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Precios reducidos de comedor

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Subido el 13 de septiembre de 2015 por Oscar M.

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Vídeo explicativo sobre la gestión de los precios reducidos de comedor.

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Instrucciones para la aplicación de los precios reducidos del menú escolar 2015-2016 00:00:00
Los destinatarios serán los alumnos de educación infantil, primaria y secundaria, 00:00:22
en centros de la Comunidad de Madrid sostenidos con fondos públicos. 00:00:31
El procedimiento de aplicación será el siguiente. 00:00:36
Los centros son los encargados de determinar a aquellos alumnos que, haciendo uso del servicio de comedor, puedan obtener una reducción en el precio del menú escolar. 00:00:40
Los centros informarán a las familias a través de los cauces habituales y se tramitará mediante la aplicación WAI, cuyo acceso directo tenéis en nuestra página web. 00:00:49
Las fases del procedimiento serán fundamentalmente tres. 00:01:00
La primera fase, que será la más importante, consistirá en el proceso mediante el cual los centros propondrán a los alumnos a los que prevén aplicar el precio reducido. 00:01:04
En esta fase, todos los centros deberán informar la fecha de inicio y fin del comedor escolar para el curso 2015-2016. 00:01:18
Una vez finalizado el plazo establecido para la primera fase, la aplicación se cerrará y los centros no podrán realizar ninguna modificación. 00:01:27
Si el centro detecta que existe algún alumno que no se encuentra asignado a su centro, podrá buscarlo en la propia aplicación a través del botón Añadir alumnos. 00:01:37
Si ya ha sido propuesto por otro centro, aparecerá reflejada esta cuestión. 00:01:46
El anexo 2 deberá ir acompañado de la documentación acreditativa del número de miembros de la unidad familiar 00:01:50
Si aún así la incidencia persiste o al centro le faltase algún alumno que no se encuentre en la aplicación 00:01:58
se solicitará a la Subdirección General de Becas y Ayudas su alta a través del modelo que figura como anexo 2 00:02:04
Por defecto, aparecerán propuestos en el centro los alumnos que en el curso 2014-2015 00:02:11
se les haya aplicado precio reducido de comedor por la modalidad de renta mínima de inserción 00:02:19
y sólo si los alumnos han dejado de cumplir los requisitos de la modalidad por la que fueron propuestos 00:02:24
no se encuentran escolarizados en el centro o no van a hacer uso del comedor escolar 00:02:29
en el curso 2015-2016, el centro deberá desmarcar la propuesta 00:02:33
A la derecha de cada alumno aparecerán estas columnas. 00:02:38
Los centros accederán a la aplicación informática y podrán visualizar los alumnos que estén asignados a su centro. 00:02:44
El centro marcará respecto de cada alumno la casilla de la columna de la modalidad que estime aplicable al mismo. 00:02:54
Únicamente podrá marcar una modalidad y deberá presentar esta documentación. 00:03:04
En caso de alumnos tutelados o con reducción de cuota, no hay que hacer ninguna actuación. 00:03:08
En el caso de acogimiento familiar, el centro deberá exigir y guardar copia de la resolución judicial del acogimiento 00:03:14
o certificado de la comisión de tutela actualizada que acredite que el alumno se encuentra en situación de acogimiento familiar. 00:03:21
Los alumnos transportados. 00:03:28
El centro deberá estar en posesión de algún documento acreditativo de que el alumno ha sido escolarizado de oficio en un centro concertado y hace uso del transporte escolar. 00:03:30
Renta. El centro deberá exigir y guardar el documento de autorización de la consulta a la AEAT para la comprobación de que la renta per cápita de la unidad familiar es inferior a 4.200 euros en el ejercicio 2013, conforme al modelo recogido como anexo 1 de las presentes instrucciones. 00:03:38
Víctima del terrorismo. El centro deberá exigir y guardar copia de la resolución del Ministerio del Interior del reconocimiento de la condición de víctima del terrorismo. 00:03:57
RMI. El centro deberá exigir y guardar copia de la resolución actualizada de la consejería competente en materia de renta mínima de inserción, del reconocimiento de la percepción de la renta mínima de inserción por parte de la familia del alumno de que se trate o bien el documento de autorización de la consulta a la consejería competente para la comprobación de la información necesaria, conforme al modelo recogido como anexo 3. 00:04:06
En la segunda fase, los centros completarán, en caso de que fuera necesario, los datos que falten de los alumnos que se hayan propuesto. 00:04:32
Una vez realizada por la Subdirección General de Becas y Ayudas la verificación de las rentas, la aplicación volverá a abrirse, de modo que los centros podrán visualizar los mismos datos en la primera fase. 00:04:43
y en el caso de que el alumno haya sido propuesto por la modalidad de renta 00:04:54
aparecerá nueva información relativa a la renta de la familia 00:04:57
y al número de miembros de la unidad familiar. 00:05:01
