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CIDPRIM23_24_M2_2.5. Isabel Torija_Acoso I - Contenido educativo

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Subido el 19 de enero de 2022 por tic.ismie

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El sistema educativo ha de garantizar que en los centros docentes se erradique cualquier 00:00:00
forma de violencia, en especial hacia los menores. 00:00:12
Pero para poder prevenirla y erradicarla, especialmente el acoso escolar, debemos conocer 00:00:15
la situación de convivencia en nuestras aulas. 00:00:20
Nuestra misión como docentes es promover una cultura de educación en valores y un 00:00:23
clima de convivencia sana y positiva en nuestros centros. 00:00:28
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó en 2016 un plan de lucha contra 00:00:32
el acoso escolar, con el objetivo principal de tomar medidas permanentes y estructurales 00:00:37
para prevenirlo y erradicarlo de forma inmediata. 00:00:43
Esta lucha contra el acoso escolar y el ciberacoso ha de abordarse en los centros desde un enfoque 00:00:46
multidisciplinar. 00:00:51
La LOE considera como principio del sistema educativo español la educación para la prevención 00:00:53
de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, así como para la no violencia 00:00:59
en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y en especial en el del 00:01:04
acoso escolar. 00:01:10
La resolución del 10 de mayo de 2016 dicta instrucciones de la Subdirección General 00:01:11
de Inspección Educativa para el asesoramiento en situaciones de acoso y ciberacoso, estableciendo 00:01:16
la creación del equipo de apoyo contra el acoso escolar. 00:01:22
Este equipo colabora con los centros de la Comunidad de Madrid en situaciones de acoso 00:01:26
escolar y ciberacoso, y trabaja coordinadamente con los servicios de inspección de las direcciones 00:01:30
de área territorial. 00:01:36
Está formado por un inspector de educación, que coordina las actuaciones, y dos asesores 00:01:38
técnicos docentes del Cuerpo de Profesores de Secundaria de la Especialidad de Orientación 00:01:43
Educativa, con perfil profesional de psicólogo. 00:01:47
Los colegios e institutos pueden solicitar asesoramiento tanto al Servicio de Inspección 00:01:51
Educativa como al equipo de apoyo de la Subdirección de Inspección, tanto ante presuntas situaciones 00:01:55
de acoso como ante cualquier otra que tenga relación con la convivencia. 00:02:02
Entre las funciones del equipo de apoyo contra el acoso escolar destacamos la ya comentada 00:02:07
de informar y asesorar a los equipos directivos en casos de acoso y ciberacoso, colaborando 00:02:13
en su análisis y valoración y, en su caso, elaborando propuestas de intervención y también 00:02:18
la de analizar y registrar la evolución de los casos de acoso y ciberacoso en el ámbito 00:02:24
escolar. 00:02:29
Esta labor de registro y evolución de la incidencia del acoso escolar es fundamental para analizar 00:02:30
el comportamiento de este fenómeno y así poder dar una respuesta adecuada. 00:02:35
Tanto las instrucciones de las Viceconsejerías de Educación no Universitaria, Juventud y 00:02:40
Deporte y Organización Educativa sobre la actuación contra el acoso escolar en los 00:02:44
centros docentes no universitarios de Madrid de 2 de noviembre de 2016, como en las que 00:02:48
las complementan, recogen la obligatoriedad de que los centros remitan tanto al Servicio 00:02:55
de Inspección de la DAT como al equipo de apoyo diferentes anexos de cada protocolo 00:02:59
contra el acoso desde el momento de su apertura. 00:03:05
Anualmente, las instrucciones sobre comienzo del curso escolar en centros docentes públicos 00:03:07
no universitarios de la Comunidad de Madrid dedican un apartado a la convivencia y reiteran 00:03:13
esta obligación que tienen los centros tanto de abrir el protocolo en caso de detectarse 00:03:20
un posible caso de acoso escolar como del envío de los anexos tanto a la DAT y al equipo 00:03:25
de apoyo contra el acoso escolar. 00:03:31
En el día a día del trabajo de los centros educativos es fundamental el Decreto 32.2019 00:03:34
de 9 de abril del Consejo de Gobierno por el que se establece el marco regulador de 00:03:40
