Mª Remedios Cuevas 1
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Hola a todos y todas, en la sesión de hoy vamos a estudiar la estructura y funcionamiento de la Consejería de Educación, Ciencia, Universidades y Portavocía, así como sus competencias y el marco normativo.
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Seguro que entre todos los que habéis sido seleccionados, muchos habéis prestado servicios anteriormente como funcionarios interinos y por lo tanto habéis tenido contacto con los diferentes órganos de la Administración Educativa.
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Pero si os pidiera que me dijerais qué conocéis de la estructura de la Consejería en la que prestéis vuestros servicios, ¿qué me responderíais?
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Pararos unos segundos a pensarlo. Estoy segura que la gran mayoría os habéis limitado a mencionar a la dirección de vuestro centro educativo y a la dirección de área territorial a la que está asignado el centro en el que prestáis vuestros servicios,
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sin ser conscientes de que por encima de las áreas territoriales están las direcciones generales, las viceconsejerías y el consejero, órganos en los que se adoptan las decisiones y se crea la normativa que posteriormente ejecutan y gestionan las áreas territoriales
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y los centros educativos. De todas las consejerías existentes, la que tiene asignada en la actualidad
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las competencias educativas es la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía,
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cuyo titular es el consejero. El nombre de la consejería suele modificarse cada vez que hay
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un cambio de gobierno regional. Con anterioridad hemos sido Educación y Deportes, Educación y
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empleo, educación y juventud, etc. Pero empecemos por la normativa que regula actualmente tanto la
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estructura como las competencias. Vamos a ver únicamente las más relevantes. En primer lugar
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tenemos el decreto 88-2021 del Consejo de Gobierno. En él se modifica la estructura orgánica básica
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de las consejerías de la Comunidad de Madrid después de las últimas elecciones regionales.
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En esta norma se establece que las atribuciones en materia educativa que antes estaban atribuidas
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a la Consejería de Educación y Juventud, ahora pasan a la Consejería de Educación,
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Universidades, Ciencia y Portavocía, que aglutina las atribuciones sobre todos los
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niveles de enseñanza. Posteriormente, tenemos también el Decreto 42-2021 de la Presidenta
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de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las
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Consejerías de la Comunidad de Madrid. Por último, el Decreto 288-2019 del Consejo de
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gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación
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y Juventud. Como veis, este decreto hace alusión a la anterior consejería, por lo que será
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modificado en breve para adaptarlo a la denominación y competencias de la nueva consejería. En
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este decreto se establece tanto la estructura como las competencias de cada uno de los órganos
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que la componen. La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía tiene
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la siguiente estructura básica. Existen tres viceconsejerías. La Viceconsejería de Política
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Educativa, la Viceconsejería de Organización Educativa y la Viceconsejería de Universidades,
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Ciencia e Innovación. Y además de esas tres viceconsejerías está la Secretaría General
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Técnica. Cada una de estas viceconsejerías se organiza en direcciones generales. A las
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viceconsejerías y las direcciones generales se les denomina servicios centrales. Por otro
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lado, el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid se ascribe también a la Consejería de Educación,
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Universidades, Ciencia y Portavocía. De esta estructura vamos a centrarnos en aquellos órganos
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con competencias en enseñanzas no universitarias, por ser las que nos afectan, es decir, vamos a
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estudiar cómo se organiza la Viceconsejería de Política Educativa y la Viceconsejería de
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Organización Educativa. Veamos las direcciones generales de las que se componen cada una de
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vice consejerías la vice consejería de política educativa está integrada por
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cuatro direcciones generales la dirección general de educación infantil
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primaria y especial la dirección general de bilingüismo y calidad de la
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enseñanza la dirección general de educación secundaria formación
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profesional y régimen especial y por último la dirección general de educación
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concertada becas y ayudas al estudio empecemos por la dirección general de
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educación infantil primaria y especial. De manera resumida sus atribuciones son
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la propuesta de creación, modificación, transformación y supresión de los
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colegios de educación infantil y primaria, así como centros de educación
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especial. También establecen las plantillas de los centros, el régimen de
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organización, el establecimiento de criterios pedagógicos y la planificación,
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organización y coordinación de programas para alumnado con necesidad de apoyo
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educativo. Todo ello únicamente de los centros públicos. Por su parte, la Dirección General
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de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza tiene como marco de actuación el bilingüismo,
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los programas de innovación y formación, así como la evaluación y análisis del ámbito
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educativo. De manera esquemática, podemos señalar que entre sus atribuciones están
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las de desarrollar y coordinar programas y actividades relacionadas con el bilingüismo,
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diseñar programas de innovación de calidad pero lo que más cercano resultará es todo lo relacionado
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con la formación pues esta dirección general en la que diseña y desarrolla actividades de
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formación que se desarrollan en los CETIF y en el CRIT las acacias. Asimismo llevan el registro
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de formación del profesorado. En cuanto a evaluación las funciones más significativas que
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realizan son la realización de evaluaciones del sistema educativo, así como el desarrollo y