Respecto de los alumnos propuestos por la modalidad de renta 00:05:05
se mostrará el número real de miembros de la unidad familiar que consta en la aplicación. 00:05:08
En el caso de alumnos en los que no conste el dato 00:05:13
la casilla se visualizará en blanco y deberá ser informada por el centro. 00:05:16
No obstante, aunque aparezca informada 00:05:21
el centro podrá modificarla con base en la información de que disponga el centro de la composición de la unidad familiar, 00:05:23
teniendo en cuenta que sólo computan como miembros de la unidad familiar padre, madre y hermanos menores de 18 años. 00:05:30
No se mostrará el valor de la renta calculada según el cruce de la AEAT. 00:05:39
El sistema informará con una bolita verde que la renta per cápita de la unidad familiar es inferior a la que se haya establecido. 00:05:45
Y con una bolita roja, cuando la renta per cápita de la unidad familiar sea igual o superior a la que se haya establecido. 00:05:53
Si el centro modifica la composición de la unidad familiar, deberá guardar copia de la documentación acreditativa de los miembros de la unidad familiar. 00:06:02
Unidad familiar. 00:06:11
efecto. En este caso deberá ser el centro el que informe la renta, únicamente del miembro 00:06:41
del que no se hayan podido obtener datos, a través de la siguiente documentación que 00:06:47
deberá conservarse en el centro. En el caso de que el resultado del cruce sea 06, sin 00:06:51
datos, el centro deberá reclamar al interesado la misma documentación que en el apartado 00:06:56
anterior o bien un documento expedido por los servicios sociales municipales en el que 00:07:01
consten los ingresos de que dispone la unidad familiar, el informe de la vida laboral positivo 00:07:06
o negativo de la seguridad social acompañado de las correspondientes nóminas o certificado 00:07:12
del empleador en el que se determinen los ingresos del trabajador. 00:07:17
En el caso de que el resultado del cruce sea 04, identificado obligatorio, o 05, varias 00:07:22
declaraciones, el centro deberá reclamar al interesado el certificado de la Agencia 00:07:29
Estatal de Administración Tributaria Acreditativo de la Renta del Ejercicio 2013 con Código 00:07:34
Seguro de Verificación. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org 00:07:40
barra CSV mediante el siguiente Código Seguro de Verificación que puede encontrarse en 00:07:48
la documentación recibida por el centro. Las casillas que se tendrán en cuenta para 00:07:54
el cálculo de la renta serán las siguientes. 00:07:59
En los casos en los que no se haya autorizado la consulta de datos con la agencia tributaria, se marcará en esta fase a dichos alumnos grabando en la casilla del importe la renta acreditada por la familia mediante la aportación del certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria Acreditativo de la Renta del Ejercicio 2013 con Código Seguro de Verificación, teniendo en cuenta lo previsto en el apartado anterior. 00:08:04
Finalmente, con la información obtenida de los cruces realizados y de la información 00:08:34
cumplimentada por los centros, los centros docentes determinarán a qué alumnos se van 00:08:40
a aplicar los precios reducidos mediante el botón de finalizar propuesta, momento a partir 00:08:46
del cual ya no se podrán realizar modificaciones 00:08:51
Tercera, cuarta, quinta y sexta fase, en las que se tramitarán las altas o bajas de los 00:08:55
alumnos en el servicio de comedor del centro a lo largo del curso, así como la incorporación 00:09:02
de nuevas propuestas de alumnos. Cuarta y sexta fase. Asimismo, se podrán seguir 00:09:07
cumplimentando la información de renta de los alumnos que no hayan podido cumplimentarse 00:09:14
en las fases anteriores. Para gestionar las altas, bajas y los traslados del centro, los 00:09:18
centros docentes únicamente tendrán que informar en la aplicación la fecha de alta 00:09:23
o baja en el servicio de comedor escolar. En esta fase, los centros también podrán 00:09:27
proponer alumnos nuevos o modificar la modalidad aplicable al alumno, siempre que disponga de 00:09:33
la documentación necesaria para realizar el alta o el cambio de modalidad. La aplicación 00:09:40
volverá a abrirse a los centros docentes para que puedan gestionar las altas y bajas 00:09:45
de los alumnos en el servicio de comedor escolar, los traslados de centro y la incorporación 00:09:50
de nuevos alumnos, así como la complementación de la información de la renta. 00:09:55
Finalmente, con la información obtenida de los cursos realizados y de la información 00:10:00
complementada por los centros, los centros docentes determinarán a qué alumnos se van 00:10:05
a aplicar los precios reducidos mediante el botón de finalizar propuesta, momento al 00:10:10
partir del cual ya no se podrán realizar modificaciones de la misma manera que en las 00:10:15
ocasiones anteriores. En esta fase, por la modalidad de renta, únicamente 00:10:19
se podrán proponer a alumnos cuyas familias no hayan autorizado la consulta de datos con 00:10:24
la Agencia Tributaria. Se propondrá a dichos alumnos, grabando en la casilla del importe, 00:10:29
