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Solución tarea UT 5 (Actividad 1 y 2) - Contenido educativo
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Solución tarea UT 5 (Actividad 1 y 2)
Hola a todos. Voy a comenzar con la solución de la tarea de la unidad 5.
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Como comenté ayer, ayer martes, que es cuando la hice, porque al volver de mi baja me encontré que no estaba resuelta,
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la hice ayer, está completa, animo mucho a que la reviséis porque este tema es largo,
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pero con esta tarea tocamos todo lo que me interesa para el examen.
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Así que, por favor, prestad mucha atención a esta tarea y a la resolución,
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tanto por escrito como en formato vídeo, pues es el que estoy haciendo,
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donde ampliaré un poquito las explicaciones.
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No se puede ver, pero bueno, estoy detrás de esto, no he conseguido que se me vea la cara,
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pero bueno, como acabo de ser padre, pues tengo mala cara, así que nada, os podéis imaginar.
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Bueno, en todo caso, vamos por partes.
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El tema trata un poco de formas jurídicas y luego hacemos un análisis económico-financiero
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de la viabilidad de un negocio, que es lo que habíamos visto en los temas anteriores.
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Entonces, la primera parte son las formas jurídicas de una empresa.
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Es decir, cómo puede ser la empresa desde el punto de vista de su formación, de su creación.
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Hay empresas que no tienen personalidad jurídica, como sería el empresario individual, comunidad de bienes, sociedad civil.
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Es decir, que hay una persona que da personalidad a la empresa. El caso más sencillo es el del empresario individual, que es una persona que con su DNI o con toda su responsabilidad, con su capital, da forma a la empresa.
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¿Vale? Diferente a empresas con personalidad jurídica, donde está, por ejemplo, sociedad limitada, anónima, laboral o cooperativa, que lo que se hace es que se crea una sociedad que está por encima de los socios de la empresa y que tiene personalidad jurídica propia.
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Entonces, se diferencia un poco en que las sociedades, estas de aquí, sociedad limitada, anónima, laboral y cooperativa,
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tienen una personalidad propia, porque se crea una sociedad que permite que sea así.
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Sin embargo, las otras, pues nada, tiene que haber una persona en la empresa individual, comunidad de bienes, sociedad civil.
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Hay personas que dan forma a la propia empresa, ¿vale? Para que lo veáis, o lo entendáis así.
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Esta tabla, que la dejé para que la completarais en función de la lectura del tema, queda bastante bien resumido,
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cómo son las formas jurídicas. Entonces, me interesa que analicemos, para un caso práctico o para la propia teoría que os pregunte,
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la forma jurídica desde varios puntos. Primero, del número de socios. Tiene que haber un número mínimo, generalmente, de socios
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para poder configurar o crear esta sociedad. La responsabilidad, que puede ser ilimitada o limitada. Lo explico muy rápido.
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Una responsabilidad ilimitada es cuando yo creo una empresa y ésta, por ejemplo, al ir mal, tiene que pagar todas las deudas.
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En el caso de que la responsabilidad sea ilimitada, como en la empresa individual, comunidad de bienes y sociedad civil,
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la persona tiene que responder a las deudas ya no solo con lo que haya invertido en el negocio,
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sino también con su capital personal, es decir, con sus ahorros y con otro dinero que pueda crear para responder a sus deudas.
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Sin embargo, si es limitada, solo responderé con lo que haya metido en la propia empresa o en la sociedad.
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Por ejemplo, si hay que crear una sociedad limitada, una anónima, la que queráis.
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Si yo meto X dinero, al liquidar la sociedad, en caso de que haya que pagar deudas, se haría solo soltando el dinero que se ha metido a la sociedad.
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No se tocaría el capital personal, ¿vale? Que es importante.
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Vale, luego lo comento un poquito más en un ejercicio que vamos a ver, pero bueno, quería comentarlo.
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También valoramos el capital mínimo.
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Las tres primeras, las que no tienen personalidad jurídica, no tienen un capital mínimo para formar la empresa, ¿vale?
