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Susana Rodríguez 1

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Subido el 21 de febrero de 2022 por tic.ismie

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Mi nombre es Susana Rodríguez y en este bloque de contenidos incluiremos tres videotutoriales 00:00:07
sobre la convivencia en los centros educativos. A continuación se procederá a hacer un breve 00:00:12
estudio de conjunto sobre la normativa que regula la convivencia escolar a nivel estatal 00:00:17
y autonómico y sobre una norma en concreto, el Decreto 32 barra 2019 de 9 de abril, por 00:00:22
el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de 00:00:29
la Comunidad de Madrid. Siguiendo las cuestiones preliminares de esta última norma, uno de los 00:00:33
retos más importantes con los que se enfrenta la sociedad es el de capacitar a sus ciudadanos para 00:00:39
el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, así como para la prevención de conflictos y su 00:00:44
resolución pacífica. Este reto se vuelve más importante cuando nos encontramos en una sociedad 00:00:50
cambiante y cada vez más globalizada. De ahí que dispongamos de un amplio marco normativo que 00:00:56
regula la convivencia en los centros. Comenzaremos pues hablando sobre las fuentes externas, 00:01:02
es decir, aquella normativa que se ha creado fuera de nuestras fronteras y que España 00:01:09
ha asumido como propia, ya sea por la firma de tratados bilaterales, la pertenencia a 00:01:13
la Unión Europea o su adhesión a cualquier organismo internacional. Entre ellas debemos 00:01:19
citar la Declaración de Incheon para la Educación 2030, cuyo contenido pretende garantizar una 00:01:24
educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje para 00:01:30
todos durante toda la vida. La Convención de los Derechos del Niño de 00:01:36
Naciones Unidas, en la que se recoge la consideración del menor como un sujeto con derechos y, por 00:01:40
ello, objeto de cuidado y protección. La Convención sobre los Derechos de las Personas 00:01:46
con Discapacidad de Naciones Unidas, el Comité de los Derechos del Niño número 55 y las 00:01:51
conclusiones de la Unión Europea de 22 de septiembre de 1997 de seguridad en 00:01:57
las escuelas. En ella se hace un llamamiento a los 00:02:04
estados miembros para que prosigan y en caso necesario mejoren sus actividades 00:02:08
de fomento de seguridad en las escuelas, implementando estrategias de intercambio 00:02:12
de información y experiencias y creando proyectos piloto. Ya expuestas las 00:02:17
fuentes externas, a continuación se analizarán las internas, es decir, 00:02:22
aquellas normas que han sido elaboradas dentro de nuestras fronteras, diferenciando a su vez 00:02:26
entre su carácter inespecífico o transversal y específico. Asimismo, se diferenciará entre 00:02:31
aquellas normas que han sido elaboradas en el marco normativo de la Administración General 00:02:38
del Estado y aquellas que han sido aprobadas por la Comunidad de Madrid. Dentro de las fuentes 00:02:42
internas inespecíficas, en el ámbito de la Administración General del Estado debe hacerse 00:02:47
alusión a las siguientes. La Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, la Ley 00:02:52
Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, la Ley Orgánica de Protección 00:02:58
de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales, la Ley Orgánica de Protección 00:03:05
Integral a la Infancia y a la Adolescencia frente a la Violencia. Este texto, de reciente 00:03:11
aprobación, introduce modificaciones en diversas normas, como por ejemplo la Ley Orgánica 00:03:16
de protección jurídica del menor. En dicha ley se regula la sensibilización, prevención 00:03:22
y detección precoz de la violencia infantil. Recoge la obligación de la Administración 00:03:28
General del Estado de disponer de una estrategia de erradicación de la violencia sobre la 00:03:33
infancia y la adolescencia, con especial incidencia en el ámbito familiar, educativo, sanitario, 00:03:38
de los servicios sociales y de las nuevas tecnologías. Respecto a la prevención de 00:03:45
la violencia en los centros educativos, se completa el marco establecido en el artículo 00:03:49
