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CIDPRIM23_24_M2_3.3. Isabel Torija_Acoso I
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El sistema educativo ha de garantizar que
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en los centros docentes se radique
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cualquier forma de violencia, en especial
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hacia los menores, pero para poder
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prevenirla y erradicarla, especialmente
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el acoso escolar, debemos conocer la
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situación de convivencia en nuestras
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aulas. Nuestra misión como docentes es
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promover una cultura de educación en
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valores y un clima de convivencia sana y
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positiva en nuestros centros. El
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Consejo de Gobierno de la Comunidad de
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Madrid aprobó en 2016 un
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plan de lucha contra el acoso escolar.
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Con el objetivo principal de tomar
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medidas permanentes y estructurales para
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prevenirlo y erradicarlo de forma
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inmediata. Esta lucha contra el acoso
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escolar y el ciberacoso ha de abordarse
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en los centros desde un enfoque
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multidisciplinar. La LOE considera
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como principio del sistema educativo
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español la educación para la prevención
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de conflictos y la resolución pacífica de
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los mismos, así como para la no
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violencia en todos los ámbitos de la vida
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personal, familiar y social. Y en
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especial en el del acoso escolar. La
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resolución del 10 de mayo de 2016 dicta
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instrucciones de la Subdirección General
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de inspección Educativa para el
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asesoramiento en situaciones de acoso y
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ciberacoso, estableciendo la creación del
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equipo de apoyo contra el acoso escolar.
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Este equipo colabora con los centros de
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la Comunidad de Madrid en situaciones de
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acoso escolar y ciberacoso, y trabaja
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coordinadamente con los servicios de
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inspección de las direcciones de área
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territorial. Está formado por un
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inspector de educación que coordina las
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actuaciones y dos asesores técnicos
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docentes del cuerpo de profesores de
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Secundaria de la especialidad de
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orientación educativa con perfil
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profesional de psicólogo, los colegios e
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institutos pueden solicitar asesoramiento
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tanto al servicio de inspección educativa
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como al equipo de apoyo de la
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subdirección de inspección, tanto
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ante presuntas situaciones de acoso como
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ante cualquier otra que tenga relación
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con la convivencia. Entre las funciones
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del equipo de apoyo contra el acoso
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escolar destacamos la ya comentada de
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informar y asesorar a los equipos
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directivos en casos de acoso y
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ciberacoso, colaborando en su análisis y
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valoración y, en su caso, elaborando
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propuestas de intervención y también la
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de analizar, registrar la evolución de
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los casos de acoso y ciberacoso en el
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ámbito escolar. Esta labor de registro y
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evolución de la incidencia del acoso
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escolar es fundamental para analizar el
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comportamiento de este fenómeno. Y así.
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Poder dar una respuesta adecuada, tanto
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las instrucciones de las viceconsejerías
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de educación no universitaria, juventud y
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deporte y organización educativa sobre la
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actuación contra el acoso escolar en los
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centros docentes no universitarios de
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Madrid de 2 de noviembre de
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2016, como en las que las complementan,
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recogen obligatoriedad de que los centros
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remitan, tanto al servicio de inspección
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de la dark como al equipo de apoyo,
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diferentes anexos de cada protocolo
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contra el acoso desde el momento de su
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apertura. Anualmente las instrucciones.
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Sobre comienzo del curso escolar en
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centros docentres públicos no
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universitarios de la Comunidad de Madrid
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dedican un apartado a la convivencia y
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reiteran esta obligación que tienen los
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centros tanto de abrir el protocolo en
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caso de detectarse un posible caso de
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acoso escolar, como del envío de los
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anexos tanto a la edad y al equipo de de
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apoyo contra el acoso escolar en el
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día a día del trabajo de los centros
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educativos es fundamental el Decreto
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32 2019, de 9 de abril.
