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El acoso escolar. Protocolos de actuación I

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Subido el 4 de marzo de 2022 por Ignacio A.

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El sistema educativo ha de garantizar que en los centros docentes se erradique cualquier 00:00:07
forma de violencia, en especial hacia los menores. Pero para poder prevenirla y erradicarla, 00:00:11
especialmente el acoso escolar, debemos conocer la situación de convivencia en nuestras aulas. 00:00:17
Nuestra misión como docentes es promover una cultura de educación en valores y un 00:00:23
clima de convivencia sana y positiva en nuestros centros. El Consejo de Gobierno de la Comunidad 00:00:28
de Madrid aprobó en 2016 un plan de lucha contra el acoso escolar, con el objetivo principal 00:00:33
de tomar medidas permanentes y estructurales para prevenirlo y erradicarlo de forma inmediata. 00:00:40
Esta lucha contra el acoso escolar y el ciberacoso ha de abordarse en los centros desde un enfoque 00:00:46
multidisciplinar. La LOE considera como principio del sistema educativo español la educación 00:00:51
para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, así como para la 00:00:58
no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y en especial 00:01:04
en el del acoso escolar. La resolución del 10 de mayo de 2016 dicta 00:01:09
instrucciones de la Subdirección General de Inspección Educativa para el asesoramiento 00:01:14
en situaciones de acoso y ciberacoso, estableciendo la creación del equipo de apoyo contra el 00:01:18
acoso escolar. Este equipo colabora con los centros de la Comunidad de Madrid en situaciones 00:01:24
de acoso escolar y ciberacoso y trabaja coordinadamente con los servicios de inspección de las direcciones 00:01:29
de área territorial. Está formado por un inspector de educación que coordina las actuaciones 00:01:36
y dos asesores técnicos docentes del cuerpo de profesores de secundaria de la especialidad 00:01:41
de orientación educativa con perfil profesional de psicólogo. Los colegios e institutos pueden 00:01:47
solicitar asesoramiento tanto al servicio de inspección educativa como al equipo de 00:01:53
apoyo de la subdirección de inspección, tanto ante presuntas situaciones de acoso 00:01:57
como ante cualquier otra que tenga relación con la convivencia. 00:02:03
Entre las funciones del equipo de apoyo contra el acoso escolar destacamos la ya comentada 00:02:07
de informar y asesorar a los equipos directivos en casos de acoso y ciberacoso, colaborando 00:02:13
en su análisis y valoración y en su caso elaborando propuestas de intervención y también 00:02:18
la de analizar, registrar la evolución de los casos de acoso y ciberacoso en el ámbito 00:02:23
escolar. Esta labor de registro y evolución de la incidencia del acoso escolar es fundamental 00:02:29
para analizar el comportamiento de este fenómeno y así poder dar una respuesta adecuada. Tanto 00:02:34
las instrucciones de las viceconsejerías de educación no universitaria, juventud y 00:02:40
Deporte y Organización Educativa sobre la actuación contra el acoso escolar en los 00:02:44
centros docentes no universitarios de Madrid de 2 de noviembre de 2016, como en las que 00:02:48
las complementan, recogen la obligatoriedad de que los centros remitan tanto al Servicio 00:02:55
de Inspección de la DAD como al equipo de apoyo diferentes anexos de cada protocolo 00:02:59
contra el acoso desde el momento de su apertura. Anualmente, las instrucciones sobre comienzo 00:03:05
del curso escolar en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid 00:03:10
dedican un apartado a la convivencia y reiteran esta obligación que tienen los centros tanto 00:03:15
de abrir el protocolo en caso de detectarse un posible caso de acoso escolar como del 00:03:22
envío de los anexos tanto a la ADAT y al equipo de apoyo contra el acoso escolar. 00:03:28
En el día a día del trabajo de los centros educativos es fundamental el decreto 32-2019 00:03:34
de 9 de abril del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de 00:03:40
la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid. Este decreto hace 00:03:45