la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid. 00:03:45
Este decreto hace numerosas referencias al acoso escolar. 00:03:49
Entre los principios generales de la convivencia escolar recoge el compromiso con la prevención 00:03:53
y eliminación del acoso escolar y ciberacoso, tanto dentro como fuera de las aulas, así 00:03:57
como el rechazo a cualquier forma de violencia y la protección de las víctimas. 00:04:03
En el artículo 12 señala que el plan de convivencia recogerá todas las actividades, 00:04:09
tanto las curriculares como las medidas organizativas, que han de configurar un marco protector y 00:04:14
de prevención de la violencia. 00:04:19
Estas acciones deben contribuir también a promover la prevención, detección, intervención, 00:04:21
resolución y seguimiento de todas las manifestaciones de acoso entre iguales. 00:04:26
Recoge además que dicho plan deberá diferenciar con claridad el acoso escolar, el ciberacoso, 00:04:32
la violencia de género y la LGTBI-fobia, de otras conductas esporádicas que dificulten 00:04:37
la convivencia e incluir líneas de trabajo relacionadas con la prevención de situaciones 00:04:43
de acoso. 00:04:48
El decreto 32 también destaca la importancia del Plan de Acción Tutorial en relación 00:04:49
directa con el Plan de Convivencia. 00:04:54
Establece que las normas de convivencia del centro deberán recoger la prevención y la 00:04:56
lucha contra el acoso escolar y que la Comisión de Convivencia tendrá entre sus competencias 00:05:00
la de proponer al Consejo Escolar medidas para la prevención y lucha contra el acoso 00:05:06
escolar. 00:05:11
Parte fundamental de este decreto es la tipificación del acoso físico o moral a los compañeros 00:05:12
como falta muy grave y también establecer entre los criterios para adoptar medidas correctoras 00:05:16
y cautelares que se deberán tener en cuenta con carácter prioritario los derechos de 00:05:22
las víctimas de acoso, primando el interés superior de los menores sobre cualquier otro 00:05:27
interés. 00:05:31
Los centros educativos son escenarios de relaciones e interacciones entre los alumnos. 00:05:33
Se consideran relaciones entre iguales porque se dan en un plano de simetría horizontal. 00:05:38
Como espacios de vida que son, no están libres de conflicto, aunque la mayoría de las veces 00:05:44
los conflictos son gestionados adecuadamente a través del diálogo y la mediación de 00:05:49
terceros. 00:05:53
Pero a veces se establecen relaciones negativas entre iguales que pueden llegar a considerarse 00:05:55
como maltrato. 00:06:00
Es importante recordar que los conflictos son más numerosos y de menor gravedad que 00:06:01
las situaciones de violencia. 00:06:06
En ocasiones se tiende a confundir ambos términos como si de sinónimos se tratasen, pues las 00:06:08
situaciones de violencia entre escolares parten de situaciones conflictivas previas y desencadenan 00:06:14
nuevos conflictos. 00:06:20
El acoso escolar es una realidad que contamina la convivencia, produciendo efectos negativos 00:06:22
no solo en aquellos implicados directamente, sino en la totalidad del alumnado y profesorado. 00:06:27
El clima escolar se deteriora gravemente, hasta el punto que, para muchos, acudir diariamente 00:06:33
al centro supone una tortura. 00:06:39
A finales de los años 70, el noruego Olgues se inició en el estudio del acoso escolar, 00:06:42
mundialmente conocido con la expresión bullying. 00:06:47
El bullying o acoso escolar es un concepto específico y claramente definido que comparte 00:06:50
características de la violencia escolar pero a la vez presenta rasgos propios. 00:06:55
Podemos definir el acoso escolar como una conducta de persecución física y o psicológica 00:07:00
que realiza un alumno o un grupo de alumnos contra otro, al que eligen como víctima de 00:07:06
repetidos ataques. 00:07:10
Esta acción negativa e intencionada sitúa a la víctima en una posición de la que difícilmente 00:07:12
puede salir por sus propios medios. 00:07:18
Dos características del acoso encontramos. 00:07:21
La intención de hacer daño, que se puede manifestar de forma física, verbal o psicológica. 00:07:24
El acosador o los acosadores desean conscientemente herir, amenazar o asustar a otro alumno. 00:07:29
De nuevo es importante recordar que todas las modalidades de acoso son actos agresivos, 00:07:35