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Del Consejo de Gobierno por el que se
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establece el marco regulador de la
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convivencia en los centros docentes de la
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Comunidad de Madrid. Este decreto
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hace numerosas referencias al acoso
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escolar entre los principios generales de
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la convivencia escolar, recoge el
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compromiso con la prevención y
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eliminación del acoso escolar y
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ciberacoso, tanto dentro como fuera de
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las aulas, así como el rechazo a
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cualquier forma de violencia y la
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protección de las víctimas. En el artículo
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12 señala que el plan de convivencia
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recogerá todas las actividades. Tanto las
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curriculares como las medidas
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organizativas que han de configurar un
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marco protector y de prevención de la
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violencia. Estas acciones deben
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contribuir también a promover la
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prevención, detección, intervención,
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resolución y seguimiento de todas las
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manifestaciones de acoso entre iguales.
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Recoge, además, que dicho plan deberá
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diferenciar con claridad el acoso
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escolar, el ciberacoso, la violencia de
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género y la LGTBI, fobia
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de otras conductas esporádicas que
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dificulten la convivencia. ¿Incluir?
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Líneas de trabajo relacionadas con la
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prevención de situaciones de acoso. El
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decreto 32 tambiéndestaca la importancia
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del plan de acción Tutorial en relación
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directa con el plan de convivencia,
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establece que las normas de convivencia
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del centro deberán recoger la prevención
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y la lucha contra el acoso escolar y que
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la Comisión de convivencia tendrá entre
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sus competencias la de proponer al
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Consejo Escolar medidas para la
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prevención y lucha contra el acoso
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escolar, parte fundamental de este
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decreto es la tipificación del acoso
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físico o moral a los compañeros, como
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falta muy grave. Y también establecer
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entre los criterios para adoptar medidas
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correctoras y cautelares que se deberán
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tener en cuenta con carácter prioritario,
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los derechos de las víctimas de acoso,
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primando el interés superior de los
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menores sobre cualquier otro interés. Los
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centros educativos son escenarios de
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relaciones e interacciones entre los
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alumnos. Se consideran relaciones entre
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iguales porque se dan en un plano de
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simetría horizontal como espacios de vida
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que son, no están libres de conflicto,
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aunque. Teoría de las veces, los
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conflictos son gestionados adecuadamente
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a través del diálogo y la mediación de
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terceros, pero a veces se establecen
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relaciones negativas entre iguales que
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pueden llegar a considerarse como
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maltrato. Es importante recordar
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que los conflictos son más numerosos y de
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menor gravedad que las situaciones de
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violencia. En ocasiones se tiende a
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confundir ambos términos como si de
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sinónimos se tratasen, pues las
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situaciones de violencia entre escolares
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parten de situaciones conflictivas
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previas. Y desencadenan nuevos conflictos
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el acoso escolar es una realidad que
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contamina la convivencia, produciendo
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efectos negativos, no solo en
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aquellos implicados directamente, sino en
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la totalidad del alumnado y profesorado.
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El clima escolar se deteriora gravemente,
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hasta el punto que para muchos acudir
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diariamente al centro supone una tortura.
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A finales de los años 70, el noruego
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always se inició en el estudio del acoso
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escolar mundialmente conocido con la
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expresión bullying. El bullying o acoso
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escolar es un concepto específico y
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claramente definido que comparte
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características de la violencia escolar,
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pero a la vez presenta rasgos propios.
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Podemos definir el acoso escolar como una
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conducta de persecución física YO
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psicológica, que realiza un alumno o un
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grupo de alumnos contra otro al que
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eligen como víctima de repetidos ataques.
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Esta acción negativa e intencionada
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sitúa a la víctima en una posición de la
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que difícilmente puede salir por sus
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propios medios. Como características
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del acoso encontramos la intención de
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hacer daño que se puede manifestar de
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forma física, verbal o psicológica, el
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acosador o los acosadores desean
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conscientemente herir, amenazar o asustar
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a otro alumno. De nuevo, es importante
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recordar que todas las modalidades de
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acoso son actos agresivos, ya sean
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físicos, verbales o psicológicos, pero no
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toda agresión se puede enmarcar dentro
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del acoso escolar. Otra
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característica es el desequilibrio de
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poder que hace a la víctima impotente
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para salir de esta situación por sí sola.
