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Evaluación de riesgos laborales - Contenido educativo

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Subido el 27 de abril de 2020 por José Luis C.

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La Ley 15.95 de Prevención de Riesgos Laborales, de 31 de diciembre, y el Reglamento 39.97 de los Servicios de Prevención, de 17 de enero, establecen la obligación de evaluar los riesgos, de hacer una evaluación de riesgos. 00:00:00
Es una obligación que se impone a todas las empresas y que se indica expresamente que es la primera actividad que tiene que realizar el empresario. 00:00:17
La evaluación debe de ser actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo, en cualquier momento en que cambien, 00:00:24
y en su caso se someterá a consideración o se revisará, si es necesario, en función de los daños para la salud que se hayan llegado a producir. 00:00:29
También se deben realizar controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores para detectar situaciones potencialmente peligrosas. 00:00:37
Una vez hechos estos controles, se deberán realizar las actividades de prevención necesarias para hacer frente a los riesgos que hayan aparecido en los controles, 00:00:45
Es decir, deberemos hacer una evaluación de riesgos inicial, posteriormente realizaremos evaluaciones, controles periódicos de las condiciones de trabajo y si en algún momento aparece algún evento dañoso, se actualiza algún tipo de riesgo, etcétera, etcétera, o aparece algún tipo de riesgo, deberemos también revisar la evaluación de riesgo realizada. 00:00:52
El objetivo de la evaluación no es otro que, en primer lugar, eliminar y reducir el riesgo mediante determinadas técnicas como pueden ser las medidas de prevención en origen, 00:01:13
las medidas organizativas, las medidas de protección colectiva y de protección individual, en el bien entendido de que las medidas de protección colectiva son prioritarias con respecto a las medidas de protección individual 00:01:22
y las medidas de formación e información de los trabajadores. 00:01:32
El segundo gran objetivo de la evaluación es controlar periódicamente las condiciones de trabajo, la organización y los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores. 00:01:35
El contenido de la evaluación es el relativo a las condiciones de trabajo existentes, siendo puesto por puesto. 00:01:46
No es válida una evaluación de riesgos laborales que sea genérica, que se refiera a todos los puestos de la empresa o a todos los trabajadores indiferenciadamente, 00:01:53
sino que tendremos que ir puesto por puesto y además el otro contenido es la posibilidad o la posibilidad de que el trabajador sea especialmente sensible. 00:02:01
Hay determinados trabajadores que son especialmente sensibles como pueden ser los trabajadores que dependen de empresas de trabajo temporal, 00:02:11
los trabajadores temporales o eventuales, las trabajadoras embarazadas o los trabajadores que son especialmente sensibles a determinados daños 00:02:19
como pueden ser las personas en relación con el COVID-19, por ejemplo, que tengan determinadas patologías previas o que tengan un sistema inmune deprimido. 00:02:25
Deben volver a evaluarse los puestos de trabajo afectados por determinadas causas, como por ejemplo la elección de nuevos equipos de trabajo, 00:02:35
sustancias o preparados químicos, la introducción de nuevas tecnologías o la modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo. 00:02:41
También deben volver a evaluarse los puestos de trabajo cuando se produzcan cambios en las condiciones de trabajo 00:02:48
o cuando se produzca la incorporación de un trabajador especialmente sensible. 00:02:53
Con esto hemos dado unas pinceladas de inicio de lo que puede ser la evaluación de riesgos laborales. 00:02:57
Podríamos profundizar más en un posterior vídeo. 00:03:02
Materias:
Hostelería, Turismo
Niveles educativos:
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      • Segundo Curso
Autor/es:
José Luis Carretero Miramar
Subido por:
José Luis C.
Licencia:
Reconocimiento - No comercial - Compartir igual
Visualizaciones:
86
Fecha:
27 de abril de 2020 - 15:56
Visibilidad:
Público
Centro:
IES ESC.SUP.DE HOSTELERIA Y TURISMO
Duración:
03′ 07″
Relación de aspecto:
1.82:1
Resolución:
640x352 píxeles
Tamaño:
40.40 MBytes

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