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Contrato practica laboral - Contenido educativo

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Subido el 21 de junio de 2023 por Marian H.

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Características del contrato en practicas

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El contrato para la obtención de la práctica profesional puede concertarse con quienes estuviesen en posesión de un título universitario o de un título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional, 00:00:00
así como con quienes posean un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral. 00:00:14
Deberá concertarse dentro de los tres años o de los cinco años si se concierta con una persona con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios. 00:00:26
En el caso de personas que hayan realizado sus estudios en el extranjero, dicho cómputo se efectuará desde la fecha del reconocimiento u homologación del título en España. 00:00:35
No podrá suscribirse con quien ya haya obtenido experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la empresa por un tiempo superior a tres meses. 00:00:45
Ninguna persona podrá ser contratada en la misma o distinta empresa por tiempo superior a los máximos previstos en virtud de la misma titulación o certificado profesional. 00:00:56
El puesto de trabajo deberá de permitir la obtención de la práctica profesional adecuada 00:01:06
al nivel de estudios o de formación objeto del trabajo. La empresa elaborará el plan 00:01:12
formativo individual en el que se especifique el contenido de la práctica profesional y 00:01:18
asignará tutor o tutora que cuente con la formación o experiencia adecuadas para el 00:01:22
seguimiento del plan. Deberá formalizarse por escrito, haciendo constar expresamente 00:01:26
la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto a desempeñar durante 00:01:30
las prácticas. La duración de este contrato no podrá ser inferior a seis meses ni exceder 00:01:35
de un año. Dentro de estos límites, los convenios colectivos podrán determinar su 00:01:42
duración atendiendo a las características del sector. Si el contrato se hubiera concertado 00:01:48
por una duración inferior a la máxima establecida, las partes podrán acordar su prórroga, salvo 00:01:54
disposición en contrario por convenio, sin que la duración total del contrato pueda 00:01:59
exceder de la citada duración máxima. En ningún caso la duración de cada prórroga puede ser 00:02:04
inferior a la duración mínima del contrato establecida legal o convencionalmente. La 00:02:09
retribución por el tiempo de trabajo efectivo será la fijada en el convenio colectivo. En ningún caso 00:02:14
la retribución puede ser inferior a la retribución mínima establecida para el contrato para la 00:02:20
formación en alternancia ni al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de 00:02:25
trabajo efectivo y se podrá establecer un periodo de prueba que en ningún caso 00:02:30
podrá exceder de un mes salvo lo dispuesto en convenio colectivo. Hasta 00:02:34
aquí lo más importante de este contrato para la obtención de la práctica 00:02:38
profesional. Muchas gracias. 00:02:44
Subido por:
Marian H.
Licencia:
Reconocimiento
Visualizaciones:
7
Fecha:
21 de junio de 2023 - 20:18
Visibilidad:
Clave
Centro:
IES PACIFICO
Duración:
02′ 47″
Relación de aspecto:
0.74:1
Resolución:
800x1080 píxeles
Tamaño:
7.69 MBytes

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