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Susana Rodríguez

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Subido el 12 de febrero de 2022 por tic.ismie

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Mi nombre es Susana Rodríguez y en este bloque de contenidos incluiremos tres videotutoriales 00:00:07
sobre la convivencia en los centros educativos. A continuación se procederá a hacer un breve 00:00:12
estudio de conjunto sobre la normativa que regula la convivencia escolar a nivel estatal 00:00:17
y autonómico y sobre una norma en concreto, el Decreto 32 barra 2019 de 9 de abril, por 00:00:22
el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de 00:00:29
la Comunidad de Madrid. Siguiendo las cuestiones preliminares de esta última norma, uno de los 00:00:33
retos más importantes con los que se enfrenta la sociedad es el de capacitar a sus ciudadanos para 00:00:39
el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, así como para la prevención de conflictos y su 00:00:44
resolución pacífica. Este reto se vuelve más importante cuando nos encontramos en una sociedad 00:00:50
cambiante y cada vez más globalizada. De ahí que dispongamos de un amplio marco normativo que 00:00:56
regula la convivencia en los centros. Comenzaremos pues hablando sobre las fuentes externas, 00:01:02
es decir, aquella normativa que se ha creado fuera de nuestras fronteras y que España 00:01:09
ha asumido como propia, ya sea por la firma de tratados bilaterales, la pertenencia a 00:01:13
la Unión Europea o su adhesión a cualquier organismo internacional. Entre ellas debemos 00:01:19
citar la Declaración de Incheon para la Educación 2030, cuyo contenido pretende garantizar una 00:01:24
educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de 00:01:30
aprendizaje para todos durante toda la vida. La Convención de los Derechos del 00:01:35
Niño de Naciones Unidas, en la que se recoge la consideración del menor como 00:01:40
un sujeto con derechos y por ello objeto de cuidado y protección. La Convención 00:01:44
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, el 00:01:49
Comité de los Derechos del Niño número 55 y las conclusiones de la Unión 00:01:53
Europea de 22 de septiembre de 1997 de seguridad en las escuelas. En ella se hace un llamamiento 00:01:58
a los Estados miembros para que prosigan y en caso necesario mejoren sus actividades 00:02:07
de fomento de seguridad en las escuelas, implementando estrategias de intercambio de información 00:02:12
y experiencias y creando proyectos piloto. Ya expuestas las fuentes externas, a continuación 00:02:18
se analizarán las internas, es decir, aquellas normas que han sido elaboradas dentro de nuestras 00:02:25
fronteras, diferenciando a su vez entre su carácter inespecífico o transversal y específico. 00:02:30
Asimismo, se diferenciará entre aquellas normas que han sido elaboradas en el marco 00:02:37
normativo de la Administración General del Estado y aquellas que han sido aprobadas por 00:02:41
la Comunidad de Madrid. Pues bien, dentro de las fuentes internas inespecíficas, en 00:02:46
el ámbito de la Administración General del Estado debe hacerse alusión a las siguientes. 00:02:52
La Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, la Ley Orgánica para la Igualdad 00:02:57
Efectiva de Mujeres y Hombres, la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía 00:03:04
de Derechos Digitales, la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y a la 00:03:11
Adolescencia frente a la Violencia. Este texto de reciente aprobación introduce 00:03:16
modificaciones en diversas normas, como por ejemplo la Ley Orgánica de Protección Jurídica 00:03:21
del Menor. En dicha ley se regula la sensibilización, prevención y detección precoz de la violencia 00:03:26
infantil. Recoge la obligación de la Administración General del Estado de disponer de una estrategia 00:03:33
de erradicación de la violencia sobre la infancia y la adolescencia, con especial incidencia 00:03:39
en el ámbito familiar, educativo, sanitario, de los servicios sociales y de las nuevas 00:03:44
tecnologías. Respecto a la prevención de la violencia en los centros educativos, se 00:03:50
completa el marco establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica de Educación de 2006, 00:03:55
al establecer, junto con el plan de convivencia allí previsto, la necesidad de protocolos 00:04:01
específicos de actuación frente a indicios de abuso y maltrato, acoso escolar, ciberacoso, 00:04:06
