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CIDPRIM23_24_M2_1.4. Luis Iñigo_Participación - Contenido educativo
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Los órganos de coordinación y
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participación de los centros públicos se
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encuentran regulados en el artículo 130
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de la LOE, titulado Órganos de
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coordinación docente. Sin embargo, la
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LOE se limita a establecer que
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corresponde a las administraciones
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educativas regular el funcionamiento de
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los órganos de coordinación docente y de
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orientación y potenciar los equipos de
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profesores que impartan clase en el mismo
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curso, así como la colaboración y el
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trabajo en equipo de los profesores que
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impartan clase a un mismo grupo de
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alumnos. En los institutos de educación
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secundaria existirán entre los órganos de
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coordinación docente, departamentos de
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coordinación didáctica que se encargarán
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de la organización y desarrollo de las
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enseñanzas propias de las materias o
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módulos que se les encomiende en la
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Comunidad de Madrid. No se ha aprobado
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todavía normativa general que regule la
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organización y funcionamiento de los
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centros. Siguen en vigor, pues con
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carácter supletorio los reales decretos 82
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y 83 de 1996, de 26 de enero, por los que se aprueba, respectivamente, el Reglamento orgánico de las escuelas de Educación Infantil
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yde los Colegios
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de
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educación primaria.
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Y el de los institutos de educación
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secundaria, así como las órdenes de 29 de
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junio de 1994. Entodo lo
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que no contravenga la normativa
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posterior, estos reales decretos y
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órdenes se complementan con las
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instrucciones de comienzo de curso y las
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órdenes por las que se regulan aspectos
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de organización, funcionamiento y
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evaluación de las distintas enseñanzas.
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Estas órdenes son principalmente las
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siguientes, la orden 3622
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2014, dede 3 de diciembre,
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de la Consejería de Educación y Juventud
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y Deporte. De la Comunidad de Madrid, por
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la que se regulan determinados aspectos
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de organización y funcionamiento, así
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como a la evaluación y los documentos de
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aplicación en la educación primaria. La
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Orden 2398 22 de 2016 dede
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julio, de la Consejería de Educación,
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Juventud y Deporte de la Comunidad de
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Madrid, por la que se regulan
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determinados aspectos de organización,
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funcionamiento y evaluación de la
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Educación Secundaria Obligatoria.
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La Orden 2582 2016, dede
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17 de agosto, de la Consejería de
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Educación, Juventud y Deporte de la
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Comunidad de Madrid. Que se regulan
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determinados aspectos de organización,
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funcionamiento y evaluación en el
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bachillerato, orden 2694
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de 2009, dede 9
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de junio, por la que se regula el acceso,
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la matriculación, el proceso de
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evaluación y la acreditación académica de
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los alumnos que cursen en la Comunidad de
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Madrid la modalidad presencial de la
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Formación Profesional del sistema
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educativo establecida en la Ley Orgánica
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dos, Barra 2006 de 3 de mayo, de
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educación, a las que hay que sumar las
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instrucciones específicas de comienzo de
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curso relativas a otras enseñanzas como
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adultos e idiomas, y programas como el
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bilingüismo. A grandes rasgos, los
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órganos de coordinación son tutores
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1 por Grupo de alumnos, en la mayoría de
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las enseñanzas, funciones de
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coordinación, orientación, seguimiento,
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información a las familias, realización
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de informes y propuestas y Presidencia de
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la Junta de evaluación. En primaria se
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añaden un mayor poder de decisión sobre
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la proporción de los alumnos en FP.
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Existen además los tutores del módulo de
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formación en centros de trabajo con
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funciones de seguimiento y evaluación. Y
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el ID del módulo de proyecto en los
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ciclos formativos de grado superior.
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Suelen contar con reducción horaria y
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complemento salarial, equipos docentes de
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grupo formados por todos los profesores
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que imparten clase al grupo, funciones,
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sobre todo de evaluación que ejercen
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reuniéndose periódicamente como juntas de
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evaluación, decisiones sobre
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promoción y titulación, así como medidas
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de refuerzo y apoyo. Equipos docentes de
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tramo o ciclo en primaria, funciones de
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coordinación, propuestas extraescolares,
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planificación. Dirigidos por un
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coordinador, departamentos didácticos
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sólo en los institutos de educación
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secundaria y otros centros, como las
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escuelas oficiales de idiomas, pero no en
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los colegios de educación Infantil y
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Primaria, funciones similares a los de
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los equipos de ciclo. Los preside un
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catedrático, profesor designado por el
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director, Departamentos de Orientación
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integrados por un orientador, que es el
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jefe y profesores de diverso tipo,
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pedagogía terapéutica y audición y
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lenguaje compensatoria, profesores de
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ámbito de los programas de mejora del
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aprendizaje y el rendimiento o
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diversificación. Profesores técnicos de
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servicios de la comunidad, técnicos de
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integración social, funciones de
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orientación, coordinación tutorial,
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atención a la diversidad y apoyo a las
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adaptaciones curriculares. Departamentos
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de actividades complementarias y
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extraescolares solo en los institutos de
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educación secundaria dirigidos por un
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jefe designado por el director y formados
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por profesores y alumnos para cada
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actividad, funciones de planificación
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y evaluación, Comisión de Coordinación
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pedagógica formada por los jefes de
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departamento, el jefe de estudios y el
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director que la preside. Así como el
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orientador y el coordinador de
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tecnologías de la información y la
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comunicación, funciones de planificación
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y coordinación de la elaboración de
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documentos docentes. Otros coordinadores
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como los coordinadores o los
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coordinadores, jefes del programa
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bilingüe y el coordinador de tecnologías
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de la información y la comunicación.
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A grandes rasgos, los órganos de
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participación, excluyendo el Consejo y
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escolar y el claustro, son Junta de
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delegados de alumnos, integrada por los
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delegados de los distintos Grupos
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elegidos por los alumnos mediante
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sufragio y directo y secreto al comienzo
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de cada curso. Y por los representantes
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de los alumnos en el Consejo Escolar que
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eleva el equipo directivo propuestas,
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informa a los representantes de los
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alumnos del Consejo Escolar de los
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problemas de cada grupo o curso,
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etcétera, hoy. Debe ser oída en
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los asuntos que por su naturaleza
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requieran su audiencia, y especialmente
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en lo que se refiere a celebración de
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pruebas y exámenes y otras semejantes.
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Asociaciones de alumnos y asociaciones de
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padres y madres. Funciones de
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colaboración, propuesta y organización de
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actividades complementarias y
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extraescolares. Etc.
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