numerosas referencias al acoso escolar. Entre los principios generales de la convivencia 00:03:50
escolar recoge el compromiso con la prevención y eliminación del acoso escolar y ciberacoso, 00:03:55
tanto dentro como fuera de las aulas, así como el rechazo a cualquier forma de violencia 00:04:01
y la protección de las víctimas. En el artículo 12 señala que el plan de convivencia recogerá 00:04:06
todas las actividades, tanto las curriculares como las medidas organizativas, que han de 00:04:12
configurar un marco protector y de prevención de la violencia. Estas acciones deben contribuir 00:04:17
también a promover la prevención, detección, intervención, resolución y seguimiento de 00:04:23
todas las manifestaciones de acoso entre iguales. Recoge además que dicho plan deberá diferenciar 00:04:28
con claridad el acoso escolar, el ciberacoso, la violencia de género y la LGTBI-fobia, 00:04:34
de otras conductas esporádicas que dificulten la convivencia e incluir líneas de trabajo 00:04:41
relacionadas con la prevención de situaciones de acoso. 00:04:46
El Decreto 32 también destaca la importancia del Plan de Acción Tutorial en relación 00:04:49
directa con el Plan de Convivencia. Establece que las normas de convivencia del centro deberán 00:04:54
recoger la prevención y la lucha contra el acoso escolar y que la Comisión de Convivencia 00:04:59
tendrá entre sus competencias la de proponer al consejo escolar medidas para 00:05:04
la prevención y lucha contra el acoso escolar. Parte fundamental de este decreto 00:05:09
es la tipificación del acoso físico o moral a los compañeros como falta muy 00:05:13
grave y también establecer entre los criterios para adoptar medidas 00:05:17
correctoras y cautelares que se deberán tener en cuenta con carácter prioritario 00:05:21
los derechos de las víctimas de acoso primando el interés superior de los 00:05:26
menores sobre cualquier otro interés. Los centros educativos son escenarios de 00:05:30
relaciones e interacciones entre los alumnos. Se consideran relaciones entre 00:05:35
iguales porque se dan en un plano de simetría horizontal. Como espacios de 00:05:40
vida que son, no están libres de conflicto, aunque la mayoría de las 00:05:45
veces los conflictos son gestionados adecuadamente a través del diálogo y la 00:05:49
mediación de terceros. Pero a veces se establecen relaciones negativas entre 00:05:53
iguales que pueden llegar a considerarse como maltrato. Es importante recordar que 00:05:57
los conflictos son más numerosos y de menor gravedad que las situaciones de violencia. 00:06:03
En ocasiones se tiende a confundir ambos términos como si de sinónimos se tratasen, pues las 00:06:08
situaciones de violencia entre escolares parten de situaciones conflictivas previas y desencadenan 00:06:14
nuevos conflictos. El acoso escolar es una realidad que contamina la convivencia, produciendo 00:06:20
efectos negativos, no sólo en aquellos implicados directamente, sino en la totalidad del alumnado 00:06:26
y profesorado. El clima escolar se deteriora gravemente, hasta el punto que para muchos 00:06:32
acudir diariamente al centro supone una tortura. A finales de los años 70, el noruego Olgweus 00:06:38
se inició en el estudio del acoso escolar, mundialmente conocido con la expresión bullying. 00:06:44
El bullying o acoso escolar es un concepto específico y claramente definido, que comparte 00:06:50
características de la violencia escolar pero a la vez presenta rasgos propios. Podemos definir 00:06:55
el acoso escolar como una conducta de persecución física y o psicológica que realiza un alumno o un 00:07:01
grupo de alumnos contra otro al que eligen como víctima de repetidos ataques. Esta acción negativa 00:07:07
e intencionada sitúa a la víctima en una posición de la que difícilmente puede salir por sus propios 00:07:13
medios. Como características del acoso encontramos la intención de hacer daño, que se puede manifestar 00:07:19
de forma física, verbal o psicológica. El acosador o los acosadores desean conscientemente herir, 00:07:26
amenazar o asustar a otro alumno. De nuevo es importante recordar que todas las modalidades 00:07:32
de acoso son actos agresivos, ya sean físicos, verbales o psicológicos, pero no toda agresión 00:07:37
