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EL CONTRATO DE TRABAJO - Contenido educativo

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Subido el 13 de septiembre de 2020 por M.carmen D.

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Buenos días. Tema 2. El contrato de trabajo. El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador, por el cual el trabajador se compromete a prestar unos servicios. 00:00:03
En primer lugar, voluntariamente, personalísimo, es decir, es él el que se obliga a prestar esos servicios, dependiente, ¿por qué? Porque está bajo las órdenes del empresario, por cuenta ajena, ¿por qué? Porque los frutos del trabajo se los va a quedar el empresario, ¿vale? 00:00:17
y remunerada. ¿Por qué? Porque el empresario se compromete a pagarle por la prestación 00:00:41
de sus servicios. Si os fijáis, aquí están ya las cinco características que vimos en 00:00:48
el tema 1 para que fuera relación laboral común. Entonces, la capacidad contractual, 00:00:53
es decir, ¿quién puede firmar un contrato de trabajo? En primer lugar, el trabajador 00:01:00
Tiene que ser o bien mayor de edad, es decir, tener 18 años cumplidos o tener 16 o 17 años. 00:01:06
Ya sabéis que la edad para trabajar en España está con 16 años, pero como no son mayores de edad, no pueden firmar ellos solos el contrato. 00:01:14
Entonces, para que una persona de 16 o 17 años pueda firmar un contrato, en primer lugar, si se cuenta con la autorización de los padres y tutores 00:01:22
y de hecho el día que vaya el menor a firmar el contrato de trabajo, esos padres o tutores 00:01:32
tienen que firmar con él el contrato. O bien puede ser que ese menor esté emancipado. 00:01:37
La emancipación es la autorización para vivir de forma independiente para esa persona 00:01:45
que es menor de edad. Se otorga mediante una escritura pública ante notario y esa escritura 00:01:50
pública se inscribe en el registro civil. Se puede conseguir la emancipación de tres 00:01:56
maneras. Porque los que tengan, en primer lugar, porque los que tengan la patria potestad se la 00:02:02
concedan, es decir, el menor quiere y los padres quieren, pues van al notario, lo otorgan y lo 00:02:07
inscriben. Puede ser por matrimonio y también puede ser por concesión judicial. Se tiene que 00:02:15
acudir a juicio cuando el menor solicita vivir de forma independiente y los padres o tutores no 00:02:22
quieren. El juez oye al menor, oye a los padres o tutores y decide lo que tenga conveniente. ¿Que 00:02:28
decide que sí? Pues entonces, igual, van al notario, otorgan escritura pública y van al registro civil 00:02:36
y lo inscriben. Hay una excepción, que es que los menores de 16 años en espectáculos públicos 00:02:43
también pueden trabajar, pero se requieren dos condiciones. En primer lugar, que tengan permiso 00:02:50
de la autoridad laboral para cada uno de los espectáculos en los que intervenga y que 00:02:56
ese trabajo no suponga un peligro para su salud física ni su formación profesional 00:03:03
y humana. Es decir, cada vez que vaya a trabajar en un espectáculo público tienen que presentar 00:03:08
ante la autoridad laboral, sus padres o tutores, las horas de trabajo, dónde va a trabajar, 00:03:14
cómo se va a garantizar que ese menor siga recibiendo asistencia educativa 00:03:19
y cada vez que vaya a trabajar la autoridad laboral examina si eso está conforme o no 00:03:25
y si no está conforme y lo deniega, ese menor no puede trabajar en ese espectáculo público 00:03:30
aunque los padres quieran o aunque el menor quiera. 00:03:36
Requisitos del empresario para celebrar un contrato de trabajo. 00:03:40
En primer lugar, ser una persona física, una persona física somos cualquiera de nosotros, 00:03:43
Que sea mayor de edad o que esté emancipada o que sea un incapacitado a través de su representante legal. 00:03:49
Que sea una persona jurídica, por ejemplo, una sociedad, una sociedad de responsabilidad limitada, una sociedad anónima, una cooperativa, etc. 00:03:57
O ser una comunidad de bienes. 00:04:08
Una comunidad de bienes existe cuando la propiedad de una cosa pertenece pro indiviso a varias personas. 00:04:10