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Sin embargo, en lo que son empresas con personalidad jurídica, sí que hace falta un capital mínimo.
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La limitada, que en el examen sí que puse la respuesta anterior, no me di cuenta, la de hace unos años, que era 3.000 euros.
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Aquí nada, la limitada es, a partir de un euro puedo crear una sociedad limitada.
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Sin embargo, la anónima, a partir de 60.000.
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La laboral limitada, sociedad laboral, en el caso de que sea limitada, mínimo un euro.
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Y en el caso de que sea anónima, mínimo 60.000.
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Y la cooperativa tampoco existe.
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La fiscalidad, por lo general, todo lo que tiene el nombre sociedad, tributa por el impuesto de sociedades, incluida la sociedad civil, mientras que el empresario individual y comunidad de bienes lo hace por el IRPF, Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
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Y ya por último, seguridad social, que este me interesa menos, pero bueno, simplemente comentar que las empresas sin personalidad jurídica tributan por el RETA, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
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Sin embargo, si son sociedades, pueden ir al RETA o a la seguridad social. Pero lo dejo ahí porque no me quiero meter en más jardines y me interesa más que analicemos las sociedades desde el punto de vista del número de socios, de la responsabilidad, del capital mínimo y de la fiscalidad.
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Dicho esto, que queda aquí resuelto
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Y tomadlo de referencia, porfa, que ya lo dejo yo ahí resuelto para que lo tengáis
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En caso de que hubiera algún problema a realizar la tabla
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Vamos a empezar con los ejercicios
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El primero, que es el apartado A, dice
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Carmen y Rafa, es decir, dos personas
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Cuentan con 16.000 euros
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Como capital inicial para montar una empresa
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Quieren abrir un restaurante en una zona de costa
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Pero, importante, no desean correr más riesgo que perder la aportación al negocio
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Esto es lo que llamamos responsabilidad limitada
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¿Vale? Limitada. Entonces pregunto ¿qué tipo de sociedad pueden constituir? Yo lo he puesto de la siguiente manera. Para tener en cuenta los cuatro factores básicos de análisis de una sociedad, de cualquier forma jurídica, perdón, pues cogemos número de socios. En este caso son dos.
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Responsabilidad, como hemos dicho, es limitada al capital aportado.
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Un capital como máximo, como máximo en el sentido de que hay que aportar 16.000, pues ya está.
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Y fiscalidad no dice nada, pero bueno, lo dejo ahí para que lo tengáis como referencia para analizar estos cuatro factores en este tipo de ejercicios.
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Entonces, yo ya sé que, teniendo en cuenta estos factores, deberían montar una sociedad limitada.
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Y ahora cuento por qué.
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Bien, como es responsabilidad limitada, es decir, que solo quieren correr el riesgo del dinero que hayan aportado al negocio, nos olvidamos de las tres primeras y nos quedamos con las que tienen responsabilidad limitada, es decir, estas cuatro del final.
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Y me olvido de las tres primeras, entonces jugamos al descarte.
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Como no es ilimitada, me quito las tres primeras y me quedo con las cuatro de aquí abajo.
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¿Quién empieza a jugar? Pues con los otros dos factores que tenemos, que sería número mínimo de socios y capital que aportan Carmen y Rafa a la empresa.
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Entonces, funciona de la siguiente manera. Dice, son dos socios, pues nada, mínimo uno puede ser sociedad limitada, mínimo sociedad anónima, mínimo uno también puede ser anónima.
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Sin embargo, no podrían ser laboral ni limitada ni anónima porque exigen mínimo tres socios y tampoco puede ser cooperativa porque exigen mínimo tres socios.
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Entonces, como pongo aquí, teniendo en cuenta que son dos socios y que requieren o quieren poner 16.000 euros, indico que la sociedad anónima no puede ser.
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¿Por qué? Porque el capital mínimo para configurar una sociedad anónima son 60.000 euros y, lógicamente, 16.000 al estar por debajo de los 60.000 hace que no pueda ser anónima.
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Y laboral tampoco puede ser porque, como he dicho, son mínimo tres socios y estos son dos personas.
