José Mª Lozano Deberes profesorado 1
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Me corresponde desarrollar el módulo denominado
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Deberes del profesorado y de ontología profesional docente.
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Como principio de esta presentación, para ubicarla en el contexto más general y próximo vuestro
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y aprovechando mi incorporación a esta actividad formativa,
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quisiera trasladaros algunas ideas que considero muy interesantes
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y que añadirán, o eso espero, elementos de reflexión y contenido al propio capítulo.
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En primer lugar, quisiera felicitaros por vuestro éxito en este procedimiento selectivo.
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Esa felicitación, de la que no soy más que un eslabón perdido y hasta ahora desconocido,
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pone en valor vuestra tenacidad, constancia y, si me lo permitís, también vuestro sacrificio.
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Habéis demostrado que sois los mejores entre todos los candidatos
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y ese motivo de alegría y de satisfacción os ha puesto en un punto de mira importante.
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Os habíais propuesto un objetivo y lo habéis conseguido.
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No entraré en la motivación que os ha conducido a enfrentaros a este reto.
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Se podría hablar de vocación docente, no es un término muy alejado del constructo académico.
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Se podrá hablar también del objetivo de lograr una forma digna de ganarse la vida.
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Se podrá hablar incluso del reconocimiento social de la docencia
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Puede haber un estudio histórico comparado de este concepto bastante interesante
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Se podrían hablar en suma de muchas motivaciones
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en las que, como os digo, no voy ni debo entrar
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En otro orden de cosas, cada uno de vosotros sabéis realmente
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cuál ha sido el esfuerzo para conseguir esta meta
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en un entorno temporal que ha podido dinamitar muchas esperanzas.
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Una pandemia provocó el retraso en el procedimiento selectivo
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y pudo provocar desazón y reorganización de las planificaciones de estudio.
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Puede que a unos os haya costado más que a otros
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y es posible que haya también opositores que se hayan visto afortunados por la varita de la diosa fortuna.
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Son estos otros elementos también a tener en cuenta y que solo sabéis cada uno de vosotros.
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Y por último, hay otro concepto que desde la experiencia personal, no se os escapa que yo también he superado distintos procedimientos selectivos, considero también muy importante.
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y es la convicción de que este éxito es también fruto de lo que denomino como un trabajo cooperativo.
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Es decir, un proyecto en el que sois vosotros los protagonistas,
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pero en el que de alguna forma y de distintas maneras hay otras personas cercanas a vosotros
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que han participado, han coadyuvado en la consecución de esa meta,
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de distintas formas, con distinto peso, de diversa forma.
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Serán vuestras parejas, vuestros hijos, vuestros padres, vuestros amigos,
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quienes han asumido una tarea añadida, quizá también la ausencia de vuestra compañía
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para que vosotros pudierais centrar el esfuerzo en el estudio y la preparación.
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Solo vosotros sabéis hasta qué punto y de qué forma esta meta es fruto
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de lo que he denominado como trabajo cooperativo.
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Vaya también mi felicitación a todas esas personas que no visualizarán este vídeo,
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pero que sin lugar a dudas han estado ahí.
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Estos contenidos son los que me atrevo a denominar como intangibles,
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elementos no suficientemente delimitados,
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pero que aportan su peso específico en la consecución de un objetivo.
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pero hay otros elementos que también debo trasladaros. Me vais a permitir que intente
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hilvanarlos sencillamente. Por una parte, vuestra decisión para participar en este procedimiento
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selectivo se ha desarrollado de forma voluntaria. Tengo la seguridad general de que ha sido así.
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Nadie se ha visto obligado o con una pistola en el pecho para presentarse y realizar el estudio
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necesario. Puntualizo que he utilizado el término de seguridad general. Os aseguro
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que como inspector de educación he tenido conocimiento de distintas situaciones en las
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que se puede llegar a poner en duda este discurso, pero me vais a permitir que el debido sigilo
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o el secreto profesional me impida desarrollar este delicado tema. Por otra parte, habéis
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optado por una carrera profesional vinculada a la administración pública. Ese contexto
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profesional tiene también sus peculiaridades y características que debéis ir conociendo,
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pues supone un cúmulo de derechos y de deberes, cuidado que ya empezamos con el desarrollo
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de alguno de los contenidos de este capítulo, la opción de ingreso en una administración
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y en el entorno de un cuerpo de funcionarios, un cuerpo docente,
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os encamina hacia un contexto en el que el empleador es la propia administración.
