta era nuestra foto
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del FUTRAC y nuestro organigrama que lo hemos recordado.
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Con otros trabajadores, recordamos la parte, bueno, sencillito.
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Nosotros asumíamos varias de las funciones, luego teníamos a dos personas en producción
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y externalizábamos, porque no lo podemos hacer de todo, recursos humanos para la selección
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y la gestión del personal, ¿vale? Bueno, los trámites de constitución se resumen
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en estos que son los que vienen del contenido de nuestra unidad de trabajo, ¿vale?
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Vamos a ir uno por uno, como tendríamos que hacerlo.
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Aquí os hemos puesto información sobre los puntos PAE, que son puntos de atención al emprendimiento.
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Aquí os pueden ayudar y asesorar, porque estas tareas no son cosa fácil.
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Se pueden externalizar, que es lo que yo hablaba. Para no hacerte el lío, querías externalizar.
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Sí, por lo menos te ayudan, te remiten a notarías que tienen a lo mejor honorarios más bajos.
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O sea, que está bien, se pide cita previa y ellos te asesoran, ¿vale? Así que tenedlo en cuenta antes de lanzaros.
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Como súper vinculado, ¿no? Para que tengan el acceso.
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Sí, una de las imágenes está hipervinculada y directamente aterrizáis en la página.
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Primer trámite, certificación negativa de denominación social. A ver, nuestra forma jurídica, nuestra empresa va a tener una denominación social.
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Entonces, tenemos primero que comprobar que esa denominación social ya no existe.
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No confundamos denominación social, que suele acostumbrarse con el nombre de la marca.
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No tiene por qué coincidir en la mayoría de casos.
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Vale, entonces, ¿qué tenemos que hacer?
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Pues nada, dirigirnos al registro mercantil central.
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Aquí tenéis el enlace, pero igual el enlace está hipervinculado.
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hacemos una solicitud en la cual tenemos que poner, bueno, pues eso que es para una constitución de una sociedad,
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tenemos que poner qué forma social va a ser, ¿vale? Y varias denominaciones, tenemos varias opciones para poner.
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¿Qué pasa? Bueno, nosotros hemos puesto que solicitaremos la denominación Pacífico Dos Mundos en un tazón,
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pero tenemos que tener en cuenta que esta solicitud tiene unas tasas.
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Entonces, lo suyo, por no arriesgar, es poner la primera, la que queremos, y luego alguna más parecida. Por si acaso la primera no nos la dan, pues que nos den otra.
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Máximo de cinco, ¿no? Por lo que veo.
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Sí, máximo de cinco.
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Es parte de denominación social, social limitada, y se manda.
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Sí. Podemos poner denominaciones muy parecidas, ¿vale? Pero lo suyo es poner las cinco.
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Nosotros lo mandamos y ¿qué nos van a devolver?
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Bueno, pues nos van a devolver esta certificación en la cual nos dicen
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que nos reservan dicha denominación y que ya no está registrada con anterioridad.
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Esto nos hace falta luego para constituir la sociedad y tenemos un plazo de tres meses.
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Esta certificación no nos vale eternamente, es tres meses.
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Entonces, primer paso dado, tenemos nuestra certificación en la cual pone que nuestra denominación la podemos utilizar porque no la tiene nadie registrada.
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Vamos a seguir con el segundo paso, que es realizar el depósito del capital en la entidad financiera.
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Entonces, tenemos que elegir una entidad financiera y tenemos que hacer el depósito, los socios, en proporción al capital que vamos a tener.
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Y en la certificación va a venir detallado.
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detallado, en nuestro caso
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el capital social va a ser 6.000 euros
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tenemos que ir con 6.000 euros
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y tú tienes que depositar en tu nombre
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tu 51% o sea
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3.060 y yo
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2.940
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pero tiene
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muchas consecuencias
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luego te las cuento
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entonces haremos el depósito
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y nos darán esta certificación
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en la que consta
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que
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Luis
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Ha depositado 3.060 euros como aportación de socio, Paula 2.940 como aportación de socio y demás. Si vemos en este ejemplo, uno de los socios aporta 10 euros y el otro 3.000, ¿vale? Pero es un ejemplo que, claro, no es el nuestro porque esto no lo estamos haciendo.