la renta acreditada por la familia mediante la aportación del certificado de la Agencia 00:10:35
Estatal de Administración Tributaria, acreditativo de la renta del ejercicio 2013, con código 00:10:40
seguro de verificación. 00:10:46
Tercera y quinta fase. Altas y bajas en el servicio de comedor. Nuevas incorporaciones. 00:10:49
Asimismo, se podrá seguir complementando la información de renta de los alumnos que no hayan podido complementarse en las fases anteriores. 00:10:55
Para gestionar altas, bajas y traslados de centro, los centros docentes únicamente tendrán que informar en la aplicación la fecha de alta o baja del servicio de comedor. 00:11:02
La aplicación volverá a abrirse a los centros docentes para que puedan gestionar altas y bajas de alumnos en el servicio de comedor escolar, 00:11:11
los traslados de centro, la incorporación de nuevos alumnos, así como la cumplimentación 00:11:18
de la información de renta. En esta fase los centros también podrán proponer alumnos 00:11:23
nuevos o modificar la modalidad aplicable a un alumno ya propuesto, siempre que dispongan 00:11:28
de la documentación necesaria para realizar el acta o el cambio de modalidad. En el caso 00:11:33
de nuevas propuestas por la modalidad de renta, el centro deberá exigir y guardar el documento 00:11:39
de autorización de la consulta a la agencia tributaria, para la comprobación de que la 00:11:45
renta per cápita de la unidad familiar es inferior a la que se ha establecido, conforme 00:11:50
al modelo recogido como anexo 1 de estas instrucciones. 00:11:55
Procedimiento para la aplicación de la exención de pago y la reducción de cuota. 00:11:59
Igualmente, será la Subdirección General de Becas y Ayudas la encargada de gestionar 00:12:05
el alta en la aplicación de los alumnos de primer ciclo de educación infantil a los 00:12:09
que la Consejería de Educación, Juventud y Deporte le reduzca el pago del precio del 00:12:14
menú escolar por encontrarse en circunstancias sociofamiliares que impliquen una situación 00:12:18
de riesgo para la atención y cuidado del niño en el ámbito familiar y precisen el 00:12:24
mantenimiento de la escolaridad. La subdirección será la encargada de gestionar el alta en 00:12:29
la aplicación de los alumnos con dictamen de urgencia social escolarizados y de los 00:12:35
alumnos tutelados por la Comunidad de Madrid en situación de acogimiento residencial a 00:12:40
los que se le aplicará la exención del pago del precio del menú escolar. El cálculo 00:12:45
se realizará en función del precio del menú escolar aprobado para los centros públicos 00:12:50
y los centros podrán visualizar en la aplicación a los alumnos exentos de pago. 00:12:55
Abono a los centros. A lo largo del curso escolar se realizarán tres abonos a los centros. 00:13:01
El primero, con carácter de anticipo, a lo largo del primer trimestre escolar, por un importe máximo correspondiente al 55% del importe de los alumnos a los que se les haya aplicado el precio reducido o la exención del pago del comedor escolar en la segunda fase del procedimiento. 00:13:07
El segundo, con carácter de anticipo, a lo largo del segundo trimestre escolar hasta completar un importe máximo correspondiente al 90% del importe de los alumnos a los que se les haya aplicado el precio reducido o la exención del pago. 00:13:26
El tercero, a lo largo del tercer trimestre escolar hasta completar el 100% del importe total correspondiente a los alumnos a los que se les haya aplicado el precio reducido o la exención del pago. 00:13:41
En el segundo y tercer abono de la convocatoria se realizarán los ajustes necesarios en función de las bajas, traslados o renuncias de los alumnos, debiendo, en todo caso, reintegrar las cantidades que correspondan a las bajas producidas. 00:13:53
Compatibilidad del sistema. 00:14:09
Estar incluido en el sistema de precios reducidos establecido por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte 00:14:11
será compatible con cualquier otra financiación que se pudiera percibir 00:14:17
con la misma finalidad de otras entidades públicas o privadas 00:14:21
siempre que las ayudas concurrentes no superen el coste del servicio de comedor escolar 00:14:24
No será posible la aplicación del sistema de precios reducidos establecido por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte 00:14:30
a aquellas familias que no estén al corriente de las cuotas del servicio de comedor escolar 00:14:38
en cualquier centro docente sostenido con fondos públicos. 00:14:42
Calendario de aplicación. 00:14:47
El plazo de la primera fase finalizará el 30 de septiembre. 00:14:50
Los plazos de las siguientes fases del procedimiento se comunicarán mediante notificaciones a los centros. 00:14:54
Idioma/s:
es
Autor/es:
Óscar Martín Centeno
Subido por:
Oscar M.
Licencia:
Reconocimiento
Visualizaciones:
237
Fecha:
13 de septiembre de 2015 - 23:43
Visibilidad:
Público
Centro:
CP INF-PRI SANTO DOMINGO
Duración:
15′ 24″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1280x720 píxeles
Tamaño:
275.10 MBytes

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