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Sois funcionarios, cuya definición deberá ser profesional que funciona,
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que desarrolla con éxito la función que se le ha asignado
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y como contrapartida se dispone de derechos,
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entre los que se encuentra por ejemplo que vuestro sueldo salen de los
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presupuestos generales de una administración pública
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el entorno laboral nos otorga una serie de derechos y obligaciones que no
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podemos dejar de lado y en tercer lugar habéis optado por el desarrollo
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profesional vinculado a la docencia ese entorno también tiene sus peculiaridades
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que no puedo dejar de introducirlos. La educación de una sociedad organizada en un sistema educativo
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tiene muchas finalidades. Una de ellas es de carácter histórico, o lo entiendo así como
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dar continuidad a los contenidos, criterios y principios de una sociedad y proyectarlos
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hacia el futuro. Dar continuidad a la sociedad. Otra de ellas es el objetivo de procurar el
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desarrollo personal y profesional de los alumnos, sacar el máximo partido de sus potencias y de
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esta forma procurar su felicidad, pues un sujeto que implemente y desarrolla todas sus capacidades
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se sentirá satisfecho y feliz e integrado como activo válido en la sociedad y como elemento
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necesario junto al resto de miembros de la sociedad. Y no menos importante, de esta forma
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procurar el progreso y renovación social hacia un horizonte común de progreso, desarrollo,
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avance, mejora de la sociedad de la que formamos parte. No sabemos cómo será la sociedad del siglo
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22. Es posible que no lleguemos a disfrutarla, pero sin lugar a dudas, desde los centros
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educativos estamos poniendo los pilares, la simiente y las bases del progreso de esa sociedad.
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Todo este contexto es el que debemos tener en cuenta a fin de entender el entorno en
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el que vamos a desarrollar nuestra labor, nuestra importante labor. En la descripción
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de esos deberes y obligaciones como empleados públicos, vuestra situación como recién
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incorporados, os coloca en un escenario inmejorable, pues podéis enfrentaros a vuestros propios
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deseos y exigencias. Me explico. Por una parte, os sitúa en una situación de crítica formativa
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en vuestros equipos docentes. Podéis concluir cuáles son los compañeros que sean mejores
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modelos que otros, sin desmerecer a ninguno, por supuesto. Y por otra, sois vosotros vuestro
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propio referente. Cuando haya dudas de cómo atender a un destinatario, también podéis
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utilizar el criterio de cómo os gustaría que os trataran a vosotros, como alumno, como
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padre, como ciudadano, cuyos impuestos sirven también para abonar el sueldo de los docentes.
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Esta situación considero que es privilegiada, pues aporta unos elementos reflexivos que
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enriquecen vuestra labor profesional. Entrando ya en harina y a fin de exponer el contexto
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de nuestros deberes, los deberes del profesorado, pues ese es uno de los elementos titulares
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de este módulo, debemos tener muy presente esos contextos que antes os he mencionado.
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El contexto administrativo, como servidores públicos, y el contexto docente. Los dos
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contextos conforman y delimitan el marco de los deberes que nos afectan. El artículo
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103 de nuestra Constitución de 1978, la Constitución Española, ubicado en el título cuarto denominado
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del gobierno y de la administración establece. La administración pública sirve con objetividad
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los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía,
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descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al derecho.
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Ya tenemos, al más alto nivel, unos principios que delimitarán el desarrollo de nuestros deberes. Me centraré brevemente en algunos.
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Servir los intereses generales, pues la educación y el progreso de la sociedad es un interés que tenemos como colectivo.
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Lo debemos hacer de forma eficaz, consiguiendo el objetivo y el efecto que se desea o se espera,
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es decir, el máximo desarrollo de los alumnos.
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Lo hacemos en un entorno jerárquico, con distintos niveles y distintas responsabilidades.
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Los órganos superiores, el director de área territorial, los equipos directivos, los jefes de departamento…
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no se os escapa que muchos de vosotros, tarde o temprano, terminaréis asumiendo responsabilidades directivas en los centros educativos,
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por lo que deberéis liderar esos principios y esas responsabilidades.
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Y finalizo con el principio de coordinación, y este principio a muchos niveles.
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La labor docente que se desarrolla en los centros no puede entenderse como labor individualizada, personal.
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La labor es y debe ser coordinada.