se puede enmarcar dentro del acoso escolar. Otra característica es el desequilibrio de poder, 00:07:43
que hace a la víctima impotente para salir de esta situación por sí sola. 00:07:48
Se considera que es el rasgo que define de manera más concluyente el acoso, 00:07:53
la situación de superioridad o ventaja del acosador 00:07:58
frente a la desventaja o inferioridad de la víctima. 00:08:00
Otro elemento distintivo del acoso escolar es la reiteración de las conductas. 00:08:04
Esto es fundamental para poder diferenciarlo del conflicto aislado. 00:08:09
La repetición de las conductas dañinas produce en la víctima 00:08:12
una merma progresiva de la autoestima y apuntarla a la relación de dominio-sumisión que caracteriza 00:08:15
este maltrato entre iguales. El acoso tiene también como característica la asignación de roles. Es 00:08:21
necesario como mínimo la figura de un agresor y de una víctima, aunque generalmente las dinámicas 00:08:27
son mucho más complejas ya que tiene lugar en un grupo, los espectadores, que pueden detener o 00:08:33
paralizar la agresión, dar la espalda y no implicarse o por el contrario animar a que se 00:08:38
cometa la agresión. Debemos distinguir el acoso de otro tipo de conflictos, como los conflictos 00:08:43
entre iguales con violencia física o psicológica, el vandalismo o las conductas disruptivas, cuyas 00:08:49
características no coinciden con las que definen el acoso, recordando que éste se caracteriza por 00:08:55
tratarse de una conducta de persecución física o psicológica que realiza un estudiante contra otro 00:09:00
de manera continua e intencionada que crea una relación de dominio-subición. El acoso escolar 00:09:06
puede presentarse de varias maneras y en distintos grados. Las agresiones físicas que dañan y 00:09:12
atemorizan a la víctima pueden ser directas, golpes, lesiones con objetos, indirectas como 00:09:18
extorsiones, robos, desaparición o destrozo de sus pertenencias, etc. Las agresiones verbales 00:09:24
son más habituales, disminuyen la autoestima de la víctima al humillarla en público. De manera 00:09:31
más indirecta también lo son las difamaciones o la creación de rumores. La exclusión social 00:09:36
que margina a la víctima y la impide participar en el grupo o comunicarse. Todas estas formas 00:09:42
de agresión pueden producir daño emocional y psicológico a quien lo sufre y hacen que 00:09:47
aumente su miedo al agresor. El ciberacoso o ciberbullying es la variante del acoso que 00:09:53
consiste en el uso de la tecnología para ejercer amenazas, insultos, humillaciones 00:09:58
y vejaciones por parte de un alumno o un grupo de alumnos hacia otro. Para ello se utilizan 00:10:03
fotos, vídeos o textos y en ocasiones se difunde información falsa. Puede tener lugar 00:10:09
en las redes sociales, chats, correo electrónico, juegos online y en general en cualquier aplicación 00:10:14
de comunicación online. Este ciberacoso tiene unas características 00:10:19
particulares. Los contenidos se hacen virales y permanecen. Los agresores pueden tener sensación 00:10:24
de un anonimato y un falso sentimiento de impunidad y las consecuencias de las víctimas 00:10:30
son más difíciles de evaluar. Entre los tipos de ciberbullying encontramos la persecución 00:10:36
u hostigamiento en las redes a través de amenazas, insultos, grabaciones con el móvil 00:10:41
y publicación de datos personales. La exclusión a través de mensajes denigrantes, bulos y 00:10:46
rumores que humillan y menosprecian a la víctima. La manipulación, que consiste en la modificación 00:10:52
y difusión de contenidos web, material trucado, conversaciones manipuladas, comunicaciones 00:10:57
alteradas, etc. 00:11:02
Existen dos modalidades de ciberbullying, aquel que actúa como reforzador de un bullying 00:11:04
ya emprendido y aquella forma de acoso entre iguales a través de las tics sin antecedentes. 00:11:09
En la primera modalidad se considera al ciberbullying como una forma de acoso más sofisticada, 00:11:15
desarrollada generalmente cuando las formas de acoso tradicionales dejan de resultar atractivas 00:11:21
o satisfactorias. En este caso, el agresor es fácilmente identificable, ya que coincide 00:11:26