Es decir, todo pertenece a todos. Uno tiene un tercio y otro un cuarto. No, todo pertenece a todos. 00:04:18
Es, por ejemplo, el caso de una comunidad de vecinos que son los propietarios del inmueble. 00:04:25
Si tienen que contratar un conserje, un señor de la limpieza, un jardinero, lo que sea, lo hacen como comunidad de bienes. 00:04:30
Son ellos los que contratan. 00:04:39
En cuanto a la forma del contrato, según la ley se puede hacer de forma verbal o por escrito, pero yo os diría que jamás de forma verbal, siempre por escrito, para que quede constancia que el trabajador acudió a trabajar, porque si luego hay algún problema con el alta en la seguridad social, a ver cómo demostráis que habéis estado trabajando. 00:04:41
Hay una serie de elementos básicos del contrato. Las partes, es decir, quién firma ese contrato con nombre, apellidos y DNI. Los elementos temporales, cuándo comienza, cuánto va a durar, que puede ser indefinido, un mes, un año, seis meses, sin perjuicio de que luego ese contrato de trabajo se pueda prorrogar. 00:05:05
La duración de la jornada de trabajo, si va a trabajar 8 horas, 4 horas o las que sean y además la hora de entrada y la hora de salida 00:05:30
El domicilio social de la empresa, que eso no significa que sea donde físicamente vaya a realizar el trabajador ese trabajo 00:05:40
El domicilio físico de la empresa es el domicilio único y principal donde tiene localizada esa empresa su gestión 00:05:47
administrativa, etcétera, pero eso no significa que no tenga muchos centros de trabajo y que el 00:05:59
empresario en ese centro, el perdón, el trabajador en ese centro de trabajo sea donde vaya a desempeñar 00:06:05
sus funciones. También tiene que figurar en el contrato de trabajo el centro de trabajo. 00:06:11
La categoría profesional del trabajador, el salario especificado, el salario base, los 00:06:18
complementos salariales, los complementos extras salariales y si tiene derecho a pagas extras. Todo 00:06:26
esto lo veremos en el tema 4. También tiene que figurar la periodicidad del pago, es decir, si va 00:06:33
a cobrar al día, va a cobrar a la semana, va a cobrar un mes. Las vacaciones, la duración, cuántos días 00:06:38
va a tener de vacaciones, con especificación si son días naturales o días hábiles. Días naturales 00:06:46
son todos las del año, y días hábiles son solamente aquellos en los que son laborales. 00:06:52
La atribución y distribución entre los trabajadores. 00:06:59
Ya veremos cómo se fijan los turnos de vacaciones, 00:07:03
porque hay veces que la empresa cierra, por ejemplo, el mes de agosto, 00:07:06
pues todos tienen que coger vacaciones ahí, pero hay veces que no. 00:07:09
Y se suele extravecer un trámite de petición. 00:07:12
Los plazos de preaviso. 00:07:17
Los plazos de preaviso es cuando el trabajador se quiere marchar de la empresa o el empresario quiere despedir. En determinados supuestos existen unos plazos de preaviso que si se incumplen, es decir, unos días con los que hay que avisar, que si se incumplen se puede incluso penalizar en el finiquito o que el empresario tenga que pagarlos aparte. 00:07:18
También tiene que figurar el convenio colectivo. Entonces, el validez del contrato. El trabajador debe firmar este contrato y la empresa tiene una obligación. 00:07:41
En primer lugar, entregar una copia al trabajador, entregar una copia básica a los representantes de los trabajadores para que la firmen. 00:07:56
Una copia básica no tiene que figurar ni el DNI, ni el domicilio, ni el estado civil del trabajador, es decir, figuraría nombre y apellidos y lo que gana, ni tampoco tendría que figurar, por ejemplo, el teléfono. 00:08:06
Luego tiene que comunicar a la oficina de empleo en el plazo de 10 días hábiles la celebración del contrato, es decir, que se ha firmado el contrato, una copia del mismo y esta copia básica firmada por los representantes de los trabajadores. 00:08:21
Esto es al SEPE, es decir, a la oficina de empleo. Ya sabemos que la seguridad social tiene que dar de alta al trabajador antes de que empiece a prestar servicios, por si sufre algún accidente de trabajo o alguna enfermedad profesional. 00:08:37