124 de la Ley Orgánica de Educación de 2006, al establecer, junto con el plan de convivencia 00:03:54
allí previsto, la necesidad de protocolos específicos de actuación frente a indicios 00:04:01
de abuso y maltrato, acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier 00:04:06
otra forma de violencia. El capítulo dedicado a las nuevas tecnologías 00:04:12
promueve un uso seguro y responsable de Internet por parte de los niños, adolescentes, las 00:04:17
familias y profesionales que trabajan con menores de edad. Y se prevé el desarrollo 00:04:22
de campañas educativas sobre los riesgos derivados de un uso inadecuado de la red que 00:04:27
puedan generar fenómenos de violencia sexual contra los niños y adolescentes, como el 00:04:32
ciberbullying, el grooming, la ciberviolencia de género o sexting, así como el acceso 00:04:37
y consumo de pornografía entre menores de edad. En este bloque de normas debemos hacer 00:04:43
referencia también a la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de 00:04:47
Género y a la Ley de Fomento de la Educación y la Cultura de la Paz. A su vez, dentro de 00:04:52
estas fuentes inespecíficas, ya en el contexto de la Comunidad de Madrid, han de destacarse 00:04:58
las siguientes. La Ley de Garantías de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia de la 00:05:02
Comunidad de Madrid, dicha ley establece que las acciones que se promuevan por las 00:05:08
administraciones públicas para la atención de la infancia y la adolescencia deberán 00:05:13
responder a los siguientes principios. Deberá primar el interés superior del menor sobre 00:05:18
cualquier otro interés. Deberá velarse por el pleno ejercicio de los derechos subjetivos 00:05:23
del menor y, en todo caso, el derecho a ser oído en cuantas decisiones le incumben, en 00:05:28
los términos establecidos en el Código Civil y deberá eliminarse cualquier forma de discriminación 00:05:33
y garantizarse el carácter eminentemente educativo de cuantas medidas se adopten para 00:05:39
que partiendo de la individualidad del menor se procure su socialización. En este bloque 00:05:45
de normas debemos hacer referencia también a la Ley 2 barra 2010 de Autoridad del Profesor. 00:05:50
Esta norma responde a la necesidad objetiva de adoptar medidas legales para reforzar la 00:05:57
autoridad de maestros y profesores con el fin de garantizar el derecho 00:06:02
individual a la educación, mejorar la convivencia en los centros educativos y 00:06:06
aumentar la calidad de la enseñanza. Debemos citar también la ley de 00:06:11
identidad y expresión de género e igualdad social y no discriminación y la 00:06:15
ley de protección integral contra la LGTBI-fobia y la discriminación por 00:06:20
razón de orientación e identidad sexual, así como las instrucciones de la 00:06:25
Dirección General de Centros Docentes relativas a la elaboración y revisión del Plan de 00:06:30
Atención a la Diversidad en los centros educativos sostenidos con fondos públicos que imparten 00:06:34
enseñanzas de educación infantil, primaria y secundaria de 19 de julio de 2005. 00:06:40
A continuación vamos a enumerar las fuentes específicas, es decir, aquellas que hacen 00:06:46
alusión directa a la convivencia en los centros. De nuevo se diferenciará entre aquellas normas 00:06:51
que tienen ámbito nacional y aquellas otras que tienen ámbito autonómico. Entre las 00:06:56
fuentes específicas de ámbito nacional, cabe destacar la Constitución Española de 00:07:01
1978, la Ley Orgánica 8-85 de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. Una 00:07:06
ley que, aunque tenga ya más de tres décadas, sigue siendo un referente fundamental a la 00:07:14
hora de velar por el funcionamiento de la comunidad educativa. La Ley Orgánica 2-2006 00:07:18
de 3 de mayo de Educación, en su texto consolidado con las modificaciones introducidas por la 00:07:25
Ley Orgánica 3 barra 2020 de 29 de diciembre, en su articulado, esta Ley Orgánica introduce 00:07:30
el plan de convivencia como instrumento fundamental para mantener un adecuado clima en los centros, 00:07:36
debiendo elaborarse desde los principios de no discriminación e inclusión educativa. 00:07:42