ya sean físicos, verbales o psicológicos, pero no toda agresión se puede enmarcar dentro 00:07:39
del acoso escolar. 00:07:44
Otra característica es el desequilibrio de poder, que hace a la víctima impotente 00:07:46
para salir de esta situación por sí sola. 00:07:51
Se considera que es el rasgo que define de manera más concluyente el acoso, la situación 00:07:53
de superioridad o ventaja del acosador frente a la desventaja o inferioridad de la víctima. 00:07:58
Otro elemento distintivo del acoso escolar es la reiteración de las conductas. 00:08:04
Esto es fundamental para poder diferenciarlo del conflicto aislado. 00:08:09
La repetición de las conductas dañinas produce en la víctima una merma progresiva 00:08:12
de la autoestima y apuntala a la relación de dominio-sumisión que caracteriza este 00:08:17
maltrato entre iguales. 00:08:22
El acoso tiene también como característica la asignación de roles, es necesario como 00:08:24
mínimo la figura de un agresor y de una víctima, aunque generalmente las dinámicas son mucho 00:08:28
más complejas ya que tiene lugar en un grupo, los espectadores, que pueden detener o paralizar 00:08:33
la agresión, dar la espalda y no implicarse, o por el contrario animar a que se cometa 00:08:39
la agresión. 00:08:43
Debemos distinguir el acoso de otro tipo de conflictos, como los conflictos entre iguales 00:08:45
con violencia física o psicológica, el vandalismo o las conductas disruptivas, cuyas características 00:08:50
no coinciden con las que definen el acoso, recordando que este se caracteriza por tratarse 00:08:56
de una conducta de persecución física o psicológica que realiza un estudiante contra 00:09:01
otro de manera continua e intencionada que crea una relación de dominio-sumisión. 00:09:05
El acoso escolar puede presentarse de varias maneras y en distintos grados. 00:09:11
Las agresiones físicas que dañan y atemorizan a la víctima pueden ser directas, golpes, 00:09:16
lesiones con objetos, indirectas como extorsiones, robos, desaparición o destrozo de sus pertenencias, 00:09:22
etc. 00:09:28
Las agresiones verbales son más habituales, disminuyen la autoestima de la víctima al 00:09:29
humillarla en público. 00:09:35
De manera más indirecta también lo son las difamaciones o la creación de rumores. 00:09:36
La exclusión social que margina a la víctima y la impide participar en el grupo o comunicarse. 00:09:41
Todas estas formas de agresión pueden producir daño emocional y psicológico a quien lo 00:09:47
sufre y hacen que aumente su miedo al agresor. 00:09:51
El ciberacoso o ciberbullying es la variante del acoso que consiste en el uso de la tecnología 00:09:55
para ejercer amenazas, insultos, humillaciones y vejaciones por parte de un alumno o un grupo 00:10:00
de alumnos hacia otro. 00:10:06
Para ello se utilizan fotos, vídeos o textos y en ocasiones se difunde información falsa. 00:10:08
Puede tener lugar en las redes sociales, chats, correo electrónico, juegos online y en general 00:10:13
en cualquier aplicación de comunicación online. 00:10:18
Este ciberacoso tiene unas características particulares. 00:10:22
Los contenidos se hacen virales y permanecen. 00:10:25
Los agresores pueden tener sensación de un anonimato y un falso sentimiento de impunidad 00:10:28
y las consecuencias en las víctimas son más difíciles de evaluar. 00:10:34
Entre los tipos de ciberbullying encontramos la persecución u hostigamiento en las redes 00:10:39
a través de amenazas, insultos, grabaciones con el móvil y publicación de datos personales. 00:10:43
La exclusión a través de mensajes denigrantes, bulos y rumores que humillan y menosprecian 00:10:49
a la víctima. 00:10:53
La manipulación, que consiste en la modificación y difusión de contenidos web, material trucado, 00:10:54
conversaciones manipuladas, comunicaciones alteradas, etc. 00:11:00
Existen dos modalidades de ciberbullying, aquel que actúa como reforzador de un bullying 00:11:05
ya emprendido y aquella forma de acoso entre iguales a través de las tics sin antecedentes. 00:11:09
En la primera modalidad se considera al ciberbullying como una forma de acoso más sofisticada, 00:11:15
desarrollada generalmente cuando las formas de acoso tradicionales dejan de resultar atractivas 00:11:21
o satisfactorias. 00:11:26