Entonces, clases de contratos de trabajo. 00:08:56
Contrato indefinido, es decir, los que te contratan y no saben cuánto va a durar. 00:09:02
O los contratos temporales, los que te contratan por seis meses, un año, ya veremos que con las prórrogas algunos pueden llegar hasta los dos años o los tres. 00:09:08
Los modelos de contrato, si veis abajo en el sepe, ahí es donde se puede ver cada tipo de contrato tiene un modelo determinado. 00:09:17
Entonces, contratos indefinidos. Tenemos el contrato indefinido ordinario. 00:09:29
Es que se puede concertar por escrito o de palabra, pero ya os he dicho que siempre lo hagáis por escrito. 00:09:35
No se exige ningún requisito especial para la celebración, salvo que tanto el empresario como el trabajador tenga capacidad para celebrar ese contrato de trabajo y puede celebrarse a tiempo completo, es decir, 8 horas al día o a tiempo parcial, menos de la jornada ordinaria de trabajo. 00:09:44
Luego tenemos el contrato de fomento para la contratación indefinida 00:10:03
¿Qué es esto? Pues mirad, entre las medidas que aplican los gobiernos 00:10:09
para intentar reducir la tasa de paro 00:10:14
hay una serie de incentivos para que las empresas contraten a trabajadores 00:10:16
sobre todo a determinados trabajadores en los que la tasa de desempleo 00:10:21
en esos grupos es muy elevado 00:10:26
y sobre todo a que hagan tipos de contratos indefinidos 00:10:28
que es lo que más beneficia tanto al trabajador como luego posteriormente a la seguridad social. 00:10:32
Entonces, todos los empresarios cuando contratan a un trabajador, aparte de la nómina, 00:10:40
tienen unos costes de la seguridad social, es decir, tienen que pagar a la seguridad social 00:10:46
por cada trabajador que tienen contratado. 00:10:52
Para que os hagáis una idea, un empresario por cada trabajador que contrata tiene que pagar 00:10:56
por contingencias comunes, un 23,60% del, bueno, es la base de cotización de contingencias comunes, 00:11:01
pero hasta que lleguemos a ese tema lo vamos a llamar salario para que os hagáis una idea. 00:11:09
Entonces, los empresarios por cada trabajador que contraten tienen que pagar un 23,60% por contingencias comunes. 00:11:13
Ya veremos que por contingencias comunes son las enfermedades comunes y los accidentes no laborales. 00:11:23
El 0,60% por formación profesional, es decir, por si el trabajador hace algún curso mientras está trabajando. 00:11:31
El 0,20% al FGS, que lo hemos llamado FOGASA, Fondo de Garantía Salarial. 00:11:40
Esto es un organismo público que garantiza determinados salarios y determinadas indemnizaciones por cese de la actividad de la empresa cuando esta empresa quiebra y no tiene dinero para pagar a los trabajadores 00:11:48
Ya veremos que no paga toda la cantidad que deben pero al menos es algo, pero esto es el tema 4 y hablaremos de ello 00:12:02
Por desempleo, si es un contrato temporal, tiene que pagar el 6,70% y si es un contrato indefinido, el 5,5%. 00:12:08
Si el trabajador hace horas extras por fuerza mayor, tiene que pagar el empresario un 12% del importe 00:12:22
y las estructurales, que son el resto de las horas extras, un 23,60%. 00:12:30
aparte por accidentes de trabajo y enfermedad profesional 00:12:36
tiene que pagar unos tipos de la tarifa de prima 00:12:40
según la actividad que haga 00:12:44
si es una actividad más peligrosa pagan más 00:12:46
si es menos peligrosa pagan menos 00:12:48
como os habréis dado cuenta 00:12:49
esto sale en unas cantidades 00:12:52
pues bastante elevadas por cada trabajador 00:12:53
entonces lo que hacen los gobiernos es 00:12:56
que si estos empresarios contratan 00:12:59
a determinados colectivos 00:13:01
o determinados clases de contrato que interesan, que hagan más, les ponen más barata la seguridad 00:13:04
social. Es decir, el trabajador no es que le rebajen sus cuotas de seguridad social, sino que 00:13:12
el empresario paga menos a la seguridad social. Los colectivos que tienen la tasa más alta de 00:13:17
desempleo en España son los menores, perdón, que tienen la tasa de paro más alta en España son los 00:13:24