con el hostigador presencial. En lo que respecta a la segunda modalidad, son formas de acoso 00:11:32
entre iguales que no presentan antecedentes, de modo que, sin motivo aparente, la víctima 00:11:36
empieza a recibir formas de hostigamiento a través de las TICs. En ocasiones, después 00:11:41
de un tiempo de recibir este tipo de acoso, el ciberagresor decide completar su obra con 00:11:46
una experiencia presencial, dando la cara. El ciberbullying presenta unas características 00:11:52
similares con otras formas de acoso, como el hecho de ser premeditado e intencionado, 00:11:57
la existencia de una relación asimétrica de control y poder sobre el otro, pero también 00:12:03
tiene unas características particulares que lo diferencian de otras formas de acoso presencial 00:12:08
y directo. Se trata de una forma de acoso indirecto, es un acto de violencia camuflada 00:12:13
en la que muchas veces no se conoce al agresor, a no ser que haya sido hostigador presencial 00:12:18
de la víctima antes o que decida hacerlo después del ciberbullying. 00:12:23
El desconocimiento del agresor magnifica el sentimiento de impotencia de la víctima. 00:12:28
El acoso invade ámbitos de privacidad y aparente seguridad, como es el hogar familiar, desarrollando 00:12:33
sentimiento de desprotección total y se extiende 24 horas sobre 7 días a la semana. 00:12:39
La presencia de testigos activos o pasivos amplifica con mayor resonancia tanto la conducta 00:12:45
acosadora como las secuelas de la víctima, y ello debido a la omnipresencia de los medios 00:12:51
digitales en sus vidas. 00:12:56
La sensación de impunidad de los acosadores, convencidos de que Internet les protege, que 00:12:58
el anonimato actúa como escudo y que pueden hacer o decir lo que quieran sin consecuencias. 00:13:04
Los efectos derivados de esta forma de acoso tecnologizado presentan los efectos del acoso 00:13:09
presencial. Sin embargo, podemos decir que los daños son mayores en el ciberbullying, 00:13:16
pues Internet garantiza el anonimato del agresor, convirtiéndolo en un fantasma que destroza 00:13:21
la vida de la víctima y dificulta enormemente los mecanismos de respuesta o protección 00:13:26
hacia este tipo de humillaciones. Al tratarse de una forma de acoso indirecto 00:13:30
y no presencial, el agresor no tiene contacto con la víctima, no ve su cara, sus ojos, 00:13:36
su dolor, su pena, con lo cual difícilmente podrá llegar a empatizar o despertar su compasión 00:13:41
por el otro. El ciberagresor obtiene satisfacción en la elaboración del acto violento y en 00:13:46
la imaginación del daño ocasionado en el otro, ya que no puede vivirlo in situ. Dentro 00:13:53
de las razones que un acosador utiliza para justificar la violencia que ejerce, la de 00:13:58
pertenencia de la víctima al colectivo LGTBI+, es una de las más frecuentes, especialmente 00:14:03
contra los niños y adolescentes trans, que son los que más sufren dado que su grado 00:14:09
de exposición al acoso es muy superior, al ser sus diferencias más visibles. La LGTBI-fobia 00:14:15
es el rechazo, miedo o discriminación hacia mujeres u hombres que se reconocen a sí mismos 00:14:22
como LGTBI. La UNESCO señala no sólo que el alumnado LGTBI es quien sufre el acoso 00:14:27
escolar homofóbico y transfóbico, sino que éste afecta también al alumnado que es percibido 00:14:33
como diferente, que no encaja en los roles y estereotipos de género existentes, incluso 00:14:38
si no se identifica a sí mismo como LGTBI. Por último, señalar un fenómeno relacionado 00:14:43
con el acoso cada vez más habitual entre jóvenes, el sexting. Es la acción de enviar 00:14:49
o recibir imágenes, fotografías o vídeos de contenido íntimo y sexual a través del 00:14:55
móvil o las redes sociales. En principio se trata de una práctica en la que una persona 00:15:00
lo comparte de manera voluntaria con otra. Pero el sexting tiene una cara oscura y es 00:15:04
que en el momento que una imagen o un vídeo abandona nuestro móvil, perdemos el control 00:15:09
sobre ello, es decir, una vez lo hemos enviado no sabemos qué uso le dará el que lo recibe. 00:15:13
Podría difundirlo y compartirlo sin consentimiento, con todas las consecuencias que esto puede acarrear. 00:15:20