En este caso el agresor es fácilmente identificable ya que coincide con el hostigador presencial. 00:11:28
En lo que respecta a la segunda modalidad son formas de acoso entre iguales que no presentan 00:11:34
antecedentes de modo que, sin motivo aparente, la víctima empieza a recibir formas de hostigamiento 00:11:38
a través de las tics. 00:11:43
En ocasiones, después de un tiempo de recibir este tipo de acoso, el ciberagresor decide 00:11:46
completar su obra con una experiencia presencial, dando la cara. 00:11:51
El ciberbullying presenta unas características similares con otras formas de acoso, como 00:11:56
el hecho de ser premeditado e intencionado, la existencia de una relación asimétrica 00:12:01
de control y poder sobre el otro, pero también tiene unas características particulares que 00:12:06
lo diferencian de otras formas de acoso presencial y directo. 00:12:10
Se trata de una forma de acoso indirecto, es un acto de violencia camuflada en la que 00:12:14
muchas veces no se conoce al agresor, a no ser que haya sido hostigador presencial de 00:12:18
la víctima antes o que decida hacerlo después del ciberbullying. 00:12:23
El desconocimiento del agresor magnifica el sentimiento de impotencia de la víctima. 00:12:29
El acoso invade ámbitos de privacidad y aparente seguridad, como es el hogar familiar, desarrollando 00:12:33
sentimiento de desprotección total y se extiende 24 horas sobre 7 días a la semana. 00:12:40
La presencia de testigos activos o pasivos amplifica con mayor resonancia tanto la conducta 00:12:46
acosadora como las secuelas de la víctima, y ello debido a la omnipresencia de los medios 00:12:51
digitales en sus vidas. 00:12:56
La sensación de impunidad de los acosadores, convencidos de que internet les protege, que 00:12:59
el anonimato actúa como escudo y que pueden hacer o decir lo que quieran sin consecuencias. 00:13:04
Los efectos derivados de esta forma de acoso tecnologizado presentan los efectos del acoso 00:13:10
presencial. 00:13:16
Sin embargo, podemos decir que los daños son mayores en el ciberbullying, pues internet 00:13:17
garantiza el anonimato del agresor, convirtiéndolo en un fantasma que destroza la vida de la 00:13:21
víctima y dificulta enormemente los mecanismos de respuesta o protección hacia este tipo 00:13:27
de humillaciones. 00:13:32
Al tratarse de una forma de acoso indirecto y no presencial, el agresor no tiene contacto 00:13:34
con la víctima, no ve su cara, sus ojos, su dolor, su pena, con lo cual difícilmente 00:13:38
podrá llegar a empatizar o despertar su compasión por el otro. 00:13:43
El ciberagresor obtiene satisfacción en la elaboración del acto violento y en la imaginación 00:13:48
del daño ocasionado en el otro, ya que no puede vivirlo in situ. 00:13:54
Dentro de las razones que un acosador utiliza para justificar la violencia que ejerce, la 00:13:58
de pertenencia de la víctima al colectivo LGTB+, es una de las más frecuentes, especialmente 00:14:03
contra los niños y adolescentes trans, que son los que más sufren, dado que su grado 00:14:10
de exposición al acoso es muy superior, al ser sus diferencias más visibles. 00:14:15
La LGTBI-fobia es el rechazo, miedo o discriminación hacia mujeres u hombres que se reconocen a 00:14:20
sí mismos como LGTBI. 00:14:27
La Unesco señala no solo que el alumnado LGTBI es quien sufre el acoso escolar homofóbico 00:14:29
y transfóbico, sino que este afecta también al alumnado que es percibido como diferente, 00:14:34
que no encaja en los roles y estereotipos de género existentes, incluso si no se identifica 00:14:39
a sí mismo como LGTB. 00:14:44
Por último, señalar un fenómeno relacionado con el acoso cada vez más habitual entre 00:14:47
jóvenes, el sexting. 00:14:51
Es la acción de enviar o recibir imágenes, fotografías o vídeos de contenido íntimo 00:14:54
y sexual a través del móvil o las redes sociales. 00:14:58
En principio se trata de una práctica en la que una persona lo comparte de manera voluntaria 00:15:02
Pero el sexting tiene una cara oscura y es que, en el momento que una imagen o un vídeo 00:15:07
abandona nuestro móvil, perdemos el control sobre ello, es decir, una vez lo hemos enviado 00:15:11
no sabemos qué uso le dará el que lo recibe. 00:15:16
Podría difundirlo y compartirlo sin consentimiento, con todas las consecuencias que esto puede 00:15:20