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Se considera que es el rasgo que define
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de manera más concluyente el acoso, la
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situación de superioridad o ventaja del
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acosador frente a la desventaja o
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inferioridad de la víctima. Otro elemento
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distintivo del acoso escolar es la
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reiteración de las conductas. Esto es
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fundamental para poder diferenciarlo del
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conflicto aislado, la repetición de las
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conductas dañinas produce en la víctima
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una merma progresiva de la autoestima y
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apuntala la relación de dominio sumisión
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que caracteriza este maltrato entre
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iguales. El acoso tiene también como
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característica la asignación de roles. Es
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necesario, como mínimo, la figura de un
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agresor y de una víctima, aunque
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generalmente las dinámicas son mucho más
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complejas, ya que tiene lugar en un grupo
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los espectadores que pueden detener o
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paralizar la agresión, dar la espalda y
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no implicarse o, por el contrario, animar
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a que se cometa la agresión. Debemos
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distinguir el acoso de otro tipo de
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conflictos, como los conflictos entre
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iguales con violencia física o
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psicológica, el vandalismo o las
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conductas disruptivas, cuyas
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características no coinciden con las que
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definen el acoso. Recordando que este se
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caracteriza por tratarse de una conducta
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de persecución física o psicológica que
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realiza un estudiante contra otro de
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manera continua e intencionada que crea
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una relación de dominio. Su misión, el
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acoso escolar puede presentarse de varias
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maneras y en distintos grados, las
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agresiones físicas que dañan y atemorizan
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a la víctima pueden ser directas, golpes,
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lesiones con objetos indirectas como
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extorsiones, robos, desaparición o
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destrozo de sus pertenencias, etcétera.
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Las agresiones verbales son más
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habituales, disminuyen la autoestima de
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la víctima al humillarla en público de
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manera más indirecta. También lo son las
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difamaciones o la creación de rumores. La
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exclusión social que margina la víctima y
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la impide participar en el grupo o
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comunicarse. Todas estas formas de
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agresión pueden producir daño emocional y
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psicológico a quien lo sufre y hacen que
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aumente su miedo al agresor. El
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ciberacoso o ciberbullying es la variante
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del acoso que consiste en el uso de la
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tecnología para ejercer amenazas,
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insultos, humillaciones y vejaciones. Por
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parte de un alumno o un grupo de alumnos
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hacia otro. Para ello se utilizan
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fotos, vídeos o textos y en ocasiones se
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difunde información falsa. Puede tener
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lugar en las redes sociales, chats,
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correo electrónico, juegos online y en
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general, en cualquier aplicación de
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comunicación online. Este
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ciberacoso tiene unas características
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particulares, los contenidos se hacen
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virales y permanecen. Los agresores
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pueden tener sensación de un anonimato
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y un falso sentimiento de impunidad y las
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consecuencias de las víctimas son más
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difíciles de evaluar. Entre los tipos de
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ciberbullying encontramos la persecución
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u hostigamiento en las redes a través de
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amenazas, insultos, grabaciones con el
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móvil y publicación de datos personales.
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La exclusión a través de mensajes
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denigrantes, bulos y rumores que humillan
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y menosprecian a la víctima. La
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manipulación que consiste en la
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modificación y difusión de contenidos
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web, material trucado, conversaciones
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manipuladas, comunicaciones alteradas,
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etcétera. Existen dos modalidades de
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ciberbullying, aquel que actúa como
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reforzador de un bullying ya emprendido y
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aquella forma de acoso entre iguales a
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través de las tics, sin antecedentes. En
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la primera modalidad se considera al
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ciberbullying como una forma de acoso más
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sofisticada, desarrollada generalmente
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cuando las formas de acoso tradicionales
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dejan de resultar atractivas o
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satisfactorias. En este caso, el agresor
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es fácilmente identificable, ya que
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coincide con el hostigador presencial en
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lo que respecta a la segunda modalidad,
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son formas de acoso entre iguales que no
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presentan antecedentes, de modo que sin
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motivo aparente, la víctima empieza a
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recibir formas de hostigamiento a través
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de las tics. En ocasiones, después
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de un tiempo de recibir este tipo de
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acoso, el ciberagresor decide completar
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su obra con una experiencia presencial,
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dando la cara. El ciberbullying presenta
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unas características similares con otras
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formas de acoso. Como el hecho de ser
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premeditado e intencionado, la existencia
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de una relación asimétrica de control y
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poder sobre el otro, pero también tiene
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unas características particulares que lo
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diferencian de otras formas de acoso
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presencial y directo. Se trata de una
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forma de acoso indirecto. Es un acto de
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violencia camuflada en la que muchas
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veces no se conoce al agresor, a no ser
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que haya sido hostigador presencial de la
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víctima antes o que decida hacerlo
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después del Ciberbullying.