menores de 25 años, los mayores de 45, personas con discapacidad, mujeres en determinados sectores 00:13:32
en los que están subrepresentadas, entonces lo que hacen es que si el empresario contrata a alguno 00:13:40
de estos trabajadores la seguridad social le sale más barato. Por ejemplo, en julio del 2020 la tasa 00:13:45
de desempleo en España estaba en el 15,8%, pero los menores de 25 años tenían una tasa de desempleo 00:13:54
de un 41,7%. Es la tasa de desempleo para personas jóvenes más alta de toda Europa. La tasa de 00:14:04
desempleo es un porcentaje que expresa una proporción entre los parados respecto a los 00:14:14
activos, es decir, las personas que buscan trabajo. Por ejemplo, en Alemania en julio del 2020 la tasa 00:14:23
de desempleo era de un 4,4%, en el Reino Unido un 3,9% y por ejemplo en Grecia un 18,3%. Es verdad 00:14:30
que el problema del COVID ha hecho que las tasas de desempleo se disparen totalmente, pero aún así 00:14:41
siempre en España tenemos una de las tasas de desempleo más altas de toda Europa. Por 00:14:48
ejemplo, en el 2019 España tenía un 13,7%. Alemania un 3,3%, Reino Unido un 3,8%, Grecia 00:14:54
un 16,4%. Es decir, el COVID nos ha afectado muchísimo debido al sistema productivo que 00:15:05
tenemos, pero aún así siempre tenemos la tasa de desempleo más alta. Ya veremos en su momento a qué 00:15:12
puede ser eso debido, porque no todo el mundo está de acuerdo en nada, en decir por qué tenemos estas 00:15:20
tasas de desempleo tan altas. Unos lo achacan a los costes en la seguridad social, a las 00:15:26
indemnizaciones por despido, otros a que las empresas son muy pequeñas y en cuanto vienen 00:15:32
algún problema económico, pues es que tienen que cerrar. Otros a que no existe en un plan de orientación profesional de la gente, es decir, que antes de que la gente se ponga a estudiar o a especializarse en un determinado sector, no se estudie un poco, como existe en otros países, por ejemplo, en Reino Unido, que existen los orientadores profesionales que dependen, por ejemplo, de lo que aquí sería el SEBE, que funciona muy bien, en los que hablan con los trabajadores que están en paro, 00:15:40
y les orientan hacia dónde puede ir su actividad profesional en ese ámbito geográfico concreto, pero esto ya lo veremos. 00:16:10
Entonces, contratos para el fomento de la contratación indefinida. Para incentivar la contratación indefinida se conceden a las empresas unas bonificaciones en las cuotas que pagan a la Seguridad Social. 00:16:19
¿Cómo? Pues si se contratan a determinados colectivos, mujeres víctimas de violencia de género, doméstica, etc. 00:16:34
O personas con una discapacidad igual o superior al 33% 00:16:43
O si transforman en indefinidos contratos para la formación y el aprendizaje en prácticas y de relevos 00:16:48
¿De acuerdo? Entonces, luego tenemos el contrato definido de apoyo a los emprendedores. Este contrato ahora mismo está derogado. Derogado significa que no se puede hacer ningún contrato como este. 00:16:56
Lo derogaron en 1 de enero del 2019. Lo que pasa es que yo lo sigo diciendo porque hay determinados trabajadores que todavía siguen trabajando teniendo este tipo de contratos, porque claro, los que hicieron desde el 2012 que lo crearon hasta ahora, eso sigue vigente. 00:17:23
Entonces, se podía realizar hasta que la tasa de desempleo en España se situase por debajo del 15%, cosa que ahora no sucede. Hubo un momento que bajó, pero luego ya volvió a subir. 00:17:40
Lo podían concertar, es decir, los podían hacer empresas que tuvieran menos de 50 trabajadores o que fueran autónomos. 00:17:52
En la parte de bonificaciones a la seguridad social, se caracterizaban porque se les podía hacer a los trabajadores un periodo de prueba de un año. 00:18:00
El problema de estar en periodo de prueba tanto tiempo, ya veremos cómo viene determinado por la ley una serie de periodos de prueba que no se pueden exceder, 00:18:10
El problema de estar en periodo de prueba tanto tiempo es que te pueden despedir en cualquier momento. No te tienen ni que decir por qué. Y es que además no te tienen que preavisar ni tampoco dar indemnización por despido. 00:18:18