acarrear. 00:15:25
Consecuencias no solo de índole legal para quien difunde, sino las personales para la 00:15:26
víctima. 00:15:31
Además, no es raro ver asociados en el mismo paquete sexting y ciberbullying cuando esas 00:15:32
imágenes se difunden entre los compañeros para provocar el ciberacoso y la humillación 00:15:37
de una persona. 00:15:41
Es delito compartir esas imágenes o vídeos privados con terceros sin consentimiento 00:15:43
o cuando se trata de un menor de edad, en cuyo caso podríamos estar hablando de pornografía 00:15:48
infantil y corrupción de menores, que es un supuesto penal. 00:15:53
Hemos de tener también en cuenta que el acoso escolar empieza entre dos personas y sus consecuencias 00:15:57
se van extendiendo hasta alcanzar a toda la comunidad educativa. 00:16:02
Por eso, aunque a cada alumno puede afectarle de una manera diferente, a la larga repercute 00:16:06
en todo el centro. 00:16:11
En primer lugar lo sufrirá la víctima, que podrá desarrollar temor a ir a clase. 00:16:13
Además, podrá bajar su autoestima, aumentar su ansiedad y cambiar su ánimo. 00:16:17
Es bastante común que se sienta sola o incluso presente conductas autodestructivas. 00:16:22
A nivel social podrá evitar participar en actividades con otros compañeros y evitará 00:16:28
el contacto. 00:16:32
Incluso puede llegar a normalizar su papel de víctima. 00:16:33
Los testigos del acoso y su entorno también podrán sufrir las consecuencias. 00:16:37
Sentirán culpabilidad e impotencia o con el tiempo se mostrarán solidarios con el sufrimiento 00:16:41
ajeno. 00:16:46
Además, también verán la discriminación como algo normal e identificarán la agresividad 00:16:48
y la violencia con el éxito social. 00:16:52
¿Cómo podemos reconocer a una víctima de acoso escolar? 00:16:55
Es frecuente que tenga una baja autoestima, o que sea inseguro o un poco tímido. 00:16:59
Además puede presentar sobreprotección familiar y, curiosamente, puede sacar buenas notas. 00:17:05
Suele ser rechazada por el resto del grupo, puede naturalizar su indefensión y afrontar 00:17:11
su rol sumiso. 00:17:16
Su reacción puede ser pasiva, si tiene un carácter sumiso, con pocas habilidades comunicativas 00:17:18
y tiende a aislarse, alejándose de sus amigos. 00:17:24
Activa o provocadora, si manifiesta comportamientos inapropiados, tiene dificultades para relacionarse 00:17:27
con los demás y lo hace mediante la provocación, irritando al resto de alumnos. 00:17:33
O agresora, si es víctima de acoso y, a la vez, acosador con los más indefensos del 00:17:38
grupo. 00:17:42
¿Qué síntomas pueden ponernos en guardia? 00:17:44
¿Qué síntomas pueden hacer sonar las alertas? 00:17:47
La víctima puede dejar de asistir a clase, puede bajar su rendimiento o mostrar desinterés 00:17:50
por el marco escolar. 00:17:55
También podemos detectar que deja de participar en su grupo, que es objeto de murmullos y 00:17:57
risas entre sus compañeros. 00:18:01
En el plano personal puede presentar baja autoestima y, a un nivel más externo, puede 00:18:03
mostrarles lesiones físicas, moratones, rasguños, heridas, perder a menudo sus cosas o llevar 00:18:09
las rotas. 00:18:15
¿Cómo se comporta el agresor? 00:18:16
Es importante recordar que pueden existir uno o varios agresores y que estos pueden 00:18:19
actuar de forma sectorial o al unísono. 00:18:23
Generalmente el agresor actúa impulsivamente, necesita dominar al grupo y busca reconocimiento 00:18:26
y aceptación. 00:18:32
Curiosamente puede ser inseguro, aunque intente no parecerlo. 00:18:33
Tiende a construir relaciones basadas en la exclusión y en el menosprecio, manipula, 00:18:37
se comporta de forma agresiva y tiene una baja tolerancia a la frustración. 00:18:42
El ciberagresor puede comportarse de manera normal y a la vez mostrar su lado agresivo 00:18:46
en las redes, aprovechando el anonimato que éstas le proporcionan y donde además es 00:18:51
más seguido y apoyado. 00:18:56
Los observadores son los testigos del acoso, pueden ser pasivos si no intervienen directamente, 00:18:58
activos si apoyan la agresión, defensores si a veces ayudan a la víctima. 00:19:04
En el caso del ciberbullying los observadores se multiplican, ya que los son todos los que 00:19:10
