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Delegados de prevención y Comité de Seguridad y Salud - Contenido educativo
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En este pequeño vídeo vamos a ver la diferencia entre los delegados de prevención y los miembros
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del Comité de Seguridad y Salud en las empresas. Delegados y delegadas de prevención son aquellas
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figuras que son elegidas entre los representantes de personal de las empresas y que se dedican
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única y exclusivamente a funciones en materia de prevención de riesgos. Ellos hacen de
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intermediarios entre el empresario y el resto de los trabajadores de plantilla. Como podéis ver en
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esta tabla, dependiendo del número de trabajadores que tenga empleada la empresa, pues tendrá más o
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menos delegados de prevención. Así, por ejemplo, como veis en empresas que tengan más de 4.000 un
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trabajador, ellos podrán elegir a 8 delegados de prevención y en empresas pequeñas hasta 50
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trabajadores podrán elegir solamente a un delegado de prevención. En el caso de empresas que tengan
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hasta 30 trabajadores el delegado de prevención será el delegado de personal y en empresas que
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tengan de 31 a 49 trabajadores el delegado de prevención será elegido por los delegados de
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personal. Sabéis que hay tres delegados de personal pues estas tres personas elegirán a su delegado
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de prevención. Además, delegados y delegadas tienen una serie de competencias y tienen
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también una serie de garantías. En cuanto a las competencias de los delegados, pues
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por una parte, ellos son los que vigilan que tanto empresario como trabajadores cumplan
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con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos. Además, ellos tienen el deber
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de cooperar con el empresario en materia preventiva y tienen derecho a ser consultados por el
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empresario en una serie de cuestiones. Entre estas, pues tienen derecho a ser
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consultados en cuanto a quién va a ser, quién va a componer los equipos de
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emergencia de las empresas, qué formación se va a dar al personal de la empresa en
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materia preventiva y además pueden ser consultados por el empresario en cuanto
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a la planificación y la organización del trabajo en la empresa, siempre y cuando
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esta planificación y organización pueda tener consecuencias para la seguridad y para la salud
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de los trabajadores. Además de las competencias, estos delegados y delegadas tienen también una
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serie de garantías. Entre estas garantías tenemos las siguientes. En el caso de que un delegado o
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delegada de prevención cometa una infracción grave o muy grave, tienen derecho a ser escuchados con
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el resto de los delegados de personal. También en el caso de que la empresa incurra en un
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ERE, ellos siempre tienen prioridad de permanencia en la empresa, es decir, serán los últimos
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que salgan de la empresa. No pueden ser ni despedidos ni sancionados ni durante su mandato
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ni después de un año. Ahora bien, ni despedidos ni sancionados en cuanto a funciones que han
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realizado como representantes en materia de prevención. Esto quiere decir que sí que podrían
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ser despedidos o sancionados de manera disciplinaria por el empresario. Por otra parte, ellos siempre
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tienen la garantía de poder informar sobre cualquier aspecto que tenga que ver con la
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prevención de riesgos en la empresa y además disponen de un crédito de horas mensuales
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retribuidas, las cuales se computan como tiempo efectivo de trabajo. En función del número de
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trabajadores que tenga la empresa, estas horas mensuales pueden ir desde 15 horas en empresas
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que tengan hasta 100 trabajadores y hasta 40 horas en empresas que tengan hasta 751 trabajadores.
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Vamos a ver ahora el Comité de Seguridad y Salud en las empresas. En aquellas empresas que tengan
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50 o más trabajadores se formará un Comité de Seguridad y Salud. El Comité de Seguridad y Salud
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es un órgano paritario. Esto quiere decir que estará compuesto en igual número por representantes
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de los trabajadores y por representantes de las empresas. Imaginaros, por ejemplo, en una empresa
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que haya tres delegados de prevención, pues entonces también en esa empresa tendría que haber tres
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representantes de la empresa. Además, en las reuniones del Comité de Seguridad y Salud
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también podrían intervenir otras personas. Estas personas tendrían voz, pero no tendrían derecho a voto.
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Estas personas podrían ser los delegados sindicales, que los veremos en el siguiente tema.
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Pero os avanzo que los delegados sindicales son aquellas personas que única y exclusivamente representan
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a aquellos trabajadores que están afiliados a un sindicato, mientras que los representantes del personal
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representan a la palantilla en su conjunto, estén afiliados o no estén afiliados a un sindicato.
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Pues aparte de los delegados sindicales, podrían asistir a estas reuniones los responsables técnicos de la prevención. Imaginaros, por ejemplo, podría asistir el técnico superior del servicio de prevención ajeno que tenga contratada la empresa.
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Y además también podrían asistir trabajadores para, bueno, pues para materias, para solucionar una cuestión de trabajo concreta.
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Ellos además tienen las mismas competencias y las mismas garantías que los delegados y las delegadas de prevención.
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- Materias:
- Formación y Orientación Personal y Profesional
- Niveles educativos:
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- Formación Profesional
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- Autor/es:
- Cristina P.
- Subido por:
- Depfol ies ignacioellacuria alcorcon
- Licencia:
- Reconocimiento
- Visualizaciones:
- 41
- Fecha:
- 24 de enero de 2025 - 18:47
- Visibilidad:
- Público
- Centro:
- IES CIFP a Distancia Ignacio Ellacuría
- Duración:
- 05′ 56″
- Relación de aspecto:
- 1.78:1
- Resolución:
- 1920x1080 píxeles
- Tamaño:
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