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Está cuando era 3.010 euros el mínimo para comenzar una actividad, por si no, el mínimo.
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Nosotros aquí en nuestro caso sería 3.060 y 2.940 y ya está, y esto nos lo guardamos.
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Tercer paso, tenemos que elaborar los estatutos de la sociedad e ir al notario.
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Esta parte es súper importante.
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Porque luego escaliza mucho la forma de trabajar.
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Y luego ya nos condiciona para todo el resto. Lo que fijemos aquí es un poco los principios que van a regir nuestra empresa.
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La denominación de la sociedad, bueno, la que hemos pedido el certificado, nos han dicho que sí, en nuestro caso pacífico, dos mundos en un tazón.
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Aquí vemos en esta foto, estos son los estatutos reales, artículo 1, denominación, ahí meteríamos pacífico, dos mundos en un tazón, SL.
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Siguiente parte de nuestros estatutos, el objeto social, ¿vale? ¿Qué actividad es la que vamos a llevar a cabo? Nosotros, bueno, hemos puesto comercio ambulante de bebidas y comidas, no sé exactamente cómo se redactaría, pero ahora para que veáis que tenemos que poner qué es lo que vamos a hacer.
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Yo no lo restringiría mucho, por si luego ampliamos un poquito la actividad, no tener que cambiar los estatutos, ¿vale? Ampliar los estatutos, ir otra vez al notario, ir otra vez al registro mercantil, entonces yo creo que hay que hacerlo como un poquito amplio, ¿vale? El tema del objeto social.
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domicilio social
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bueno, pues nosotros aquí directamente en el instituto
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¿Ves? Artículo 3
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domicilio social
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Artículo 4, capital
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social, entonces aquí tenemos que poner
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las participaciones
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que tenemos
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porque tenemos un capital social de 6.000 euros
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pero ¿cuántas participaciones vamos a
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tener? Podemos tener 6.000
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de 1 euro, 610 euros
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60 de 100
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Las participaciones es importante que sepan que tienen
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un valor. Entonces, pues eso tiene que ser
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la división exacta del número
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de participaciones entre el capital
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que aportemos a la sociedad.
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En el caso que vemos
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en estos estatutos,
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eran 3.010
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participaciones de un euro.
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Nosotros, ¿qué hemos hecho?
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600 participaciones de 10 euros.
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Tú vas a tener 306,
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de la 1 a la 306 tienen
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que ir numeradas, y yo
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294.
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¿Y si alguien quisiera entrar nuevo? ¿Ampliásemos capital?
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Tendríamos que ampliar capital. Y entonces haríamos de la 601 a la, pues según el capital que vaya a…
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Comprar una participación, 10 euros más. Comprar otra, 20 euros más.
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Pero se amplía.
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Ampliaciones, ampliaciones, sí, sí.
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Claro, también nos las puede comprar a nosotros.
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Aunque si compra tenemos un tercer socio en la parte proporcional que nos cumple.
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Sí, sí.
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Eso suele venir presentado en los estatutos, las ampliaciones, la venta de las participaciones y demás
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Si se establece algo, bueno lo establece la ley, en el caso de las sociedades limitadas ya sabes que en el caso de querer vender a alguno de nosotros
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Primero se lo tenemos que decir al otro, nos lo tiene que aceptar o comprar él
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Y en el caso de ampliaciones, pues bueno, tendrá que haber acuerdo de la Junta y demás.
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Entonces ya tenemos en nuestros estatutos la parte de capital social y participaciones.
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Siguiente parte, ¿cómo nos vamos a organizar? ¿Cómo se va a organizar la administración de la sociedad?
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¿Cuántos administradores va a haber? ¿Cuánto va a durar el cargo de estos administradores?
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y si se les va a retribuir o no, ¿vale?
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Aquí vemos, pues, artículo 5, pues, todo esto que vemos en los apuntes
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es que luego de verdad la realidad se hace así, ¿vale?