ven el contenido y se mantienen al margen, los que comparten el contenido como agresores 00:19:14
directos o los que defienden a la víctima. 00:19:19
Vamos a tratar ahora la posible responsabilidad penal y civil que se puede derivar en casos 00:19:22
de acoso escolar. 00:19:37
Las situaciones de acoso escolar producen generalmente en el centro, pero a veces también 00:19:39
en el entorno de la víctima, el barrio, los parques y actualmente y cada vez con más 00:19:44
frecuencia en el móvil o las redes sociales. 00:19:49
Sin embargo, aunque la escuela no sea la causante ni donde únicamente se produzca, los centros 00:19:53
educativos son claves para luchar contra el acoso. 00:19:58
Esto conlleva la responsabilidad de los docentes y de los equipos directivos, puesto que ha 00:20:01
de prevalecer el interés superior del menor. 00:20:06
Jurídicamente la cobertura legal del acoso la encontramos en distintas fuentes, la Convención 00:20:09
de Derechos del Niño de 1990, la Constitución y la LOE. 00:20:14
En el Código Penal vigente no se contempla, aunque lo encontramos de forma implícita 00:20:19
en el artículo 173, que establece que el que infligiere a otra persona un trato degradante 00:20:24
menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de 00:20:30
seis meses a dos años. 00:20:35
El Tribunal Supremo define el trato degradante como el que puede crear en las víctimas sentimientos 00:20:37
de terror, de angustia y de inferioridad o humillación. 00:20:42
Además la expresión trato degradante presupone cierta repetición o continuidad en el tiempo, 00:20:46
pues si se tratase de un hecho aislado no sería trato, sino simplemente ataque. 00:20:53
Respecto a la responsabilidad penal del acosador existen tres posibilidades según su edad, 00:20:58
los mayores de edad de 18 años en adelante, los menores de edad de 14 a 18 años y los 00:21:03
menores de 14 años. 00:21:09
A los mayores de edad se les aplicaría este artículo 173 del Código Penal, por el cual 00:21:11
se condena al culpable de acoso escolar a la pena de seis meses a dos años. 00:21:16
Para los menores de 14 años esta norma establece la presunción de inimputabilidad, es decir, 00:21:22
al acosador comprendido en esta franja de edad no se le puede atribuir ninguna responsabilidad 00:21:28
ni ordinaria ni extraordinaria, pues su caso queda fuera de toda norma. 00:21:33
De los 14 a los 18 el acosador no sería imputable pero tendría la responsabilidad 00:21:38
penal específica que viene recogida en la ley del menor. 00:21:42
Este marco jurídico se basa en tres principios, la protección de la víctima, la respuesta 00:21:46
sancionadora al acosador y en su caso la reparación de daños y perjuicios. 00:21:51
También existe responsabilidad civil en los supuestos de acoso escolar para la reparación 00:21:57
de estos daños y perjuicios. 00:22:02
Las consecuencias por hechos que causen daños físicos o morales en situaciones de acoso 00:22:04
en el ámbito educativo, tanto por acciones de alumnos como por culpa o negligencia del 00:22:08
centro para prevenir, evitar o minimizar las consecuencias del acoso, pueden ser objeto 00:22:14
de acciones de responsabilidad civil tendentes a reparar mediante la correspondiente indemnización 00:22:19
los daños sufridos. 00:22:25
El Código Civil determina la responsabilidad de cada una de las personas o instituciones 00:22:27
según haya sido su intervención y diligencia para prevenir los hechos o evitar las consecuencias 00:22:31
del acoso. 00:22:37
Los tribunales han entendido reiteradamente esta responsabilidad subsidiaria de los centros 00:22:39
educativos, condenando en numerosos casos de acoso escolar civilmente a la administración 00:22:43
educativa, basándose en el deber de supervisión exigible a quienes tienen a los menores a 00:22:48
su cargo en caso de que el centro no hubiera sido diligente en la detección y corrección 00:22:54
de este acoso escolar. 00:22:59
Por lo tanto, los centros escolares únicamente quedarán libres de responsabilidad civil 00:23:01
en los supuestos de acoso escolar cuando quede acreditada la no existencia del nexo causal 00:23:06
entre el daño ocasionado a la víctima y la actuación del centro, probando que actuaron 00:23:11
de manera diligente y activando todos los mecanismos de control necesarios para remediar 00:23:16