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Por lo tanto, teniendo en cuenta que aportan 16.000 euros, que cumplen el mínimo de un euro que exige la sociedad limitada
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y el mínimo de un socio que exige la sociedad limitada, hace que realmente solo pueda ser como opción correspondiente a la sociedad limitada.
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Por eso digo aquí que solo encaja la sociedad limitada por ser más de un socio, que son dos,
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tener responsabilidad limitada y tener más de un euro de capital inicial para comenzar la actividad.
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Entonces yo con esto juego mucho con el descarte.
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A mí me ha permitido descartar claramente el hecho de decir,
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oye, que estos quieren una responsabilidad limitada de capital, pues me quito las tres primeras.
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Y una vez que ya tengo esto, pues voy descartando en función del número de socios y en función del capital que aporte.
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Si hubiera sido más de 60.000, podría haber sido una sociedad anónima.
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De hecho, debería haber sido.
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Si está entre 1 y 60.000 y cumplen el número de socios y la responsabilidad, siempre es limitada.
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Sin embargo, si está por encima de los 60.000, si en todos los socios, como hubiera sido este ejemplo, podría ser anónimo, ¿vale?
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Pero por el motivo de que está entre un euro de capital inicial y 60.000, se considera que es limitada, ¿vale?
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Leed esto, porfa, y seguid un poco la estrategia de descarte que os propongo.
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Que yo creo que, bueno, a mí siempre ha funcionado tanto en presencial, funcionaba bien.
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Llegan a los chavales y decían, va, no sé qué, pues quito esta porque es limitada.
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O si fuera ilimitada, pues me quedo con las tres primeras y el hijo entra ahí en función del número de los socios o del capital.
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Bueno, queda ahí explicado esto.
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Vamos con el punto B, que dice, explica la diferencia entre empresa individual, comunidad de bienes y sociedad civil.
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Es decir, de las empresas que no tienen personalidad jurídica.
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Yo he puesto aquí una tabla donde se indica la diferencia.
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Que lo sacamos de aquí, que dice, mínimo socios, 1, 1 euro más de bien.
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Son mínimo, en el caso de la empresa individual, mínimo no.
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empresa individual un socio y sin embargo
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comunidad de bienes y sociedad civil mínimo
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dos ¿vale? y luego que se diferencia también
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que lo tengo puesto en colorines
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que el empresario individual y la comunidad de bienes tributan
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o pagan impuestos por el IRPF
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mientras que la sociedad civil lo hace por el impuesto
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de sociedades ¿vale?
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y aquí lo tenéis bien explicado y demás
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pregunto diferencia
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entonces aquí se diferencian en el número de socios
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y en la fiscalidad ¿vale?
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sin embargo todas tienen
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una responsabilidad ilimitada
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y pongo aquí que responden a las deudas que puedan incurrir por el desarrollo del negocio o en el patrimonio personal.
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Y además el capital mínimo es el mismo porque no existe.
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Puedes empezar desde un euro hasta lo que tú quieras poner de dinero.
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Este es fácil, una diferencia.
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Pues ya está, cogemos la tabla y explicamos en qué se diferencian.
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En el caso del número de socios y la fiscalidad.
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Y el apartado C dice, Alfredo, Ricardo y Daniel, tres estudiantes de ciclo superior de informática, es decir, tres socios, quieren constituir una sociedad anónima para una empresa que se dedica a esto de aquí.
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Alfredo puede aportar 40.000 y pongo, de forma un poquito tramposa, pero para que razonemos aquí y lo llevemos bien de cara al examen, que Ricardo y Daniel ponen 15.000 cada uno de ellos.
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15.000 cada uno de ellos, es decir, 15.000 Ricardo, 15.000 Daniel.
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¿Vale? Entonces, para resolver, indico que teniendo en cuenta los cuatro factores para analizar si puede ser una sociedad anónima, que es lo que pregunto, pues empezamos uno a uno.
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¿Número de socios? Pues nada, mínimo uno. ¿Ellos son tres? Pues efectivamente cumplen el requisito.