Mirad, para que os hagáis una idea, como ejemplo para las bonificaciones, en las empresas, por ejemplo, si transformaran en indefinidos contratos para la formación y el aprendizaje, si las empresas tenían menos de 50 trabajadores, le daban una bonificación si lo hacías el contrato con un hombre 500 euros al año y con una mujer 700 euros al año durante tres años. 00:18:33
Esas eran las bonificaciones que tenían en la Seguridad Social. Estas son las más bajas. Hay bonificaciones muchísimo más altas. 00:19:06
Contratos temporales. Contrato para la formación y el aprendizaje. 00:19:16
En primer lugar, contratabas a una persona para que adquiriera una formación teórica, porque dentro de este contrato de trabajo había unas horas obligatorias de clase. 00:19:22
Y también práctica, porque esta persona no tenía una experiencia profesional. 00:19:35
Entonces, los requisitos de los trabajadores. 00:19:42
Existe un límite de edad, puede ser entre 16 y 25 años. 00:19:45
Carecer de una cualificación profesional reconocida. 00:19:52
Es decir, si tú tienes, por ejemplo, una FP o un título universitario, 00:19:56
Te pueden hacer un contrato en prácticas, que es el siguiente que vamos a ver, 00:20:03
pero no te pueden hacer un contrato para la formación y el aprendizaje. 00:20:07
Y no haber desempeñado ese puesto de trabajo en la misma empresa más de 12 meses. 00:20:12
Tenía una duración máxima entre un año y tres años. 00:20:19
La duración mínima, seis meses, es decir, a ti te podían hacer un contrato 00:20:25
de 6 meses y luego írtelo renovando otros 6 meses hasta llegar hasta los 3 años. Eso si el contrato 00:20:32
colectivo lo determinaba así. La retribución, pues la fijada en convenio colectivo en cuanto a las 00:20:42
protecciones por la seguridad social cubría todas las contingencias. Por contingencias comunes, por 00:20:48
contingencias profesionales, por desempleo, ya veremos lo que son estas contingencias. El contrato 00:20:56
en prácticas. En el contrato en prácticas es aquel que se puede hacer cuando una persona tiene ya el 00:21:03
título de FP, tanto de grado medio como de grado superior, o un título universitario. Existen una 00:21:10
serie de requisitos. No puede haber transcurrido más de cinco años desde la terminación de los 00:21:19
estudios, si se trata de un trabajador discapacitado. Hasta que la tasa de desempleo en nuestro país se 00:21:25
sitúe por debajo del 15%, se pueden celebrar contratos en prácticas con menores de 30 años, 00:21:34
aunque hayan transcurrido más de 5. ¿De acuerdo? Este es el problema que se plantea al tener una 00:21:39
tasa de desempleo tan alta, que determinados requisitos se van quitando para fomentar que 00:21:46
los empresarios contraten. La duración mínima, 6 meses y la duración máxima, 2 años. La retribución, 00:21:53
es decir, ¿qué vamos a ganar? Pues durante, es la fijada en el convenio colectivo, pero tienen 00:22:01
que respetar unos mínimos. Durante el primer año no pueden bajar del 60% de lo que cobraría un 00:22:06
trabajador contratado normal ni un 75% durante el segundo año. 60% el primer año y 75% el segundo. 00:22:13
Vamos a ver otros tipos de contratos temporales. Contrato por obra o servicio. Tiene que ser por 00:22:27
escrito y se tiene que identificar cuál es la obra o servicio para que los contraten. Por ejemplo, 00:22:35
en una guardería hacer un jardín, pues en el contrato de trabajo para cuando contratases a 00:22:42
esa persona tendría que venir especificado ese contrato o si contratas a un contable para que 00:22:48
te ponga al día la contabilidad hasta tal fecha, se tiene que venir plenamente especificado la obra 00:22:54
o servicio. ¿Cuándo finaliza este contrato? Pues cuando se termine la obra o servicio y no puede 00:23:01
superar los tres meses de duración, salvo que venga establecido en el contrato que entonces sí que 00:23:06
se puede ampliar 12 meses más. Contrato eventual por circunstancias de la producción. Estos 00:23:12
contratos se celebran para atender circunstancias especiales del mercado, por ejemplo, en época de 00:23:20