la situación. 00:23:22
Esta responsabilidad se refiere por igual a centros docentes públicos y privados, sin 00:23:24
que haya diferencia respecto a su alcance, puesto que en ambos casos responde la entidad 00:23:29
titular del centro por los daños. 00:23:34
Cuando se trata de un centro público, resulta de aplicación la regulación establecida 00:23:37
sobre la responsabilidad patrimonial de la administración. 00:23:41
En los supuestos en que el daño se produce en un centro de enseñanza no superior pero 00:23:45
el causante es mayor de edad y, por tanto, responsable de sus actos, también puede haber 00:23:50
responsabilidad del centro escolar si se aprecia concurrencia de responsables. 00:23:55
Para finalizar, destacamos la web de convivencia de la Comunidad de Madrid que recoge diferentes 00:24:00
medidas contra el acoso escolar para facilitar el trabajo a los centros docentes en relación 00:24:05
con la sensibilización, formación e intervención en casos de acoso escolar. 00:24:10
Se trata de una web viva desarrollada con las aportaciones de docentes, de la inspección 00:24:16
educativa, del equipo de apoyo especializado contra el acoso escolar y de expertos de la 00:24:20
unidad complutense, así como de las fuerzas y cuerpos de seguridad. 00:24:26
También esta web nos ofrece información sobre la herramienta informática Sociescuela 00:24:31
que facilita la evaluación del clima de convivencia y detección temprana de casos de acoso escolar 00:24:36
para poder hacer una intervención inmediata. 00:24:41
La utilización de esta herramienta queda a criterio de los equipos directivos en el 00:24:45
marco de su autonomía. 00:24:49
Pueden optar por Sociescuela u otra herramienta para conocer el clima de convivencia de sus 00:24:51
centros y detección precoz del acoso escolar. 00:24:55
En la web de convivencia de la Comunidad de Madrid también encontramos los protocolos 00:24:58
para utilizar en situaciones de posible acoso y que, como ya hemos dicho, son de uso obligatorio 00:25:03
para todos los centros educativos, recursos para la elaboración del plan de convivencia 00:25:08
y del programa contra el acoso escolar en los centros y una guía de actuación contra 00:25:14
el acoso escolar en los centros educativos, que incluye desde la conceptualización del 00:25:19
acoso escolar a las nuevas formas de acoso derivadas del contexto digital y de la LGTBI-fobia. 00:25:23
La prevención es la mejor herramienta de lucha contra el acoso escolar en los centros, 00:25:30
porque puede evitar su aparición y porque dota a los centros de formación, sensibilización 00:25:35
y conocimiento de los recursos disponibles para actuar de manera inmediata, con el fin 00:25:40
de corregir y erradicar las situaciones de acoso. 00:25:44
La actuación coordinada de toda la comunidad educativa es fundamental, partiendo de una 00:25:48
información compartida y del compromiso de todos los profesores, debe actuarse de forma 00:25:53
conjunta e inequívoca contra el acoso escolar. 00:25:58
La escuela es el medio socializador más importante para los alumnos después de su familia. 00:26:01
En ella adquieren hábitos de relación y aprenden de sus profesores y figuras de autoridad 00:26:06
por modelaje. 00:26:11
Y aunque los centros cuentan con herramientas y actuaciones de prevención, deben llevar 00:26:12
a cabo un esfuerzo de sistematización, revisión y actualización de documentos, con la inclusión 00:26:16
de un apartado específico en su PGA y el desarrollo de planes concretos que reflejen 00:26:23
un compromiso claro y sin fisuras contra el acoso escolar. 00:26:28
Una conducta irrespetuosa tolerada por un docente daña al grupo al completo y puede 00:26:32
favorecer la sensación de impunidad en el ataque a un alumno aislado. 00:26:37
Por el contrario, una actuación comprometida, coherente y firme por parte de todos los 00:26:42
docentes, basada en una idea común de tolerancia cero a las actitudes irrespetuosas y agresivas, 00:26:46
amplifica el impacto positivo de la prevención y reduce el riesgo de acoso escolar. 00:26:53
Idioma/s:
es
Idioma/s subtítulos:
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Innovación y Formación
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19 de enero de 2022 - 17:36
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