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Susana Rodríguez Convivencia 2

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Subido el 12 de febrero de 2022 por tic.ismie

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Continuamos en este segundo vídeo analizando los títulos primero a tercero del Decreto 00:00:07
32 barra 2019 por el que se regula la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de 00:00:13
Madrid. 00:00:18
A lo largo del presente vídeo vamos a analizar tres títulos del Decreto 32 que resultan 00:00:20
esenciales para comprender cómo funciona un centro educativo y de qué mecanismos dispone 00:00:26
el docente para participar, intervenir y desempeñar su día a día en su puesto de trabajo. 00:00:31
Analizaremos el título primero, relativo a derechos y deberes de todas las personas 00:00:37
que conforman la comunidad educativa, alumnos, padres o tutores, profesores y personal de 00:00:41
administración y servicios. 00:00:46
El título segundo se centra en la promoción de la convivencia. 00:00:49
Y finalmente, el título tercero, que también analizaremos en esta sesión, describe todos 00:00:52
y cada uno de los agentes de la convivencia escolar, incluidos también los agentes externos 00:00:58
al centro, cuya labor es clave para garantizar y mejorar la convivencia en los centros educativos 00:01:03
de la Comunidad de Madrid. 00:01:09
Comenzamos analizando el título primero. 00:01:10
El Decreto 32 barra 2019, en lo que respecta a la enumeración de derechos y deberes de 00:01:13
los miembros de la comunidad educativa, apuesta no por crear ex novo una enumeración de nuevos 00:01:19
derechos y deberes, sino que retoma lo establecido en el año 1985 por la LODE. 00:01:25
Se trata de un título que enuncia derechos y deberes de cada uno de los miembros de la 00:01:32
comunidad educativa a modo de marco general que permita guiar la convivencia diaria de 00:01:36
todos en un instituto, en un conservatorio, en una escuela de idiomas, en un centro de 00:01:42
personas adultas, en definitiva en cualquier centro educativo. 00:01:47
De hecho, el propio decreto en el artículo 4, relativo a derechos del alumnado, recuerda 00:01:51
que toma estos derechos de los artículos 6 y 8 de la LODE. 00:01:56
Entre ellos podemos citar los siguientes. 00:02:01
Todo el alumnado de la Comunidad de Madrid tiene derecho a recibir una formación integral de calidad 00:02:04
y en condiciones de equidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad. 00:02:09
Los alumnos tienen asimismo derecho a ser respetados por todos los miembros de la comunidad educativa, 00:02:14
a la protección contra toda agresión física, emocional, moral o de cualquier otra índole, 00:02:20
a ser educado en igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, 00:02:26
a manifestar libremente sus opiniones de manera individual y colectiva, 00:02:31
a participar a través de sus representantes en el consejo escolar, 00:02:36
en la elaboración del plan de convivencia y a formular las propuestas de mejora sobre el mismo. 00:02:40
Debemos tener también en cuenta los deberes del alumnado, recogidos en el artículo 5 de este decreto. 00:02:45
Cabe señalar que son deberes del alumnado esforzarse y estudiar para conseguir el máximo 00:02:52
desarrollo de sus capacidades. 00:02:57
Este derecho básico se concreta en otras obligaciones que el alumno debe tener en cuenta 00:03:00
en su desempeño en la vida escolar. 00:03:06
Así, debe asistir a clase con regularidad y puntualidad según el horario establecido, 00:03:09
colaborar en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetar al 00:03:14
profesorado y el derecho de sus compañeros a la educación, debe conservar y hacer un 00:03:20
buen uso de las instalaciones del centro y del material didáctico, deben seguir las 00:03:25
directrices del profesorado respecto a su educación y aprendizaje, cumpliendo las tareas 00:03:30
formativas que se le encomienden, deberá participar en las actividades formativas y 00:03:35
especialmente las escolares y complementarias. Son también deberes de los alumnos el respetar 00:03:40
la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad 00:03:46
e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. Deben respetar asimismo la igualdad 00:03:51
de derechos entre mujeres y hombres y todos los demás derechos fundamentales de los integrantes 00:03:57
