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VIDEOTUTORIAL - CREACIÓN EMPRESA - CIRCE - Contenido educativo

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Subido el 8 de febrero de 2022 por Tic ies gregoriomaranon madrid

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La creación de empresas por Internet con el sistema CIRCE ofrece la posibilidad de realizar 00:00:00
por medios telemáticos los trámites de constitución y puesta en marcha de las sociedades de responsabilidad 00:00:06
limitada, limitada nueva empresa y limitada de formación sucesiva. De esta forma, se 00:00:12
evitan desplazamientos y se produce un ahorro sustancial en tiempo y costes. 00:00:18
Para crear una empresa por Internet, el emprendedor deberá complementar el documento único electrónico 00:00:23
conocido como Due. Puede hacerlo por sí mismo a través del portal Circe con la aplicación 00:00:29
PAE Virtual, en la que necesitaremos certificado electrónico. Estos trámites también pueden 00:00:35
realizarse acudiendo a un punto de atención al emprendedor. Con el envío a través de 00:00:41
Internet del Due cumplimentado, se inicia la tramitación telemática. A partir de ese 00:00:48
momento, el sistema de tramitación telemática envía a cada organismo interviniente en el 00:00:53
proceso la parte del DUE que le corresponde para que realice el trámite de su competencia. 00:00:58
El sistema también permite consultar a través de Internet y previa autenticación el estado 00:01:04
del expediente. Además, se pueden recibir mensajes en el teléfono móvil comunicando 00:01:10
la finalización de los trámites más significativos. Antes de cumplimentar el documento único 00:01:16
electrónico, el emprendedor deberá realizar las siguientes actuaciones. 00:01:22
Debemos solicitar al Registro Mercantil Central la certificación negativa de la denominación social de la futura empresa, 00:01:29
que es una justificación de que el nombre de la sociedad no está ni asignado ni reservado por otra empresa. 00:01:36
Este trámite es posible realizarlo a través de la web del Registro Mercantil Central. 00:01:43
Una vez obtenido el certificado, se debe adjuntar una copia al realizar el DUE. 00:01:49
La validez de este certificado es de tres meses renovables por otros tres meses más 00:01:54
Tanto la Sociedad de Responsabilidad Limitada como la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva 00:01:59
deberán realizar este trámite 00:02:05
A diferencia de la Sociedad Limitada Nueva Empresa 00:02:07
ya que la denominación social se compone de los apellidos y el nombre de uno de los socios 00:02:10
más un código único proporcionado por el CIRCE 00:02:15
seguido de las palabras Sociedad Limitada Nueva Empresa o de su abreviación 00:02:18
en el momento de cumplimentar el due sólo es necesario indicar el importe de capital 00:02:23
participación de cada socio y si se trata de aportaciones no dinerarias una breve descripción 00:02:30
del bien aportado y su valor la acreditación de las aportaciones al capital se deberá realizar 00:02:37
ante el notario en el momento de la firma de la escritura de constitución no obstante lo anterior 00:02:44
sólo será necesaria dicha acreditación si los fundadores manifiestan en la escritura que 00:02:51
responderán solidariamente frente a la sociedad y frente a los acreedores sociales de la realidad 00:02:57
de las mismas. Para la acreditación hay que distinguir dos tipos de aportaciones. Aportaciones 00:03:03
dinerarias. Se entregará un certificado bancario que acredite el depósito del dinero correspondiente 00:03:11
por cada uno de los socios que realizará la aportación. Aportaciones no dinerarias. Se 00:03:18
aconseja consultar con la notaría de forma previa qué documentos serán necesarios para justificar 00:03:25
el valor de los bienes aportados. Los socios casados en régimen económico de separación 00:03:31
de bienes deberán acudir a la notaría con las capitulaciones matrimoniales. Una vez llevadas 00:03:37
al cabo las actuaciones indicadas, se deberá cumprimentar y enviar el due. Con el envío del 00:03:45
due se genera una solicitud de cita con la notaría elegida para el otorgamiento de la 00:03:52
escritura pública de la constitución de la sociedad. Esta cita se obtiene de forma inmediata 00:03:57
por medio de la comunicación en tiempo real con el sistema de la agenda notarial, que facilita 00:04:03
los datos de la notaría, la fecha y hora de la cita. El emprendedor deberá acudir a la cita 00:04:09
con el notario aportando el certificado de desembolso de capital social, el certificado 00:04:16
negativo de la denominación social obtenida en el registro mercantil. Pasos que realiza el sistema 00:04:24
telemático de creación de empresas sin intervención del emprendedor, una vez cumprimentando el DUE. 00:04:31
La administración tributaria con la información suministrada por la notaría envía el NIF provisional. A continuación, se comunica la declaración censal a la administración tributaria competente, procediendo a la realización del alta censal. 00:04:39
Actualmente, la Constitución de Sociedades está exenta del pago del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. 00:04:58
Sin embargo, es necesaria la obtención del justificante del impuesto por parte de la comunidad autónoma pertinente. 00:05:10
Esta justificación se obtiene a través del STT-CIRSE, sin que el emprendedor tenga que preocuparse de solicitarla. 00:05:17
Inscripción en el Registro Mercantil Provincial 00:05:25
El registrador realiza la calificación de la sociedad y lo inscribe en el registro. 00:05:31
El Registro Mercantil Provincial enviará los datos de la resolución de inscripción firmados electrónicamente para que el sistema pueda continuar con la tramitación. 00:05:36