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No es que luego no se haga, no, es que luego todo esto tiene que constar.
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En nuestro caso, bueno, vamos a tener un administrador único.
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¿Qué vas a hacer tú?
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Porque tengo más participaciones.
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Sí, por eso, porque te has empeñado, pues ya está.
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Podríamos ser los dos administradores solidarios
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¿Qué pasa?
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Que es como incómodo y se bloquea más
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Tú al tener más participación
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Aunque en este caso es un 1%
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Lo suyo es que las decisiones las tomes tú
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Por eso normalmente
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Alguien coge la mayoría de la participación
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Para tener las riendas de la sociedad
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Pero 50-50 es que hay un bloqueo
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Hay bloqueo total
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Cada 5 años se renueva el cargo
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Y no vas a tener retribución
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Cada 5 años se renueva el cargo
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realmente pues daría igual porque tú bueno da igual en el caso actual porque tú tienes mayor
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participación y eres administrador con lo cual puedes ir sucesivamente cada cinco años sí qué
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pasa que cada que renueves habrá que ir a la notaría hacer una escritura de renovación de
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cargo y demás pero bueno puede ser indefinido por ejemplo en esta creo que era era indefinido
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igual viene más adelante
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pero en este caso
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el administrador era administrador único
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y nombrado de manera indefinida
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que no quiere decir que no se le pueda quitar
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¿vale?
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¿modo de tomar las decisiones
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y los acuerdos? en junta general
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¿esto qué quiere decir? nos constituimos
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en junta general, junta general
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es que vamos los dos ¿vale? el 100%
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del capital, la tiene que
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convocar el órgano de administración
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que serías tú que eres administrador único
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y en junta general tomamos acuerdos
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¿qué pasa? que como con los acuerdos
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se votan, vas a ir siempre
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lo que tú quieras
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¿todas las empresas que tienen más de 51%?
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entonces realmente
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pues sí, hay una junta general
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en la que somos los dos, pero que si yo no voy
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tampoco va a pasar nada
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porque no me voy a ganar yo
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muchas empresas, la mayoría de S.A.
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pasa eso en todas las sociedades anónimas
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están muy atomizadas, a veces parte del capital
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pero se juntan, llegan a acuerdos
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suman más de 51%
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y por lo tanto sacan adelante la mayoría
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yo lo que sí recomiendo
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si en junta general se va a tomar
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un acuerdo en el que uno de los socios
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no está de acuerdo, que lo haga constar
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o sea que
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el acuerdo va a salir pero que en el acta
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firme en desacuerdo
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para
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si por lo que fuera luego hubiera
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responsabilidades de algún tipo, es decir
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yo firme en desacuerdo
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la mayoría en este caso
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Luis, quien firmo
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yo tiendo a equivocarme mucho
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Pero por eso digo que todo esto es como muy pesado, pero luego tiene mucha importancia.
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Esta es la clave, es como el contrato que tiene un trabajador con una empresa, este es el contrato que hay entre socios, en una sociedad limitada o cualquier tipo de sociedad.
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Sí, quizás nos estamos metiendo mucho en detalle, ¿vale? O sea, esto es como extra al contenido, pero simplemente que lo sepáis,
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que luego tiene importancia a la hora de constituir una sociedad, todo esto tiene muchísima importancia.
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¿Vale? Que no es como firmo cualquier cosa, es igual, pero si a lo mejor has firmado que el administrador es el otro…
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Hay que leer antes de firmar siempre. Este es un consejo para la vida, hay que leer antes de firmar.
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Sí, fundamental. Bueno, estas son más páginas de los estatutos, ¿vale? Aquí es donde os decía que en este caso el administrador, que es único, está nombrado por tiempo indefinido, ¿vale?
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Y aquí igual pone que el cargo es gratuito como el tuyo, que no vas a recibir retribución. Podría ser que tuviera retribución por ser administrador, pero en este caso no, porque no nos da para tanto.
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No, no, no, lo importante es que tengo el 51 y me gano un poquito más en caso de beneficios, es la única consecuencia.