rebajas, en época de navidad que se vende más, es decir, para atender cosas puntuales. Pueden ser 00:23:27
una acumulación de tareas, porque haya mucha gente de baja por enfermedad, un exceso de pedidos, 00:23:35
Aunque tiene que ser todo dentro de la actividad normal de la empresa, es decir, de lo que se dedique la empresa. 00:23:41
Se tiene que hacer por escrito cuando la duración sea superior a cuatro semanas. 00:23:48
Pero yo os he dicho que siempre, siempre los hagáis por escrito. 00:23:54
Ya sé que soy muy pesada, pero es para que no se os olvide. 00:23:57
La duración máximo seis meses dentro de un periodo de referencia de 12 meses y solo se admite una prórroga. 00:24:00
Contrato primer empleo joven 00:24:09
Es una modalidad de contrato eventual que solo se puede celebrar 00:24:14
hasta que la tasa de paro en nuestro país se sitúe por debajo del 15% 00:24:20
Experiencia laboral inferior a tres meses, si no, no te lo pueden hacer 00:24:25
y ser menor de 30 años 00:24:31
Este contrato joven va incluido dentro, es una subespecie de contrato por obra o servicio 00:24:34
Disculpad, es una clase de contrato eventual por circunstancias de la producción 00:24:42
Contrato de interinidad 00:24:50
Este contrato se celebra para sustituir a un trabajador que tiene reserva a puesto de trabajo 00:24:51
Por ejemplo, mientras está dado de baja por enfermedad o accidente 00:24:57
O si por ejemplo se casa y ya veremos que hay permisos de 15 días 00:25:02
Pues para cubrir esas vacantes 00:25:06
o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo mientras se cubra el proceso de selección. 00:25:10
Es decir, a Chisette se te queda un puesto vacante y mientras estás buscando y estás haciendo entrevistas de trabajo 00:25:16
tienes que tener a alguien allí, pues también se hace un contrato de interinidad. 00:25:24
Si es en este último caso, mientras se cubre el proceso de selección, la duración máxima son tres meses. 00:25:31
Es decir, para una empresa privada puede tener a una persona contratada en interinidad tres meses mientras busca a un sustituto, pero si la empresa es una administración pública es indefinido. Es decir, por ejemplo, en educación existe gente con contratos de interinidad hasta de 20 años. 00:25:38
O sea, no es que le hagan al principio 20 años, pero que han ido renovando, renovando y llevan 20 años. 00:25:56
Si el contrato termina, pues no se recibe ninguna indemnización. 00:26:03
Los contratos temporales tienen una serie de características. 00:26:11
En primer lugar, tienen los mismos derechos que los contratados en duración indefinida. 00:26:16
Estos contratos temporales también conceden al empresario bonificaciones en las cuotas que se pagan a la Seguridad Social 00:26:24
Ya hemos visto que las bonificaciones en las cuotas que se pagan a la Seguridad Social son rebajas 00:26:32
Es decir, el empresario paga menos 00:26:41
Prórroga y conversión en indefinidos 00:26:45
Llega un momento que la gente no puede estar con un contrato temporal, otro contrato temporal, otro contrato temporal 00:26:49
Entonces, cuando, por ejemplo, adquirirán la condición de trabajadores fijos 00:26:58
Aquellos que en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a 24 meses 00:27:06
de forma continuada o ininterrumpida 00:27:13
para el mismo o diferente puesto de trabajo 00:27:16
para la misma empresa o grupo de empresas 00:27:19
mediante dos o más contratos temporales 00:27:22
es decir, si una persona ha estado contratada 00:27:26
más de 24 meses dentro de 30 00:27:30
es decir, desde el momento que te contratan 00:27:35
empiezan a correr esos 30 meses 00:27:38
Si en ese periodo de 30 meses has estado más de 24 meses, el próximo contrato que te tienen que hacer obligatoriamente es indefinido. Por eso llega algunas veces que dicen no, no me han contratado porque es que si no me tenían que hacer indefinido. Pues es por esto, porque la ley establece unos máximos de tiempo en los que la gente puede estar contratado en indefinido. 00:27:41
Hay que tener en cuenta una cosa, que si la duración del contrato temporal es superior a un año, la parte que quiera dar por finalizado tiene que preavisar con 15 días de antelación 00:28:05