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¿Responsabilidad? Es limitada a capital aportado. No indica más, pero realmente sería limitada porque solo pondrían en juego la pérdida del capital que han impuesto cada uno a la sociedad.
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Capital que va a ayudar mucho a definir si puede ser una sociedad anónima o no. El mínimo sería poner 60.000. Entonces, si ponemos los 40.000 de Alfredo, los 15.000 de Ricardo, los 15.000 de Daniel, da 70.000 euros, que está por encima del mínimo de 60.000. Por lo tanto, esto hace que efectivamente puedan constituir una sociedad anónima.
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Y luego pongo la fiscalidad simplemente para nombrar y que analicemos siempre desde estos cuatro factores o desde estos cuatro puntos de vista. Pero aquí realmente sabiendo que son tres socios que supera el mínimo de socios que hay y mientras haya un capital superior a 60.000 hace que sea posible que se cumpla o puedan constituir una sociedad anónima.
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clave, por favor, clave
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Alfredo pone una cantidad y Ricardo
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y Daniel ponen otra cada uno
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de ellos
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miramos en el ejercicio que yo pregunto
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en el examen, si dice
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15.000 entre Ricardo y Daniel
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que es diferente a que cada uno de ellos
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ponga 15.000, ¿vale? que sé que ha sido una pregunta
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en los foros, que lo he ido revisando también
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el lunes al llegar, entonces
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efectivamente os habéis ido ayudando entre vosotros
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y cuando pone cada uno, pues 15.001 y 15.002
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¿vale? aquí queda resuelto este
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ejercicio y vamos a por el siguiente bueno pues visto esto insisto por favor aquí queda solucionada
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la tabla y de esta tabla podemos partir para resolver cualquier caso práctico relacionado
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con las formas jurídicas vale jugando con el descarte jugando con si cumplen el número de
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socios la responsabilidad del capital mínimo o el impuesto por el que tributa cada uno de ellos
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Cada forma jurídica. La seguridad social me la da salto. Vamos a quitarnos un problemilla y ya está. Queda fuera de aquí.
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Vamos con el siguiente apartado del tema. ¿Qué? Hay que saberse bien, por favor. Toda la tarea, por favor, esta tarea a fuego.
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A fuego. O sea, esta tarea ayuda mucho a analizar bien el contenido básico del tema. Insisto, por favor, que yo siempre lo he hecho con las tareas. Las tareas ayudan mucho. Así que vamos a intentar hacerlas y analizarlas bien de cara al examen.
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Bueno, empezamos con contabilidad de costes, es decir, los costes que puede haber en una empresa o lo que puede incurrir durante su actividad y demás. Entonces, pregunto, y esto que nos apuntes y sí que quiero que lo reflexionéis y lo entendáis bien, la diferencia entre costes fijos y variables.
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Su propio nombre lo indica. Costes fijos son aquellos que no varían. Son aquellos que yo tengo que pagar independientemente de que yo produzca más o menos unidades de productos o servicios. Es decir, yo venda cero unidades o venda cero productos hasta el punto de que venda un millón de unidades o de productos o de servicios, perdón, tengo que pagar unos costes fijos.
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Y esto no me los quito.
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Entonces, realmente es una línea recta de coste que tengo que pagar sí o sí cada mes o cada año,
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en función de cómo venga expresado cada uno de ellos.
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¿Ejemplo que pongo? Pues el alquiler de un local.
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Es decir, un alquiler lo te paga mes a mes, independientemente de que yo venda más o menos.
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Un seguro, pago al año, X dinero de seguros, independientemente de que yo venda más o menos.
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Y salarios de los trabajadores, que luego está aquí abajo y lo veremos.
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Los trabajadores van a su puesto de trabajo, les tengo que pagar sí o sí todos los meses su correspondiente de sueldo y salario.
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Entonces, son costes fijos porque no varían.
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Se pagan independientemente de que yo venda más o menos.
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Ya está.
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Sin embargo, los variables, como su propio nombre indica, son aquellos que varían en función del volumen de producción.
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Es decir, si yo tengo que producir más porque vendo más productos o vendo más servicios, hace que mi coste variable sea mayor.