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ejecución de las pruebas externas que se realizan en tercero y sexto de primaria, así como en cuarto
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de la ESO. En cuanto al ámbito de evaluación, las funciones más significativas son la realización
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de evaluaciones del sistema educativo, así como el desarrollo y ejecución de las pruebas externas
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que se realizan en tercero y sexto de primaria, así como en cuarto de la ESO. Veamos a continuación
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las competencias de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional
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y Régimen Especial. A grandes rasgos tiene como competencias la propuesta de creación,
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modificación, transformación y supresión de centros, así como de las enseñanzas de
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su ámbito de actuación, que son los IEL, los centros de FP, los conservatorios, las
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escuelas de idiomas, los centros de danza, de artes, etc. También establecen las plantillas
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de los centros, el régimen de organización, el establecimiento de criterios pedagógicos
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y la planificación, organización y coordinación de programas con alumnado con necesidades
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de apoyo educativo. Al igual que en la dirección anterior, todo ello únicamente para los centros
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públicos. Por último, la Dirección General de Educación Concertada, becas y ayudas al
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estudio tiene como destinatarios principales a los centros privados y concertados. En
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este sentido se encargan de la tramitación del procedimiento de autorización para el
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establecimiento de centros docentes concertados y privados que impartan enseñanzas regladas
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no universitarias, así como la gestión de becas y ayudas en el ámbito de la educación
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no universitaria. También en el ámbito de los centros docentes públicos tienen la atribución
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relativa a la concesión de ayudas dirigidas a la realización de actividades fuera del
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horario lectivo. A continuación, conoceremos cómo se organiza la Viceconsejería de Organización
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Educativa. Esta Viceconsejería se organiza en dos direcciones generales, la Dirección General de
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Infraestructuras y Servicios y la Dirección General de Recursos Humanos. Asimismo, se encuentra
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adscrita a esta Viceconsejería la Subdirección de Inspección Educativa. Veamos las competencias
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de cada una de las direcciones generales citadas. En primer lugar, la Dirección General de
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Infraestructuras y Servicios es el órgano responsable de la edificación y ampliación
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de centros educativos públicos, de la contratación de servicios y suministros en centros educativos
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y de las plataformas y aplicaciones utilizadas en la actividad educativa, como algunas que
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conoceréis como Robles, Raíces, EducaMadrid... En cuanto a la Dirección General de Recursos
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Humanos, asume las competencias con las que estáis muy familiarizados, pues afectan a la gestión del
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personal docente de enseñanza universitaria. En esta Dirección General, por ejemplo, se realiza
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la propuesta de empleo público y se elabora y ejecutan todas las actuaciones que conllevan
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cada uno de los siguientes procedimientos. Oposiciones a los cuerpos docentes, al concurso
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de traslados, al de ingreso al cuerpo de inspectores de educación, cese voluntario, proceso de selección
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y renovación de directores, procedimiento de acceso a cátedras. Se elabora también la resolución y
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ejecución de los procedimientos de habilitación y acreditación lingüística. Se autorizan las
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comisiones de servicio, las actividades de formación y acompañamiento de los docentes al
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exterior. Se tramitan las jubilaciones, la elaboración de instrucciones sobre horarios,
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licencias y permisos, etc. Por otro lado, es el órgano responsable de la selección y nombramiento
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del personal funcionario docente interino. Desde este área se elaboran y ejecutan los procedimientos
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de asignación de destinos de inicio de curso, se gestiona Ares, se elaboran los listados de
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interinos, se realizan las convocatorias de asignación de sustituciones diarias, se gestiona
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el bloqueo a la lista de interinos. Esta dirección general es también el órgano encargado del personal
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laboral, como los auxiliares de control y de limpieza que prestan servicios en centros educativos,
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así como los funcionarios no docentes en los centros, como por ejemplo el personal administrativo.
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Por último, se aprueban las remesas de nómina y se planifica la prevención de riegos laborales en los centros docentes.
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Asimismo, las direcciones generales se organizan administrativamente en sus direcciones generales.
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Ya conocéis todas las direcciones generales que existen en esta consejería.
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Tras ello, en un nivel jerárquico administrativo inferior están las direcciones de área territoriales.
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Las direcciones de área territorial son los órganos directivos de gestión territorial desconcentrada de la consejería, que actúan respecto de los centros educativos ubicados en su ámbito territorial de acuerdo con las funciones de gestión y ejecución que les han sido encomendadas por los órganos centrales de la Administración Educativa, bajo las directrices de dichos órganos.
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En un nivel inferior a las DAT se encontrarían los equipos directivos de los centros educativos y aunque os sorprenda, en el último escalafón estaríais también vosotros, los docentes, porque al ser funcionarios públicos representáis a la administración en vuestro ámbito de actuación.
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Como supongo que con tanta competencia estaréis un poco confundidos, a modo de resumen, recordad que jerárquicamente la consejería se estructura del siguiente modo.
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En la cúspide estaría el consejero, posteriormente las viceconsejerías, a continuación las direcciones generales, después las direcciones de área territorial, los equipos directivos y por último vosotros los decentes.
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Espero que lo estudiado os haya servido para que tengáis una idea general de la organización en la que vais a desarrollar vuestra vida profesional.
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