Esto es con carácter general, pero en los contratos de trabajo que he estado viendo últimamente, las empresas establecen periodos distintos, es decir, para ellos les sigue rigiendo por lo normal los 15 días de preaviso 00:28:19
Pero para los trabajadores les están poniendo hasta obligación de avisar 15 días antes, aunque no lleven un año trabajado, es decir, desde el primer día de contrato. 00:28:35
¿Qué es lo que sucede si incumples el preabriso? Que te lo pueden descontar en el finiquito. 00:28:48
Todos los días que hayas vulnerado el plazo o solamente algunos, pero te los pueden descontar del finiquito. 00:28:54
finiquito. Entonces, el periodo de prueba. Una de las cláusulas que viene en el contrato de 00:29:02
trabajo es el periodo de prueba. Solamente existe si se pacta por escrito, es decir, 00:29:17
si viene determinado en ese contrato de trabajo. ¿Qué pasa durante ese periodo? Que cualquiera de 00:29:23
las partes pueden romper el contrato y no se genera derecha indemnización por ninguno de los 00:29:32
dos lados. Existe una duración máxima del periodo de prueba. En primer lugar, se fija en convenio 00:29:38
colectivo, pero si no existe convenio colectivo, se está a lo que establezca el estatuto de los 00:29:45
trabajadores, para los técnicos titulados seis meses y para el resto dos meses, salvo que la 00:29:54
empresa tenga menos de 25 trabajadores, entonces no superará los tres meses. En el caso de los 00:30:02
contratos temporales, que sería el eventual por circunstancias de la producción, ya hemos visto 00:30:11
que el eventual por circunstancias de la producción es cuando se tiene un exceso de pedidos, un 00:30:17
periodo punta de producción, etcétera. Por obra o servicio, que es cuando te contratan para una 00:30:23
obra determinada o un servicio determinado y cuando realices el desempeño de esas funciones 00:30:29
te despiden. O el de interinidad, que ya hemos visto que es el contrato que se hace cuando una 00:30:35
persona tiene derecho a reserva del puesto de trabajo pero en ese momento no va a ir a trabajar 00:30:42
bien por una baja, bien por una enfermedad, etc. En este caso, un mes. Luego llegamos al contrato 00:30:47
en prácticas. Tenemos un mes como máximo para los trabajadores con un título de grado medio y dos 00:30:59
meses para los trabajadores con un título de grado superior. Lo que tenemos que tener en cuenta 00:31:11
también es que al finalizar los contratos temporales, salvo los de interinidad y los 00:31:19
formativos y los formativos son el contrato, el contrato para la formación y el aprendizaje y el 00:31:24
contrato en prácticas, tiene derecho cuando acaba el contrato a recibir el trabajador una 00:31:33
indemnización de 12 días de salario por año de servicio. Hay que tener en cuenta los pactos de 00:31:40
permanencia y los pactos de plena dedicación. Cuando se firma el contrato se tiene que tener 00:31:49
mucho cuidado al firmar si existe algo de esto. Pacto de permanencia. Es un pacto por el cual el 00:31:55
trabajador asume la obligación de permanecer en una empresa durante cierto tiempo. La obligación 00:32:02
de permanencia tiene una duración de dos años y para que se pueda celebrar se exige que la empresa 00:32:09
haya corrido con los gastos de un curso de formación. Si el trabajador se va antes del 00:32:16
tiempo pactado. El trabajador tiene que pagar al empresario una indemnización de daños y 00:32:24
perjuicios. Luego tenemos el pacto de plena dedicación. Es el pacto por el cual el trabajador 00:32:30
se obliga a prestar sus servicios exclusivamente a un empresario a cambio de una compensación 00:32:37
económica. Tenemos otros tipos de contrato. El contrato de relevo, que es el que se concierta 00:32:45
para sustituir parcialmente a una persona trabajadora que accede a la jubilación parcial 00:32:53
anticipada. Ya veremos que hay veces que antes de llegar a la edad de jubilación legalmente 00:32:59
establecida la gente se jubila parcialmente, es decir, deja de trabajar una serie de horas. Pues 00:33:06