Consecuencias no solo de índole legal para quien difunde, sino las personales para la víctima. 00:15:26
Además, no es raro ver asociados en el mismo paquete sexting y ciberbullying, 00:15:32
cuando esas imágenes se difunden entre los compañeros para provocar el ciberacoso y la humillación de una persona. 00:15:36
Es delito compartir esas imágenes o vídeos privados con terceros sin consentimiento, 00:15:43
o cuando se trata de un menor de edad, en cuyo caso podríamos estar hablando de pornografía 00:15:48
infantil y corrupción de menores, que es un supuesto penal. 00:15:53
Hemos de tener también en cuenta que el acoso escolar empieza entre dos personas y sus consecuencias 00:15:57
se van extendiendo hasta alcanzar a toda la comunidad educativa. 00:16:02
Por eso, aunque a cada alumno puede afectarle de una manera diferente, a la larga repercute 00:16:06
en todo el centro. 00:16:11
En primer lugar lo sufrirá la víctima, que podrá desarrollar temor a ir a clase. 00:16:13
Además, podrá bajar su autoestima, aumentar su ansiedad y cambiar su ánimo. 00:16:17
Es bastante común que se sienta sola o incluso presente conductas autodestructivas. 00:16:22
A nivel social, podrá evitar participar en actividades con otros compañeros y evitará el contacto. 00:16:28
Incluso puede llegar a normalizar su papel de víctima. 00:16:33
Los testigos del acoso y su entorno también podrán sufrir las consecuencias. 00:16:37
Sentirán culpabilidad e impotencia o con el tiempo se mostrarán y solidarios con el 00:16:41
sufrimiento ajeno. 00:16:46
Además, también verán la discriminación como algo normal e identificarán la agresividad 00:16:48
y la violencia con el éxito social. 00:16:52
¿Cómo podemos reconocer a una víctima de acoso escolar? 00:16:55
Es frecuente que tenga una baja autoestima o que sea inseguro o un poco tímido. 00:16:58
Además, puede presentar sobre protección familiar y, curiosamente, puede sacar buenas 00:17:05
notas. 00:17:10
Suele ser rechazada por el resto del grupo, puede naturalizar su indefensión y afrontar su rol sumiso. 00:17:10
Su reacción puede ser pasiva, si tiene un carácter sumiso con pocas habilidades comunicativas y tiende a aislarse alejándose de sus amigos. 00:17:17
Activa o provocadora, si manifiesta comportamientos inapropiados, tiene dificultades para relacionarse con los demás y lo hace mediante la provocación, irritando al resto de alumnos. 00:17:27
o agresora si es víctima de acoso y a la vez acosador con los más indefensos del grupo. 00:17:37
¿Qué síntomas pueden ponernos en guardia? ¿Qué síntomas pueden hacer sonar las alertas? 00:17:44
La víctima puede dejar de asistir a clase, puede bajar su rendimiento o mostrar desinterés 00:17:49
por el marco escolar. También podemos detectar que deja de participar en su grupo, que es 00:17:55
objeto de murmullos y risas entre sus compañeros. En el plano personal puede presentar baja 00:18:00
autoestima y a un nivel más externo puede mostrar lesiones físicas, moratones, rasguños, heridas, 00:18:05
perder a menudo sus cosas o llevar las rotas. ¿Cómo se comporta el agresor? Es importante 00:18:13
recordar que pueden existir uno o varios agresores y que estos pueden actuar de forma sectorial o al 00:18:19
unísono. Generalmente el agresor actúa impulsivamente, necesita dominar al grupo y 00:18:25
busca reconocimiento y aceptación. Curiosamente puede ser inseguro, aunque 00:18:31
intente no parecerlo. Tiende a construir relaciones basadas en la exclusión y en 00:18:35
el menosprecio. Manipula, se comporta de forma agresiva y tiene una baja 00:18:40
tolerancia a la frustración. El ciberagresor puede comportarse de manera 00:18:44
normal y a la vez mostrar su lado agresivo en las redes, aprovechando el 00:18:48
anonimato que éstas le proporcionan y donde además es más seguido y apoyado. 00:18:53
Los observadores son los testigos del acoso. Pueden ser pasivos si no intervienen directamente, activos si apoyan la agresión, defensores si a veces ayudan a la víctima. 00:18:58
En el caso del ciberbullying, los observadores se multiplican, ya que los son todos los que ven el contenido y se mantienen al margen, los que comparten el contenido como agresores directos o los que defienden a la víctima. 00:19:09