El cumplimiento de este plan de convivencia lo han de garantizar las normas de organización 00:07:46
y funcionamiento de los centros, considerándose que serán de obligado cumplimiento para el 00:07:51
conjunto de la comunidad educativa. Y atribuye competencias sobre la convivencia al consejo 00:07:55
escolar, al claustro de profesores y a la dirección del centro. No debemos olvidar 00:08:01
en este bloque de normas el Real Decreto 83-96, por el que se aprueba el reglamento orgánico 00:08:06
de los institutos de educación secundaria, y los Reales Decretos 1532 y 1533-86 de 11 00:08:12
de julio, por los que se regulan las asociaciones de alumnos y las asociaciones de padres de 00:08:19
alumnos. 00:08:24
Entre las fuentes específicas dentro de la Comunidad de Madrid ha de citarse la que será 00:08:25
nuestra norma estrella a lo largo de este bloque de contenidos, el Decreto 32 barra 00:08:29
2019, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes 00:08:34
de la Comunidad de Madrid. 00:08:40
El Decreto 32 es una norma con escasos años de vigencia y que a su vez es el resultado 00:08:41
de la fusión y reorganización de diferentes fuentes normativas que ya hemos citado, tanto 00:08:46
de ámbito nacional como autonómico. Se trata de una norma que, por así decir, ordena el 00:08:52
conjunto de aspectos que resultan fundamentales para regular la convivencia en cualquier centro 00:08:57
educativo y que, por ello, debe resultar transparente y accesible para todos los miembros de la 00:09:02
comunidad educativa. Finalizamos esta sesión con el estudio preliminar 00:09:08
de este decreto, que abarca los artículos 1 y 2. El artículo 1, relativo al objeto 00:09:12
y ámbito de aplicación de este decreto, establece que tiene por objeto regular la 00:09:18
convivencia escolar, concretar los derechos y deberes de los miembros de la comunidad 00:09:22
educativa, así como establecer las normas y procedimientos para la resolución de los 00:09:26
conflictos en el marco de la autonomía de los centros. A continuación, en los apartados 00:09:31
segundo y tercero establece cuál será su ámbito de aplicación y a este respecto se 00:09:36
afirma que será de aplicación tanto en los centros públicos como en los centros privados 00:09:42
concertados que impartan enseñanzas no universitarias, excluyendo explícitamente en las líneas 00:09:46
subsiguientes a los centros privados no concertados. El artículo 2 hace referencia a los principios 00:09:52
generales de la convivencia escolar y asegura que la Comunidad de Madrid se inspira en el 00:09:58
artículo 120 del Aloe para confeccionarlos y enumerarlos. Estos principios generales de la 00:10:03
convivencia escolar son los siguientes. La participación y la responsabilidad compartida, 00:10:09
sociedad, comunidad educativa, el reconocimiento de la labor y autoridad del profesorado, tutores y 00:10:15
de los miembros de los equipos directivos en la convivencia escolar y la necesaria protección 00:10:21
jurídica a sus funciones, la autonomía de los centros para definir, impulsar y evaluar su propio 00:10:26
marco de convivencia dentro de las disposiciones vigentes, la integración de la convivencia 00:10:32
dentro del proceso de enseñanza-aprendizaje, el compromiso con la prevención y eliminación 00:10:37
del acoso escolar y ciberacoso, tanto dentro como fuera de las aulas, la resolución pacífica 00:10:42
de los conflictos y el rechazo a cualquier forma de violencia y la protección a las 00:10:48
víctimas. Observamos, por tanto, que el Decreto 32-2019 recoge principios generales y aspectos 00:10:54
también incluidos en otras normas. Finalizamos aquí la exposición del marco introductorio 00:11:02
relativo a este bloque de contenidos y advertir finalmente que en los próximos vídeos continuaremos 00:11:07
profundizando en el estudio del Decreto 32 barra 2019 de 9 de abril. Muchas gracias. 00:11:13
Autor/es:
CRIF LAS ACACIAS
Subido por:
tic.ismie
Licencia:
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Visualizaciones:
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Fecha:
21 de febrero de 2022 - 12:23
Visibilidad:
Clave
Centro:
ISMIE
Duración:
11′ 32″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1280x720 píxeles
Tamaño:
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