el contrato que se realiza para cubrir esas horas que el trabajador mayor, por llamarlo de alguna 00:33:13
manera no hace, se contrata a otra persona, vamos a llamarle joven y la clase de contrato que se 00:33:19
realiza es contrato de relevo. Este trabajador joven puede trabajar cuando las horas, cuando se 00:33:27
vaya el trabajador mayor o bien trabajar simultáneamente y así el trabajador mayor enseña 00:33:39
las características de la empresa y del trabajo al trabajador joven antes de irse. Contratos a 00:33:46
tiempo parcial es aquel que se concierta sobre un número menos de horas al día, a la semana, 00:33:55
al mes o al año que lo que trabaja un trabajador a tiempo completo. La duración pues puede ser 00:34:06
temporal o indefinido y los trabajadores a tiempo parcial no pueden realizar horas extraordinarias 00:34:14
salvo las de hora mayor, pero lo que sí pueden hacer son horas complementarias, si su jornada 00:34:20
de trabajo no es inferior a 10 horas semanales en cómputo anual. Vamos a hablar de las empresas 00:34:28
de trabajo temporal. Son empresas cuya actividad consiste en contratar a trabajadores para 00:34:38
posteriormente cederlos a otra empresa que se llama empresa usuaria para la cual trabajan 00:34:47
durante un tiempo determinado. Si os fijáis, entre la ETT y la empresa usuaria se realiza 00:34:52
un contrato de puesta a disposición y entre la ETT y el trabajador se realiza un contrato 00:34:59
de trabajo. ¿Cuál es la característica? Que el trabajador que está contratado por 00:35:10
la ETT no realiza su trabajo en la ETT, sino que lo realiza en la empresa usuaria. Entonces, 00:35:14
las empresas de trabajo temporal pueden hacer contratos indefinidos y contratos temporales, 00:35:24
pero no todos los contratos temporales, sino sólo algunos. Por ejemplo, el de interinidad, 00:35:31
El eventual por circunstancias de la producción, por obra o servicio, contrato para la formación y el aprendizaje, contrato en prácticas y contrato de trabajo de primer empleo joven. 00:35:38
Vamos a ver, ¿qué derechos tiene un trabajador contratado por una ETT? 00:35:57
por las mismas condiciones que se hubiera contratado directamente por la empresa usuaria. 00:36:07
Responsabilidades y potestades del empresario. En el caso de la ETT, empresa de trabajo temporal, 00:36:16
tiene que cumplir con las obligaciones salariales y de seguridad social. Tiene que destinar anualmente 00:36:24
el 1% de la masa salarial a la formación de los trabajadores cedidos. Puede sancionar al 00:36:30
trabajador si se produce algún incumplimiento y cuando celebren contratos para la formación y el 00:36:37
aprendizaje la ETT es la responsable de las clases de formación. Acordaos que el contrato para la 00:36:44
formación y el aprendizaje era un tipo de contrato que se caracterizaba porque parte de las horas de 00:36:52
trabajo eran de teoría, es decir, les tenían que dar clase. La empresa usuaria. La empresa usuaria 00:36:57
tiene como obligaciones informar al trabajador sobre los riesgos de su puesto de trabajo y las 00:37:05
medidas de protección y prevención derivadas de la ley de prevención de riesgos laborales. Tiene 00:37:11
el poder de organización y dirección sobre ese trabajo, responde subsidiariamente de las 00:37:18
obligaciones salariales y de la seguridad social, es decir, ¿quién cotiza la seguridad social por 00:37:24
el trabajador contratado por la ETT? La ETT. ¿Quién le tiene que pagar el sueldo? La ETT. 00:37:31
Pero si la ETT no tiene dinero para pagar el sueldo, 00:37:37
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M.carmen D.
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13 de septiembre de 2020 - 11:10
Visibilidad:
Público
Centro:
IES SAN JUAN DE LA CRUZ
Duración:
37′ 40″
Relación de aspecto:
16:9 Es el estándar usado por la televisión de alta definición y en varias pantallas, es ancho y normalmente se le suele llamar panorámico o widescreen, aunque todas las relaciones (a excepción de la 1:1) son widescreen. El ángulo de la diagonal es de 29,36°.
Resolución:
908x512 píxeles
Tamaño:
75.95 MBytes

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