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El desconocimiento del agresor magnifica
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el sentimiento de impotencia de la
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víctima. El acoso invade ámbitos de
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privacidad y aparente seguridad como es
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el hogar familiar, desarrollando
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sentimiento de desprotección total y se
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extiende 24 horas sobre 7 días a
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la semana. La presencia de testigos
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activos o pasivos amplifica con mayor
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resonancia tanto la conducta acosadora
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como las secuelas de la víctima, y ello
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debido a la omnipresencia de los medios
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digitales en sus vidas. La sensación
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de impunidad de los acosadores,
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convencidos de que Internet les protege,
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que el anonimato actúa como escudo y que
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pueden hacer o decir lo que quieran sin
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consecuencias. Los efectos
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derivados de esta forma de acoso
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tecnologizado presentan los
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efectos del acoso presencial. Sin
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embargo, podemos decir que los daños son
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mayores en el ciberbullying, pues
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Internet garantiza el anonimato del
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agresor, convirtiéndolo en un fantasma
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que destroza la vida de la víctima y
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dificulta enormemente los mecanismos de
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respuesta o protección. Hacia este tipo
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de humillaciones, al tratarse de una
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forma de acoso indirecto y no presencial,
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el agresor no tiene contacto con la
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víctima, no ve su cara, sus ojos, su
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dolor, su pena, con lo cual difícilmente
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podrá llegar a empatizar o despertar su
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compasión por el otro. El
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Ciberagresor obtiene satisfacción en la
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elaboración del acto violento y en la
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imaginación del daño ocasionado en el
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otro, ya que no puede vivirlo in situ
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dentro de las razones que un acosador
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utiliza para justificar la violencia que
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ejerce. La de pertenencia de la víctima
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al colectivo LGTB
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es una de las más frecuentes,
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especialmente contra los niños y
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adolescentes trans, que son los que más
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sufren, dado que su grado de exposición
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al acoso es muy superior al ser sus
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diferencias más visibles. La
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LGTBI fobia es el rechazo, miedo
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o discriminación hacia mujeres u hombres
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que se reconocen a sí mismos como LGTBI.
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la UNESCO señala no solo que el alumnado L
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GTBI es quien sufre el acoso escolar,
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homofóbico y transfóbico. Sino que este
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afecta también al alumnado que es
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percibido como diferente, que no encaja
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en los roles y estereotipos de género
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existentes, incluso si nos identifica a
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sí mismo como LGTB. Por último,
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señalar un fenómeno relacionado con el
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acoso cada vez más habitual entre
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jóvenes, el sexting es la acción de
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enviar o recibir imágenes, fotografías o
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vídeos de contenido íntimo y sexual a
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través del móvil o las redes sociales. En
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principio, se trata de una práctica en la
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que una persona lo comparte de manera
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voluntaria con otra. Pero el sexting
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tiene una cara oscura y es que en el
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momento que una imagen o un vídeo
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abandona nuestro móvil, perdemos el
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control sobre ello, es decir, una vez lo
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hemos enviado, no sabemos qué uso le dará
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el que lo recibe, podría difundirlo y
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compartirlo sin consentimiento, con todas
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las consecuencias que esto puede acarrear
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consecuencias no solo de índole legal
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para quien difunde, sino las personales
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para la víctima. Además, no es raro ver
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asociados en el mismo paquete sexting y
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ciberbullying. Cuando esas imágenes se
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difunden entre los compañeros para
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provocar el ciberacoso y la humillación
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de una persona. Es delito compartir esas
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imágenes o vídeos privados con terceros
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sin consentimiento o cuando se trata de
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un menor de edad, en cuyo caso podríamos
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estar hablando de pornografía infantil y
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corrupción de menores, que es un supuesto
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penal. Hemos de tener también en cuenta