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El que va a organizar todo. Siguiente paso, solicitar el código de identificación fiscal. Esto normalmente el mismo notario, al constituir la sociedad, con la certificación negativa de denominación, con el certificado de depósito del capital social y con nuestros estatutos claros, nos vamos a la notaría.
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Todo esto queda en una escritura notarial, ¿vale? Y a la hora de la firma, ahora, pues con todo esto de internet y demás, el mismo notario suele solicitar a la agencia tributaria un CIF provisional, ¿vale?
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Entonces tú ya, una vez que firmas, te vas de la notaria con tu número de CIF, aunque luego tienes que pedir el definitivo, que es esto que os contamos aquí, ¿vale?
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Se solicita a través de la agencia tributaria el modelo 036, igual tenéis el enlace, y ya ese TIF provisional que nos dio el notario se va a convertir en definitivo,
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con el mismo número, ¿vale? El código de identificación, o sea, el número de identificación.
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¿Y si hay que empezar por una B?
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Si es sociedad limitada por B, si es sociedad anónima por A, si es comunidad de bienes por E, bueno, y ya está.
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Entonces, lo solicitamos a la agencia tributaria y ya tenemos el definitivo, ¿vale?
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Muy ágil, ¿no? Y muy facilito para emprender un negocio, ¿no?
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Sí, sí, sí.
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Os habrá quedado facilidad de siempre.
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Y ya vamos al último paso.
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Por fin, ya estamos más cerca de tener nuestra empresa en funcionamiento.
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Sí, sí, sí. ¿Cuál es?
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Inscribir nuestra escritura de constitución con todo lo que hemos hablado anteriormente en el registro mercantil.
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¿Vale? Esto es obligatorio para empezar a funcionar.
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entonces bueno pues igual aquí os hemos puesto los pantallazos de cómo se hace de la solicitud con los enlaces
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y nada pues luego el resultado en nuestra escritura va a ser este
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vamos a tener una última hoja cuando nos devuelva el registro mercantil la escritura ya registrada
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nos van a incluir una hoja al final en la que viene todo esto
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Y en la carátula de la escritura van a poner también una pegatina con nuestros datos del registro, el tomo, el folio y demás.
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Ya tenemos nuestra escritura con todos los sacramentos.
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Sí, efectivamente, porque ya podemos empezar a funcionar.
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Bueno, después de cinco trámites muy sencillitos, contados, resumidos, un tema, vamos, un apartado concreto que yo creo que es el más relevante.
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la Constitución. No te quiero
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desanimar,
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pero que nos queda la apuesta en marcha.
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Esperamos que no
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se os haya hecho muy pesado
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con los ejemplos que hemos incluido y demás.
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Hemos llevado la realidad, que es lo importante.
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Este tema también de todo lo tedioso, por lo menos que lo vean
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de forma práctica, es bastante útil.
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Y sobre todo que podemos recurrir
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a gente que no se ha hecho una mano.
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Que hay que
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hacerlo bien desde el principio.
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Efectivamente, para que no haya problemas.
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Pues nada, tú con...
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Yo con el 51, tú con el que voy en el 99...
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Yo ya sé desde el principio que voy mal.
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Ya vas mal.
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Hay que ampliar el capital.
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Soy consciente.
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Hay que ampliar el capital.
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Soy consciente, pero bueno.
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Vale, bueno, el ejemplo era también así un poquito
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para que os dierais cuenta de la relevancia que luego podéis tener.
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Así que nada, ¿para cualquier duda?
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Pues nada, en la tarea 6 tendremos nueva solución.
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Así que mucho ánimo, seguid así que se está bajando muy bien.
00:17:30
muchas gracias
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adiós
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- Materias:
- Economía y empresa, Administración y Empresas
- Etiquetas:
- Empresa, Emprendimiento
- Niveles educativos:
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- Autor/es:
- Departamento de FOL
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- Licencia:
- Reconocimiento - No comercial
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- Fecha:
- 27 de febrero de 2025 - 8:53
- Visibilidad:
- Público
- Centro:
- IES CIFP a Distancia Ignacio Ellacuría
- Duración:
- 17′ 41″
- Relación de aspecto:
- 1.78:1
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