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Luis Iñigo Documentos centros

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Subido el 12 de febrero de 2022 por tic.ismie

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Los documentos organizativos del centro se encuentran regulados con carácter general en el título V de la Ley Orgánica 2.2006 de 3 de mayo de Educación, que lleva por título Participación, Autonomía y Gobierno de los Centros. 00:00:07
En concreto, el capítulo II, en su artículo 120, apartado I, señala que los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la presente ley y en las normas que la desarrollen. 00:00:21
Y el apartado segundo precisa, los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro. 00:00:37
Por tanto, sin perjuicio del desarrollo que den a estos artículos las administraciones educativas, los documentos organizativos de los centros son 00:00:51
Proyecto educativo, proyecto de gestión, normas de organización y funcionamiento 00:01:00
La autonomía pedagógica del centro se concreta en su proyecto educativo 00:01:07
Mucho más detallado tras la modificación del artículo 121.1 de la LOE, que debe recoger 00:01:13
Los valores, los fines y las prioridades de actuación, es decir, la filosofía propia del centro que le confiere su personalidad específica 00:01:20
La concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa, que corresponde fijar y aprobar al claustro, adaptados a las necesidades de su contexto educativo, en el marco de los valores, fines y prioridades antes expuestas. 00:01:29
Esta concreción debe basarse en los principios objetivos y metodología propios de un aprendizaje competencial orientado al ejercicio de una ciudadanía activa. 00:01:44
Asimismo, incluirá un tratamiento transversal de la educación en valores que incluya referencias a 00:01:53
el desarrollo sostenible, la igualdad entre mujeres y hombres, la igualdad de trato y no discriminación 00:01:59
y la prevención de la violencia contra las niñas y las mujeres, del acoso y del ciberacoso escolar, 00:02:06
la cultura de paz y los derechos humanos. 00:02:12
El PEC recogerá también la forma de atención a la diversidad del alumnado, 00:02:15
Las medidas relativas a la acción tutorial, el plan de convivencia, el plan de lectura, 00:02:19
las medidas académicas que se adoptarán para favorecer y formar en la igualdad, particularmente de mujeres y hombres. 00:02:26
Un plan de mejora que se revisará periódicamente en el que a partir del análisis de los diferentes procesos de evaluación del alumnado y del propio centro, 00:02:33
se planteen las estrategias y actuaciones necesarias para mejorar los resultados educativos 00:02:42
y los procedimientos de coordinación y de relación con las familias y el entorno. 00:02:48
El PEC deberá hacerse público con objeto de facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa. 00:02:54
Deberá impulsarse la coordinación entre los proyectos educativos de los centros de educación primaria 00:03:01
y de los de educación secundaria obligatoria, con objeto de que la incorporación de los 00:03:06
alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva. 00:03:11
Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias y el propio centro en los 00:03:15
que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar 00:03:20
para mejorar el rendimiento académico del alumnado. 00:03:26
La autonomía de gestión económica del centro se concreta en su proyecto de gestión, que 00:03:30
debe recoger, la ordenación y utilización de sus recursos, tanto materiales como humanos. 00:03:36
Los centros públicos podrán formular requisitos de titulación y capacitación profesional 00:03:43
respecto de determinados puestos de trabajo del centro. Las administraciones educativas 00:03:48
podrán delegar en los órganos de gobierno de los centros públicos las competencias 00:03:54
que determinen, incluidas las relativas a gestión de personal, responsabilizando a 00:03:59
directores de la gestión de los recursos puestos a disposición del centro. La Comunidad de Madrid 00:04:04
no ha regulado el proyecto de gestión, por lo que los centros siguen usando presupuesto y cuenta 00:04:11
de gestión. La autonomía de organización del centro se concreta en sus normas de organización 00:04:17
y funcionamiento que deben recoger. Un plan de convivencia que incorporarán a la programación 00:04:22
general anual y que recogerá todas las actividades que se programen con el fin de fomentar un 00:04:29
buen clima de convivencia dentro del centro escolar, la concreción de los derechos y 00:04:36
deberes de los alumnos y alumnas, las medidas correctoras aplicables en caso de su incumplimiento, 00:04:41
la realización de actuaciones para la resolución pacífica de conflictos, con especial atención 00:04:49
a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación. 00:04:54
Las normas de convivencia y conducta de los centros serán de obligado cumplimiento. 00:05:00
Deberán concretar los deberes de los alumnos y alumnas, las medidas correctoras en caso 00:05:07
de incumplimiento, que tendrán un carácter educativo y recuperador y deberán ser proporcionadas 00:05:14
a las faltas cometidas. Aquellas conductas que atenten contra la dignidad personal de 00:05:20
otros miembros de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una 00:05:26
discriminación o acoso, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus 00:05:30
características personales, sociales o educativas, tendrán la calificación de falta muy grave 00:05:35
y llevarán asociada como medida correctora la expulsión temporal o definitiva del centro. 00:05:42
Las medidas correctoras por la Comisión de Faltas Leves serán inmediatamente ejecutivas. 00:05:49
Los miembros del equipo directivo y los profesores y profesoras serán considerados autoridad pública. 00:05:55
En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores, profesoras y miembros del equipo directivo de los centros docentes 00:06:02
tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad iuris tantum o salvo 00:06:11
prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos 00:06:18
derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas. 00:06:23
Las administraciones educativas regularán los protocolos de actuación frente a indicios 00:06:28
de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra manifestación 00:06:33
de violencia. También regularán los requisitos y las funciones que debe desempeñar el coordinador 00:06:40
o coordinadora de bienestar y protección, que debe designarse en todos los centros educativos, 00:06:47
públicos y privados. La concreción anual y la planificación de todos los aspectos relativos 00:06:54
a la organización y el funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, 00:07:00
las normas y todos los planes de actuación acordados y aprobados serán recogidos por 00:07:06
los centros en una programación general anual. Recomendaciones para la elaboración de los 00:07:12
documentos organizativos del centro. Los documentos deben ser redactados por el 00:07:18
equipo directivo, pero no elaborados por él. Debe asegurarse el máximo debate y la máxima 00:07:24
participación. Debe analizarse previamente en profundidad el contexto del centro para detectar 00:07:31
las verdaderas necesidades del alumnado. Debe lograrse que el centro se convierta en una 00:07:38
comunidad de aprendizaje que discute, decide, aplica, evalúa y rectifica bajo el liderazgo 00:07:44
pedagógico de la dirección. Los documentos deben ser sometidos a evaluación constante y modificados 00:07:49
en función de las conclusiones alcanzadas. Los planes de mejora deben concretar áreas 00:07:56
de mejora, objetivos, indicadores de logro, actuaciones, tareas, responsables, temporalización, 00:08:02
medidas de seguimiento y evaluación. 00:08:09
Autor/es:
CRIF LAS ACACIAS
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12 de febrero de 2022 - 19:22
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