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que el acoso escolar empieza entre 2
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personas y sus consecuencias se van
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extendiendo hasta alcanzar a toda la
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comunidad educativa. Por eso,
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aunque a cada alumno puede afectarle de
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una manera diferente, a la larga
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repercute en todo el centro. En primer
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lugar lo sufrirá la víctima, que podrá
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desarrollar temor a ir a clase. Además,
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podrá bajar su autoestima, aumentar su
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ansiedad y cambiar su ánimo. Es
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bastante común que se sienta sola,
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incluso presente. Conductas
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autodestructivas a nivel social, podrá
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evitar participar en actividades con
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otros compañeros y evitará el contacto,
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incluso puede llegar a normalizar su
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papel de víctima. Los testigos del acoso
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y su entorno también podrán sufrir las
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consecuencias. Sentirán culpabilidad,
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impotencia o con el tiempo se mostrará y
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solidarios con el sufrimiento ajeno.
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Además, también verán la discriminación
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como algo normal e identificarán la
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agresividad y la violencia con el éxito
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social. ¿Cómo podemos reconocer a una
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víctima de acoso escolar? Es frecuente
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que tenga una baja autoestima o que sea
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inseguro o un poco tímico. Además,
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puede presentar sobreprotección familiar
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y, curiosamente, puede sacar buenas
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notas. Suele ser rechazada por el resto
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del grupo, puede naturalizar su
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indefensión y afrontar su rol sumiso.
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Su reacción puede ser pasiva si tiene un
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carácter sumiso con pocas habilidades.
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Comunicativas y tiende a aislarse,
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alejándose de sus amigos activa o
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provocadora, se manifiesta
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comportamientos inapropiados, tiene
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dificultades para relacionarse con los
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demás y lo hace mediante la provocación
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irritando al resto de alumnos o agresora.
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Si es víctima de acoso y a la vez
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acosador con los más indefensos del
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grupo. Qué síntomas pueden
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ponernos en Guardia? ¿Qué síntomas pueden
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hacer sonar las alertas? La víctima puede
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dejar de asistir a clase, puede bajar su
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rendimiento o mostrar desinterés por el
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marco escolar. También podemos detectar
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que deja de participar en su grupo, que
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es objeto de murmullos y risas entre sus
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compañeros. En el plano personal, puede
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presentar baja autoestima y a un nivel
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más externo puede mostrarles
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lesiones físicas, moratones, rasguños,
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heridas. Perder a menudo sus cosas o
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llevarlas rotas. ¿Cómo se comporta el
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agresor? Es importante recordar que
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pueden existir 1 o varios agresores y que
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estos pueden actuar de forma sectorial o
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al unísono. Generalmente el agresor
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actúa impulsivamente necesita dominar al
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Grupo y busca reconocimiento y
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aceptación. Curiosamente puede ser
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inseguro, aunque intente no parecerlo.
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Tiende a construir relaciones basadas en
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la exclusión y en el menosprecio,
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manipula, se comporta de forma agresiva y
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tiene una baja tolerancia a la
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frustración. El ciberagresor puede
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comportarse de manera normal y a la vez
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mostrar su lado agresivo en las redes,
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aprovechando el anonimato que estas le
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proporcionan y donde además es más
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seguido y apoyado. Los observadores son
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los testigos del acoso. Pueden ser
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pasivos si no intervienen directamente
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activos, si apoyan la agresión
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defensores y a veces ayudan a la víctima
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en el caso del Ciberbullying, los
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observadores se multiplican, ya que lo
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son todos los que ven el contenido y se
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mantienen al margen. Los que comparten el
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contenido como agresores directos o los
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que defienden a la víctima.
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Vamos a tratar ahora la posible
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responsabilidad penal y civil que se
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puede derivar en casos de acoso escolar
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si.
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