de la comunidad educativa, evitando cualquier tipo de discriminación por razón de nacimiento, 00:04:02
raza, sexo o por cualquier circunstancia personal o social del individuo. Están obligados también 00:04:07
a respetar el proyecto educativo del centro y, en su caso, el carácter propio del mismo 00:04:14
de acuerdo con la normativa vigente. Y además deben respetar las normas de convivencia, 00:04:18
así como las de organización y funcionamiento del centro educativo. Están obligados también 00:04:24
a comunicar al personal del centro las posibles situaciones de acoso o que puedan poner en 00:04:29
riesgo grave la integridad física o moral de otros miembros de la comunidad educativa 00:04:34
que presencien o de las que sean conocedores. El capítulo tercero habla sobre los derechos 00:04:38
de los padres o tutores, entre los cuales destacamos el de que sus hijos reciban una 00:04:44
educación con garantías de calidad, igualdad y equidad conforme a los fines establecidos 00:04:49
en la Constitución, a recibir información sobre las normas de convivencia del centro, 00:04:54
a colaborar con los centros en la prevención y corrección de las conductas contrarias 00:04:59
a la convivencia, a participar en la elaboración del plan de convivencia, entre otros. 00:05:04
Tanto los derechos como los deberes de los padres quedan recogidos en los artículos 6 y 7 del decreto 00:05:09
Entre sus deberes debemos señalar la importancia de promover en sus hijos 00:05:16
el respeto a las normas de convivencia y el cuidado a las instalaciones y materiales del centro 00:05:20
El capítulo 4 menciona asimismo los derechos y deberes del profesorado 00:05:25
y finalmente el capítulo 5 enumera los derechos y deberes del personal de administración y servicios 00:05:31
Todos ellos definidos en los artículos de 8 a 11 del presente decreto. 00:05:36
El título segundo se centra en la promoción de la convivencia, esto es, en la elaboración 00:05:42
de diferentes planes de coordinación, seguimiento y mejora de la convivencia del centro, estableciendo 00:05:47
al mismo tiempo las necesarias actuaciones y medidas de apoyo que se requieran. 00:05:52
Respecto de las actuaciones y medidas de apoyo dirigidas a la comunidad educativa, son especialmente 00:05:57
relevantes la realización de actuaciones formativas para el personal docente en materia 00:06:02
de convivencia, la formación del alumnado en aquellos contenidos y competencias que 00:06:07
les permitan la promoción de la cultura de la paz y la resolución de conflictos o el 00:06:11
asesoramiento a los equipos directivos y comunidad educativa ante posibles casos de acoso. 00:06:16
Aspecto fundamental en la promoción de la convivencia es la planificación, coordinación 00:06:22
y seguimiento de la misma, todos ellos aspectos relacionados con la elaboración e implementación 00:06:26
y evaluación del plan de convivencia del centro. Para ello, el artículo 12 del Decreto 00:06:32
32 barra 2019 establece qué es, para qué sirve, quién debe elaborar, quién debe aprobar 00:06:37
y dónde se enmarca el plan de convivencia de un centro. Así, el plan de convivencia 00:06:44
es el documento en el que se fundamenta y se concreta el modelo de convivencia de cada 00:06:49
centro. En él se coordinan las acciones de toda la comunidad educativa para construir 00:06:53
un clima que garantice una educación para todos y favorezca la prevención y el tratamiento 00:06:59
educativo de los conflictos de convivencia escolar. 00:07:03
El plan de convivencia forma parte del proyecto educativo y sus concreciones y desarrollos 00:07:07
se incorporarán en la programación general anual de cada curso escolar. 00:07:12
La contribución final de un plan de convivencia es esencialmente preventiva, orientada a concienciar 00:07:17
y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la adecuada convivencia escolar, el fomento 00:07:23
de los valores, las actudes y las experiencias que permitan mejorar el grado de conocimiento, 00:07:29
aceptación y cumplimiento de las normas. Pretende, asimismo, promover la sensibilización 00:07:34
en la comunidad educativa que favorezca la convivencia pacífica, que respete la diversidad, 00:07:40
que fomente la igualdad y que prevenga la violencia de género y los comportamientos 00:07:46