vamos a tratar ahora la posible responsabilidad penal y civil que se puede derivar en casos de 00:19:22
acoso escolar las situaciones de acoso escolar producen generalmente en el centro pero a veces 00:19:37
también en el entorno de la víctima el barrio los parques y actualmente y cada vez con más 00:19:43
frecuencia en el móvil o las redes sociales sin embargo aunque la escuela no sea la causante ni 00:19:49
donde únicamente se produzca, los centros educativos son claves para luchar contra 00:19:56
el acoso. Esto conlleva la responsabilidad de los docentes y de los equipos directivos, 00:20:00
puesto que ha de prevalecer el interés superior del menor. Jurídicamente, la cobertura legal 00:20:05
del acoso la encontramos en distintas fuentes, la Convención de Derechos del Niño de 1990, 00:20:11
la Constitución y la LOE. En el Código Penal vigente no se contempla, aunque lo encontramos 00:20:17
de forma implícita en el artículo 173 que establece que el que infligiere a otra persona 00:20:23
un trato degradante menoscabando gravemente su integridad moral será castigado con la 00:20:29
pena de prisión de seis meses a dos años. El Tribunal Supremo define el trato degradante 00:20:34
como el que puede crear en las víctimas sentimientos de terror, de angustia y de inferioridad 00:20:40
o humillación. Además, la expresión trato degradante presupone cierta repetición o 00:20:45
continuidad en el tiempo, pues si se tratase de un hecho aislado no sería trato, sino simplemente 00:20:51
ataque. Respecto a la responsabilidad penal del acosador, existen tres posibilidades según su 00:20:56
edad. Los mayores de edad, de 18 años en adelante, los menores de edad de 14 a 18 años y los menores 00:21:02
de 14 años. A los mayores de edad se les aplicaría este artículo 173 del Código Penal, por el cual 00:21:10
se condena al culpable de acoso escolar a la pena de 6 meses a 2 años. Para los menores 00:21:16
de 14 años, esta norma establece la presunción de inimputabilidad, es decir, al acosador 00:21:22
comprendido en esta franja de edad no se le puede atribuir ninguna responsabilidad ni 00:21:28
ordinaria ni extraordinaria, pues su caso queda fuera de toda norma. De los 14 a los 00:21:33
18 el acosador no sería imputable, pero tendría la responsabilidad penal específica que viene 00:21:38
recogida en la ley del menor. Este marco jurídico se basa en tres principios, la 00:21:44
protección de la víctima, la respuesta sancionadora al acosador y en su caso la 00:21:49
reparación de daños y perjuicios. También existe responsabilidad civil en 00:21:53
los supuestos de acoso escolar para la reparación de estos daños y perjuicios. 00:21:58
Las consecuencias por hechos que causen daños físicos o morales en situaciones 00:22:03
de acoso en el ámbito educativo, tanto por acciones de alumnos como por culpa o 00:22:07
negligencia del centro para prevenir, evitar o minimizar las consecuencias del 00:22:13
acoso pueden ser objeto de acciones de responsabilidad civil tendentes a 00:22:17
reparar mediante la correspondiente indemnización los daños sufridos. El 00:22:22
Código Civil determina la responsabilidad de cada una de las 00:22:27
personas o instituciones según haya sido su intervención y diligencia para 00:22:30
prevenir los hechos o evitar las consecuencias del acoso. Los tribunales 00:22:34
han entendido reiteradamente esta responsabilidad subsidiaria de los centros educativos, condenando 00:22:39
en numerosos casos de acoso escolar civilmente a la Administración educativa, basándose 00:22:45
en el deber de supervisión exigible a quienes tienen a los menores a su cargo en caso de 00:22:50
que el centro no hubiera sido diligente en la detección y corrección de este acoso 00:22:55
escolar. Por lo tanto, los centros escolares únicamente quedarán libres de responsabilidad 00:23:00
civil en los supuestos de acoso escolar cuando quede acreditada la no existencia del nexo 00:23:05
causal entre el daño ocasionado a la víctima y la actuación del centro, probando que actuaron 00:23:10
de manera diligente y activando todos los mecanismos de control necesarios para remediar 00:23:16
la situación. Esta responsabilidad se refiere por igual 00:23:22
a centros docentes públicos y privados, sin que haya diferencia respecto a su alcance, 00:23:27