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¿De acuerdo? Vaya creciendo exponencialmente con el número de productos o bienes que voy vendiendo.
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Entonces, como ejemplos, sencillito, materias primas o suministros o existencias que yo tenga que comprar en un momento determinado para producir mis bienes o mis servicios.
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¿De acuerdo? Entonces, ¿por qué varían? Porque cuando más haga, más aumentarán estos costes.
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Generalmente los costes variables, que lo veremos luego, se miden por unidad.
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Es decir, una empresa sabe cuánto variable tiene para fabricar una unidad de producto.
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Entonces lo que hacen es, multiplico ese coste por unidad por el número de unidades que yo venda
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y eso da exactamente lo que tengo de coste variable cada mes en función de lo que yo venda.
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Costes fijos no varían en función de lo que yo venda.
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Si me hago costes variables serán mayores o menores en función de mi volumen de producción o de venta.
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Entonces aquí tenéis unos ejemplos que puse para identificar si son costes fijos o costes variables.
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Y además, para que lo entendáis, pedía justificablemente la respuesta. Salario de los trabajadores, ya lo he explicado, coste fijo. Un trabajador merece cobrar todos los meses independientemente de que la empresa, por circunstancias, venda más o venda menos. Por lo tanto, es un coste fijo.
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Materia prima es variable porque en función de si yo vendo más o vendo menos tendré más materia prima que comprar y hará que mi coste de materias primas varíe.
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Alquiler local, coste fijo.
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A ver, he repetido aquí esto, alquiler y salarios y materia prima porque, bueno, son los más básicos para entenderlo, entonces, pues me lo aprendo, venga.
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Alquiler local, lo pago independientemente de lo que venda, pues coste fijo.
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Y coste suministro de internet o cualquier otro suministro. Bueno, suministro de internet. Vamos a empezar por este. O incluso de luz, venga, me atrevo. Porque al final siempre hay un fijo en el precio de la luz y demás que se considere generalmente un coste fijo.
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Es decir, suministro de internet, esto se paga X dinero al mes y ya está, lo pago independientemente de que venda más o menos. Pero, por ejemplo, de la luz y demás sí que dependería brevemente o levemente, perdón, de la producción que yo haga, pero como tienen un fijo, si yo no fabrico nada, siempre tengo que pagar.
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Entonces, cualquier suministro en general tiende a ser un coste fijo, ¿vale? Cualquier suministro tiende a ser un coste fijo, salvo que esté directamente vinculado de forma muy clara al proceso de producción, ¿vale? Entonces, bueno, quedamos con internet, que me parece muy relevante, es un suministro, coste fijo, porque independientemente de que me llamen más, menos, ya que yo mandar correos o lo que sea, en mayor o menor cantidad, pago lo mismo, ¿vale?
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Entonces, por favor, revisamos diferencias de coste fijo y coste variable y entendemos algún ejemplo concreto de si es o no coste fijo o coste variable, ¿vale?
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Los suministros, insisto, que este es un poquito más volátil.
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Si está directamente relacionado con la producción, pero directamente es que toda la producción, o sea, que todo el suministro de luz esté directamente vinculada a la producción de un producto,
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Entonces sería variable, pero si no lo está, si hay una parte fija, sería un coste fijo.
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- Materias:
- Formación y Orientación Personal y Profesional
- Etiquetas:
- FOL
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- Formación Profesional
- Ciclo formativo de grado básico
- Primer Curso
- Segundo Curso
- Ciclo formativo de grado medio
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- Segundo Curso
- Ciclo formativo de grado superior
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- Segundo Curso
- Ciclo formativo de grado básico
- Autor/es:
- Luis Hernández
- Subido por:
- Luis Alberto H.
- Licencia:
- Reconocimiento - No comercial
- Visualizaciones:
- 2
- Fecha:
- 20 de mayo de 2026 - 12:37
- Visibilidad:
- Público
- Centro:
- IES CIFP a Distancia Ignacio Ellacuría
- Duración:
- 17′ 45″
- Relación de aspecto:
- 1.78:1
- Resolución:
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