xenófobos, racistas y contrarios a la convivencia propia de una sociedad del siglo XXI. Por 00:07:51
ello el plan de convivencia debe incluir una serie de apartados de forma 00:07:57
preceptiva, entre ellos vamos a señalar los siguientes. El diagnóstico del estado 00:08:01
de la convivencia en el centro, los valores y objetivos en relación con el 00:08:06
proyecto educativo del centro, los derechos y deberes del alumnado y del 00:08:10
resto de la comunidad educativa, las estrategias de prevención y resolución 00:08:14
de conflictos, las medidas correctoras aplicables en caso de incumplimiento de 00:08:18
las normas de convivencia, cuestión que se analizará en la próxima sesión, 00:08:22
el tratamiento diferenciado del acoso escolar, el ciberacoso, la violencia de género y la LGTBI-fobia. 00:08:27
Recordad que en el material que se aporta para el alumnado del curso os adjuntamos varias tablas y un enlace al texto legal para su consulta. 00:08:34
Pero este plan no puede quedarse en un mero documento que tiene como fin último presentarlo a una instancia administrativa superior, 00:08:42
sino que debe ser revisado, actualizado, mejorado y rectificado en caso de no adecuarse a los 00:08:50
estándares que exige nuestra sociedad actual. La elaboración del plan de convivencia es una 00:08:57
oportunidad clave para fortalecer la participación, sobre todo del alumnado y de las familias que se 00:09:03
pierde si se convierte en un mero documento administrativo. En definitiva, el plan de 00:09:09
convivencia deberá estar construido por toda la comunidad educativa a través de un proceso de 00:09:15
reflexión conjunto con garantías de participación de todos los sectores implicados en la vida 00:09:20
del centro. Por tanto, la evaluación de la convivencia en el centro requiere la elaboración 00:09:25
de una memoria anual que analice el grado de implementación y el nivel de consecución 00:09:30
de los objetivos propuestos en dicho plan de convivencia, se analicen las actuaciones 00:09:36
realizadas y el grado de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa 00:09:41
en ellas, se debe evaluar el proceso y los resultados y, por supuesto, deben formularse 00:09:46
propuestas de mejora aplicables a ese medio o sistema de convivencia concreto. El título 00:09:52
segundo también prevé en los artículos 14 y 15 la elaboración y seguimiento de las 00:09:58
normas de convivencia en el centro y en el aula. Antes de terminar la presente sesión 00:10:03
debemos analizar el título tercero, relativo a los agentes que intervienen en la convivencia 00:10:09
escolar, es decir, aquellas figuras que poseen entre sus funciones tareas relativas al control, 00:10:14
la vigilancia y la promoción de la convivencia en un centro educativo. Entre ellos han de 00:10:21
mencionarse, tal como cita textualmente en Decreto 32 barra 2019, el Consejo Escolar 00:10:26
y la Comisión de Convivencia, el claustro de profesores, el director del centro, el 00:10:32
jefe de estudios, el orientador, los tutores y profesores, otros profesionales del centro 00:10:38
como el personal de administración y servicios, el alumnado, los padres o tutores y los agentes 00:10:44
externos, entre ellos la propia administración educativa, el servicio de inspección educativa 00:10:50
y el observatorio de convivencia escolar en los centros docentes de la Comunidad de Madrid. 00:10:55
Cabe señalar que en los artículos 17 a 30 quedan definidas las funciones de cada uno 00:11:00
de ellos en materia de convivencia escolar. Finalizamos aquí la segunda sesión relativa 00:11:05
los títulos primero, segundo y tercero del Decreto 32-2019. Y recordamos que en la última 00:11:10
sesión estudiaremos el título cuarto del mismo documento, relativo al régimen disciplinario 00:11:17
en el centro educativo, la tipificación de faltas y el establecimiento de las correspondientes 00:11:23
sanciones. Es pues un apartado clave al que dedicaremos una sesión completa. Muchas gracias. 00:11:28
Autor/es:
CRIF LAS ACACIAS
Subido por:
tic.ismie
Licencia:
Todos los derechos reservados
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16
Fecha:
12 de febrero de 2022 - 19:36
Visibilidad:
Clave
Centro:
ISMIE
Duración:
11′ 43″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1280x720 píxeles
Tamaño:
86.46 MBytes

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