puesto que en ambos casos responde la entidad titular del centro por los daños. 00:23:32
Cuando se trata de un centro público resulta de aplicación la regulación establecida 00:23:36
sobre la responsabilidad patrimonial de la administración. 00:23:41
En los supuestos en que el daño se produce en un centro de enseñanza no superior 00:23:45
pero el causante es mayor de edad y por tanto responsable de sus actos 00:23:50
también puede haber responsabilidad del centro escolar si se aprecia concurrencia de responsables. 00:23:54
Para finalizar, destacamos la web de convivencia de la Comunidad de Madrid, que recoge diferentes 00:24:00
medidas contra el acoso escolar para facilitar el trabajo a los centros docentes en relación 00:24:05
con la sensibilización, formación e intervención en casos de acoso escolar. 00:24:10
Se trata de una web viva, desarrollada con las aportaciones de docentes, de la inspección 00:24:16
educativa, del equipo de apoyo especializado contra el acoso escolar y de expertos de la 00:24:20
unidad complutense, así como de las fuerzas y cuerpos de seguridad. También esta web nos ofrece 00:24:26
información sobre la herramienta informática Sociescuela, que facilita la evaluación del 00:24:32
clima de convivencia y detección temprana de casos de acoso escolar para poder hacer una 00:24:37
intervención inmediata. La utilización de esta herramienta queda a criterio de los equipos 00:24:42
directivos en el marco de su autonomía. Pueden optar por Sociescuela u otra herramienta para 00:24:47
conocer el clima de convivencia de sus centros y detección precoz del acoso escolar. 00:24:53
En la web de convivencia de la Comunidad de Madrid también encontramos los protocolos 00:24:58
para utilizar en situaciones de posible acoso y que, como ya hemos dicho, son de uso obligatorio 00:25:03
para todos los centros educativos, recursos para la elaboración del plan de convivencia 00:25:08
y del programa contra el acoso escolar en los centros y una guía de actuación contra 00:25:13
el acoso escolar en los centros educativos, que incluye desde la conceptualización del 00:25:19
acoso escolar a las nuevas formas de acoso derivadas del contexto digital y de la LGTBI-fobia. 00:25:23
La prevención es la mejor herramienta de lucha contra el acoso escolar en los centros, 00:25:30
porque puede evitar su aparición y porque dota a los centros de formación, sensibilización 00:25:34
y conocimiento de los recursos disponibles para actuar de manera inmediata, con el fin 00:25:39
de corregir y erradicar las situaciones de acoso. 00:25:44
La actuación coordinada de toda la comunidad educativa es fundamental. Partiendo de una 00:25:47
información compartida y del compromiso de todos los profesores, debe actuarse de forma 00:25:53
conjunta e inequívoca contra el acoso escolar. 00:25:58
La escuela es el medio socializador más importante para los alumnos después de su familia. En 00:26:01
ella adquieren hábitos de relación y aprenden de sus profesores y figuras de autoridad por 00:26:06
modelaje. Y aunque los centros cuentan con herramientas y actuaciones de prevención, 00:26:11
deben llevar a cabo un esfuerzo de sistematización, revisión y actualización de documentos, 00:26:15
con la inclusión de un apartado específico en su PGA y el desarrollo de planes concretos 00:26:22
que reflejen un compromiso claro y sin fisuras contra el acoso escolar. 00:26:27
Una conducta irrespetuosa tolerada por un docente daña al grupo al completo 00:26:32
y puede favorecer la sensación de impunidad en el ataque a un alumno aislado. 00:26:37
Por el contrario, una actuación comprometida, coherente y firme 00:26:41
por parte de todos los docentes, basada en una idea común de tolerancia cero a las actitudes 00:26:45
irrespetuosas y agresivas, amplifica el impacto positivo de la prevención y reduce el riesgo 00:26:51
de acoso escolar. 00:26:56
Idioma/s:
es
Autor/es:
Isabel Torija Maíllo
Subido por:
Ignacio A.
Licencia:
Todos los derechos reservados
Visualizaciones:
2699
Fecha:
4 de marzo de 2022 - 19:13
Visibilidad:
Público
Centro:
Sin centro asignado
Duración:
27′ 06″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
803.40 MBytes

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