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CIDPRIM23_24_M2_1.2. Luis Iñigo_El Centro - Contenido educativo

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Subido el 21 de enero de 2022 por tic.ismie

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Los documentos organizativos del centro 00:00:07
se encuentran regulados con carácter 00:00:09
general en el título quinto de la Ley 00:00:11
Orgánica dos, Barra 2006 3 dede mayo, de 00:00:13
educación, que lleva por título 00:00:16
participación, autonomía y Gobierno de 00:00:18
los centros. En concreto, el capítulo 00:00:20
dos, en su artículo 120, apartado 00:00:23
primero, señala que los centros 00:00:25
dispondrán de autonomía pedagógica, de 00:00:27
organización y digestión en el marco de 00:00:29
la legislación vigente y en los términos 00:00:31
recogidos en la presente ley y en las 00:00:33
normas que la desarrolla. Y el apartado 00:00:35
segundo precisa, los centros docentes 00:00:38
dispondrán de autonomía para elaborar, 00:00:41
aprobar y ejecutar un proyecto educativo 00:00:43
y un proyecto de gestión, así como las 00:00:46
normas de organización y funcionamiento 00:00:48
del centro. Por tanto, sin perjuicio del 00:00:50
desarrollo que den estos artículos las 00:00:53
administraciones educativas, los 00:00:55
documentos organizativos de los centros 00:00:57
son producto. Educativo, 00:00:59
proyecto de gestión, normas de 00:01:03
organización y funcionamiento. La 00:01:06
autonomía pedagógica del centro se 00:01:08
concreta en su proyecto educativo, mucho 00:01:11
más detallado tras la modificación del 00:01:14
artículo 121.1 de la LOE 00:01:16
que debe recoger. Los 00:01:19
valores, los fines y las prioridades de 00:01:21
actuación, es decir, la filosofía propia 00:01:24
del centro que le confiere su 00:01:26
personalidad específica, la concreción de 00:01:28
los currículos establecidos por la 00:01:31
administración educativa que corresponde 00:01:32
fijar y aprobar al claustro, adaptados a 00:01:35
las necesidades de su contexto educativo, 00:01:37
en el marco de los valores, fines y 00:01:40
prioridades antes expuestas. Esta 00:01:42
concreción debe basarse en los 00:01:44
principios, objetivos y metodología 00:01:46
propios de un aprendizaje competencial 00:01:48
orientado al ejercicio de una ciudadanía 00:01:50
activa. Asimismo, incluirá un 00:01:52
tratamiento transversal de la educación 00:01:55
en valores que incluya referencias a 00:01:57
el desarrollo sostenible, la igualdad 00:01:59
entre mujeres y hombres, la igualdad de 00:02:02
trato y no discriminación y la prevención 00:02:05
de la violencia contra las niñas y las 00:02:07
mujeres, del acoso y del ciberacoso 00:02:09
escolar. La cultura de paz y los 00:02:11
derechos humanos. El PEC recogerá 00:02:13
también la forma de atención a la 00:02:16
diversidad del alumnado, las medidas 00:02:18
relativas a la acción tutorial, el plan 00:02:20
de convivencia. El plan de lectura, 00:02:23
las medidas académicas que se adoptarán 00:02:26
para favorecer y formar en la igualdad, 00:02:29
particularmente de mujeres y hombres. 00:02:31
Un plan de mejora que se revisará 00:02:34
periódicamente en el que a partir del 00:02:36
análisis de los diferentes procesos de 00:02:38
evaluación del alumnado y del propio 00:02:40
centro, se planteen las estrategias y 00:02:42
actuaciones necesarias para mejorar los 00:02:45
resultados educativos y los 00:02:47
procedimientos de coordinación y de 00:02:49
relación con las familias y el entorno. 00:02:51
El PEC deberá hacerse público con objeto 00:02:54
de facilitar su conocimiento por el 00:02:56
conjunto de la comunidad educativa. 00:02:58
Deberá impulsarse la coordinación entre 00:03:01
los proyectos educativos de los centros 00:03:03
de educación primaria y de los de 00:03:05
Educación Secundaria Obligatoria, con 00:03:07
objeto de que la incorporación de los 00:03:09
alumnos a la educación secundaria sea 00:03:11
gradual y positiva. Los centros 00:03:13
promoverán compromisos educativos entre 00:03:16
las familias y el propio centro en los 00:03:18
que se consignen las actividades que 00:03:20
padres, profesores y alumnos se 00:03:22
comprometen a desarrollar para mejorar el 00:03:25
rendimiento académico del alumnado. 00:03:27
La autonomía de gestión económica del 00:03:30
centro se concreta en su proyecto de 00:03:32
gestión. Que debe recoger 00:03:35
la. Ordenación y utilización de sus 00:03:38
recursos, tanto materiales como humanos. 00:03:39
Los centros públicos podrán formular 00:03:44
requisitos de titulación y capacitación 00:03:45
profesional respecto de determinados 00:03:48
puestos de trabajo del centro. Las 00:03:50
administraciones educativas podrán 00:03:53
delegar en los órganos de Gobierno de los 00:03:55
centros públicos las competencias que 00:03:57
determinen, incluidas las relativas a 00:03:59
gestión de personal, responsabilizando 00:04:02