En trámite en la Seguridad Social, con el envío del LUE, la Tesorería General de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, generan los códigos de cuenta de cotización. 00:05:45
Además, proceden con la afiliación y en su casa y en la falta de socios y de los trabajadores de la empresa si pudiera 00:05:55
La expedición de la escritura inscrita de la notaría recibe la información del registro mercantil provincial e incorpora a la matriz la escritura de los datos de la resolución de inscripción registral 00:06:02
Solicitud del NIF definitivo de la sociedad 00:06:15
En administración tributaria confirmará el NIF definitivo al STT Circe, para lo cual se le permitirá previamente una copia utilizada de la escritura. 00:06:20
Asimismo, notificará al emprendedor la finalización del proceso y se permitirá el NIF definitivo al domicilio fiscal de la sociedad. 00:06:32
Con este trámite finaliza el proceso de la creación de la empresa. 00:06:41
Como trámite complementario, se puede realizar a través del cumplimiento del TUE. 00:06:44
En Sistema de Reserva de Marcas o Nombre Comercial en la Oficina Española de Patentes o Marcas, este trámite es opcional, ya sea así cuando se solicite en DUA. 00:06:50
Una vez realizada la solicitud y embolsada la cantidad requerida a través del SCT CIRSE, la Oficina Española de Patentes y Marcas continuará con el procedimiento administrativo ordinario para el registro de los signos distintivos. 00:07:00
El registro de una marca o un nombre comercial otorga a la empresa un derecho exclusivo de impedir a terceros que comercialicen productos, servicios idénticos o similares a sí mismo un signo distintivo. 00:07:15
Solicitud de licencias en el ayuntamiento. En aquellos ayuntamientos que colaboran con CIRSE o están adheridos al proyecto, emprende en tres. 00:07:28
Se realizará la solicitud de licencias o la declaración responsable según el tipo de actividad. 00:07:37
Comunicación de los contratos de trabajo del Servicio Público de Empleo Estatal 00:07:43
Este trámite consiste en realizar la legalización o alta de los contratos de los trabajos 00:07:49
de aquellos trabajadores por cuenta agenda si lo hubiera 00:07:55
Trámites no incluidos en el sistema 00:07:59
Existen una serie de trámites necesarios para construir la SRL que todavía no están cubiertos por CIRCE 00:08:02
Entre ellos, la comunicación de la apertura del centro de trabajo 00:08:08
Se admite incluido en el procedimiento telemático únicamente la región de Murcia y la Comunidad de Madrid, en caso de tener contratados trabajadores. 00:08:11
La abstención y legalización de los libros. 00:08:18
Inscripción, en su caso, en otros organismos oficiales y o registros. 00:08:20
Documentación e información para complementar el DUER. 00:08:25
Documentación referida a los socios. 00:08:28
Original y fotocopia del DNI de todos ellos. 00:08:30
Original y fotocopia de la tarjeta de la seguridad social de aquellos socios que se venden alta en algún régimen de la SS. 00:08:33
u otro documento que acredite el número de afiliación a la misma. 00:08:38
Los trabajadores por cuenta ajena, si los hubiera, original y fotocopia del DNI de todos ellos. 00:08:41
Original y fotocopia de la tarjeta de la Seguridad Social u otro documento que acredite el número de afiliación a la misma. 00:08:47
Contrato o acuerdo de contratación o autorización para cursar el alta de la Seguridad Social. 00:08:52
Certificación negativa de la denominación social, es decir, un certificado que acredite que no existe ninguna otra sociedad con el mismo nombre de la que se pretende constituir. 00:08:57
Extranjeros, NIE comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia 00:09:06
Socios extranjeros capitalistas, sin residencia ni actividad en la empresa, tienen que aportar el NIE por asuntos económicos 00:09:11
Socios casados, DNI o NIE del cónyuge 00:09:18
Información, aparte de esta documentación el emprendedor deberá disponer de los siguientes datos 00:09:21
Epígrafe AE, actividades económicas y código de actividad según la clasificación nacional de actividades económicas 00:09:27
CNAE 00:09:33
Datos del domicilio de la empresa y de la actividad empresarial, incluido metros cuadrados del lugar de la actividad, código postal y teléfono 00:09:35
Porcentajes de participación en el capital social, tipo de aportación, dineraria o no dineraria 00:09:44
Datos de los administradores y tipo de administración, individual, solidaria o mancomunada 00:09:49
Para ascripción al régimen especial de trabajadores autónomos, base de cotización elegida 00:09:54
Mutua de IT, incapacidad temporal y si optará la cobertura por accidente de trabajo de enfermedad profesional, ATEP 00:09:59
Socios casados, régimen del matrimonio 00:10:05
En el aspecto económico, se requerirá información para realizar el pago al Registro Mercantil Provincial, RMP 00:10:07
Este pago se realizará por domiciliación bancaria y será necesario que se aporte un número de cuenta o una tarjeta bancaria 00:10:13
Si los administradores y o socios deben darse de alta como autónomos, se deberá aportar un número de cuenta bancaria para realizar la domiciliación de la cuenta del RETA 00:10:19
El obligado al pago no tiene por qué coincidir con el titular de la cuenta. 00:10:27
Subido por:
Tic ies gregoriomaranon madrid
Licencia:
Todos los derechos reservados
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Fecha:
8 de febrero de 2022 - 20:14
Visibilidad:
Público
Centro:
IES GREGORIO MARAÑON
Duración:
10′ 38″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
854x480 píxeles
Tamaño:
57.94 MBytes

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