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El techo de cristal del sistema educativo no es la formación de cada docente, entendida como elemento individual,
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sino la capacitación grupal, es decir, la intervención coordinada de un equipo docente
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que desdibuja los departamentos y se conforma en equipo de centro para intervenir de forma global
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entre la cohorte de alumnos. Esa será la mejor forma de sacar el máximo provecho de las capacidades
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de los alumnos. Este término, que ya ha salido varias veces, el del pleno desarrollo de la
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personalidad y de las capacidades de los alumnos es el recogido en el artículo 2, fines, de nuestra
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ley orgánica de educación. Y ahora, debo recordaros el último elemento de los recogidos en el citado
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artículo 103 de nuestra Constitución, con sometimiento pleno a la ley y al derecho, con el cumplimiento
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de las normativas y disposiciones reglamentarias a todos los niveles. Pero no solo. Vamos a
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ir descubriendo este tejido de deberes y normas y disposiciones que delimitan nuestro trabajo.
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En nuestro contexto, como personal de las administraciones públicas, podemos centrarnos
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en lo que ha establecido el capítulo VI, Deberes de los Empleados Públicos, del Real
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Decreto Legislativo 5-2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de
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la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, del denominado EBEB. Permitidme que os señale
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aquellos aspectos más nucleares. Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia
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las tareas que tengan asignadas. Velarán los intereses generales con sujeción y observancia
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de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico. Actuarán con arreglo a los siguientes
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principios. Objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad,
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dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez,
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promoción del entorno cultural y medioambiental y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres.
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Cada uno de esos términos, recogidos literalmente en el artículo 52 del Estatuto Básico del Empleado Público,
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de nuestro estatuto básico como empleados públicos podría provocar un desarrollo en
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módulos concretos que no podemos hacer. Pero sí os invito a reflexionar sobre ellos para
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descubrir cuál es el posible alcance. Y no puedo dejar de puntualizar que ese artículo da tanta
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importancia a esos principios que finaliza señalando que los principios y reglas establecidas
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en este capítulo informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los
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empleados públicos. El estudio del régimen disciplinario, que forma parte de otro capítulo
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de esta actividad formativa, debe ser entendido como una garantía para la sociedad en el desarrollo
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de los deberes que tenemos como empleados públicos. Por eso, unificando los conceptos
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de administración pública y entorno educativo, nunca me cansaré de delimitar que si la labor
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docente es importante en una sociedad, la que se desarrolla en un entorno público vinculado
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a las administraciones públicas debe ser mucho más importante. Seguidamente, ese capítulo
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sexto de nuestro Estatuto Básico como empleados públicos establece dos términos muy vinculados
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con la temática de este módulo, los principios éticos y los principios de conducta. En relación
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a los principios éticos, el artículo 53 establece un marco que debemos tener permanentemente
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presente en nuestra labor. El respeto a la Constitución y al resto de normas, la búsqueda
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de la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos orientadas hacia la imparcialidad
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y el interés común. El desarrollo bajo los principios de lealtad y buena fe con la Administración
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y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos. El respeto de los derechos
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fundamentales y libertades públicas, evitando cualquier discriminación por razón de nacimiento,
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origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión,
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discapacidad, edad o cualquier otra circunstancia o condición personal o social. La abstención en
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asuntos en los que tenga un interés personal. La no aceptación de ningún trato de favor o
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situación que implique privilegio o ventaja injustificada. La actuación con los principios
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de eficacia, economía y eficiencia, vigilando la consecución del interés general y el cumplimiento
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de los objetivos de la organización. El cumplimiento con diligencia de todas las tareas que nos
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correspondan o se nos encomiende. El ejercicio de las atribuciones según los principios de
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dedicación a servicio público, absteniéndonos de cualquiera que comprometa la neutralidad en
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el ejercicio de los servicios públicos. Guardar secreto en las materias clasificadas y mantener
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la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcamos por razón de nuestro puesto.
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Y en relación al artículo 54, principios de conducta o señal.
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Tratar con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos.
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Desempeñar las tareas del puesto de trabajo de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecido.
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2. Obedecer las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una interacción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso se deberán poner inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.
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3. Informar a los ciudadanos de los asuntos que tengan derecho a conocer, facilitando el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
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Administrar los recursos y bienes públicos con austeridad, velar también por su conservación
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Rechazar cualquier regalo, favor o servicio que vaya más allá de los usos habituales de cortesía
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Garantizar la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables
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Mantener actualizada su formación y cualificación. Este apartado está perfectamente vinculado con el capítulo 3 del título 3º de la Ley Orgánica de Educación. En concreto, el artículo 102 habla de la formación del profesorado como derecho y como deber.
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También observar las normas sobre seguridad y salud laboral y poner en conocimiento de los superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en las que estemos destinados.
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Es decir, colaborar en la mejora de la organización.
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Este compendio de principios éticos y principios de conducta son una buena introducción para adentrarlos en los deberes como profesores y para introducirnos en la deontología profesional docente que desarrollaremos en el siguiente capítulo.
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