los directores de la gestión de los 00:04:04
recursos. A disposición del centro 00:04:06
la Comunidad de Madrid no ha regulado el 00:04:10
proyecto de gestión. Por lo que los 00:04:12
centros siguen usando presupuesto y 00:04:14
cuenta de gestión la. Economía de 00:04:16
organización del centro se concreta en 00:04:19
sus normas de organización y 00:04:21
funcionamiento, que deben recoger 00:04:22
un. Plan de convivencia que incorporarán 00:04:26
a la programación general anual y que 00:04:29
recogerá todas las actividades que 00:04:31
se programen con el fin de fomentar un 00:04:34
buen clima de convivencia dentro del 00:04:36
centro escolar. La concreción de los 00:04:38
derechos y deberes de los alumnos y 00:04:41
alumnas, las medidas correctoras 00:04:43
aplicables en caso de su incumplimiento, 00:04:46
la realización de actuaciones para la 00:04:49
resolución pacífica de conflictos. Con 00:04:51
especial atención a las actuaciones de 00:04:53
prevención de la violencia de género, 00:04:55
igualdad y no discriminación, 00:04:58
las normas de convivencia y conducta de 00:05:01
los centros serán de obligado 00:05:03
cumplimiento. Deberán concretar 00:05:05
los deberes de los alumnos y alumnas. 00:05:08
Las medidas correctoras en caso de 00:05:13
incumplimiento, que tendrán un carácter 00:05:14
educativo y recuperador y deberán 00:05:16
ser proporcionadas a las faltas 00:05:19
cometidas. Aquellas conductas que 00:05:21
atenten contra la dignidad personal de 00:05:24
otros miembros de la comunidad educativa 00:05:26
que tengan como origen o consecuencia una 00:05:28
discriminación o acoso o que se realicen 00:05:30
contra el alumnado más vulnerable por sus 00:05:33
características personales, 00:05:35
sociales o educativas, tendrán la 00:05:38
calificación de falta muy grave y 00:05:40
llevarán asociada como medida correctora 00:05:43
la expulsión temporal o definitiva 00:05:45
del centro. Las medidas correctoras por 00:05:48
la comisión de faltas leves serán 00:05:51
inmediatamente ejecutivas. Los miembros 00:05:53
del equipo directivo y los profesores y 00:05:56
profesoras serán considerados autoridad 00:05:58
pública. En los 00:06:01
procedimientos de adopción de medidas 00:06:04
correctoras, los hechos constatados por 00:06:05
profesores, profesoras y miembros del 00:06:07
equipo directivo de los centros docentes 00:06:09
tendrán valor probatorio y disfrutarán 00:06:12
de presunción de veracidad y uristatum 00:06:15
o salvo prueba en contrario, sin 00:06:18
perjuicio de las pruebas que en defensa 00:06:20
de los respectivos derechos o intereses 00:06:22
puedan señalar o aportar los propios 00:06:24
alumnos y alumnas. Las 00:06:26
administraciones educativas regularán los 00:06:29
protocolos de actuación frente a indicios 00:06:31
de acoso escolar, ciberacoso, acoso 00:06:34
sexual, violencia de género y cualquier 00:06:37
otra manifestación de violencia. También 00:06:39
regularán los requisitos y las funciones 00:06:42
que debe desempeñar el coordinador o 00:06:45
coordinadora de bienestar y protección, 00:06:47
que debe designarse en todos los centros 00:06:50
educativos públicos y privados. 00:06:53
La concreción anual y la planificación de 00:06:56
todos los aspectos relativos a la 00:06:58
organización y el funcionamiento del 00:07:00
centro. Incluidos los proyectos, el 00:07:02
currículo, las normas y todos los 00:07:05
planes de actuación acordados y aprobados 00:07:08
serán recogidos por los centros en una 00:07:11
programación general anual. 00:07:13
Recomendaciones para la elaboración de 00:07:17
los documentos organizativos del centro. 00:07:18
Los documentos deben ser redactados por 00:07:22
el equipo directivo, pero no elaborados 00:07:24
por él. Debe 00:07:27
asegurarse el máximo debate y la máxima 00:07:29
participación de. 00:07:31
Analizarse previamente en profundidad el 00:07:34
contexto del centro para detectar las 00:07:36
verdaderas necesidades del alumnado. 00:07:38
Debe lograrse que el centro se convierta 00:07:42
en una Comunidad de aprendizaje que 00:07:43
discute, decide, aplica, evalúa y 00:07:45
rectifica bajo el liderazgo pedagógico de 00:07:48
la dirección. Los documentos deben 00:07:50
ser sometidos a evaluación constante y 00:07:53
modificados en función de las 00:07:55
conclusiones alcanzadas. Los 00:07:57
planes de mejora deben concretar áreas de 00:07:59
mejora, objetivos, indicadores de logro, 00:08:02
actuaciones, tareas responsables, 00:08:05
temporalización, medidas de seguimiento y 00:08:08
evaluación. 00:08:11
Autor/es:
Innovación y Formación
Subido por:
tic.ismie
Licencia:
Reconocimiento - Compartir igual
Visualizaciones:
5140
Fecha:
21 de enero de 2022 - 9:43
Visibilidad:
Público
Centro:
ISMIE
Duración:
08′ 20″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1280x720 píxeles
Tamaño:
787.87 MBytes

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