acoso sexual, violencia de género y cualquier otra forma de violencia. El capítulo dedicado 00:04:13
a las nuevas tecnologías, promueve un uso seguro y responsable de Internet por parte 00:04:18
de los niños, adolescentes, las familias y profesionales que trabajan con menores de 00:04:23
edad. Y se prevé el desarrollo de campañas educativas sobre los riesgos derivados de 00:04:28
un uso inadecuado de la red, que puedan generar fenómenos de violencia sexual contra los 00:04:33
niños y adolescentes, como el ciberbullying, el grooming, la ciberviolencia de género 00:04:38
o sexting, así como el acceso y consumo de pornografía entre menores de edad. 00:04:43
En este bloque de normas debemos hacer referencia también a la Ley de Medidas de Protección 00:04:49
Integral contra la Violencia de Género y a la Ley de Fomento de la Educación y la 00:04:53
Cultura de la Paz. 00:04:58
A su vez, dentro de estas fuentes inespecíficas, ya en el contexto de la Comunidad de Madrid, 00:04:59
han de destacarse las siguientes. 00:05:05
La Ley de Garantías de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. 00:05:07
Dicha ley establece que las acciones que se promuevan por las administraciones públicas 00:05:12
para la atención de la infancia y la adolescencia deberán responder a los siguientes principios. 00:05:17
Deberá primar el interés superior del menor sobre cualquier otro interés. 00:05:23
Deberá velarse por el pleno ejercicio de los derechos subjetivos del menor y, en todo 00:05:28
caso, el derecho a ser oído en cuantas decisiones le incumben, en los términos establecidos 00:05:33
en el Código Civil y deberá eliminarse cualquier forma de discriminación y garantizarse el 00:05:38
carácter eminentemente educativo de cuantas medidas se adopten para que partiendo de la 00:05:44
individualidad del menor se procure su socialización. En este bloque de normas debemos hacer referencia 00:05:49
también a la Ley 2.2010 de Autoridad del Profesor. Esta norma responde a la necesidad 00:05:55
objetiva de adoptar medidas legales para reforzar la autoridad de maestros y profesores con 00:06:02
el fin de garantizar el derecho individual a la educación, mejorar la convivencia en 00:06:07
los centros educativos y aumentar la calidad de la enseñanza. 00:06:12
Debemos citar también la Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social 00:06:16
y no Discriminación y la Ley de Protección Integral contra la LGTBI-Fobia y la Discriminación 00:06:21
por Razón de Orientación e Identidad Sexual, así como las instrucciones de la Dirección 00:06:28
general de centros docentes relativas a la elaboración y revisión del Plan de Atención 00:06:33
a la Diversidad en los centros educativos sostenidos con fondos públicos que imparten 00:06:38
enseñanzas de educación infantil, primaria y secundaria de 19 de julio de 2005. 00:06:43
A continuación vamos a enumerar las fuentes específicas, es decir, aquellas que hacen 00:06:49
alusión directa a la convivencia en los centros. De nuevo se diferenciará entre aquellas normas 00:06:54
que tienen ámbito nacional y aquellas otras que tienen ámbito autonómico. 00:06:59
Entre las fuentes específicas de ámbito nacional cabe destacar la Constitución 00:07:04
Española de 1978, la Ley Orgánica 8 barra 85 de 3 de julio, reguladora del 00:07:08
derecho a la educación. Una ley que aunque tenga ya más de tres décadas 00:07:15
sigue siendo un referente fundamental a la hora de velar por el funcionamiento 00:07:19
de la comunidad educativa. La Ley Orgánica 2 barra 2006 de 3 de mayo de 00:07:23
educación. En su texto consolidado con las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 00:07:29
3 barra 2020 de 29 de diciembre, en su articulado, esta ley orgánica introduce el plan de convivencia 00:07:34
como instrumento fundamental para mantener un adecuado clima en los centros, debiendo 00:07:41
elaborarse desde los principios de no discriminación e inclusión educativa. El cumplimiento de 00:07:45
este plan de convivencia lo han de garantizar las normas de organización y funcionamiento 00:07:51
de los centros, considerándose que serán de obligado cumplimiento para el conjunto 00:07:55
de la comunidad educativa. Y atribuye competencias sobre la convivencia al consejo escolar, al 00:07:59
claustro de profesores y a la dirección del centro. No debemos olvidar en este bloque 00:08:06
de normas el Real Decreto 83 barra 96, por el que se aprueba el reglamento orgánico 00:08:10
de los institutos de educación secundaria, y los Reales Decretos 1532 y 1533 barra 86 00:08:15
de 11 de julio por los que se regulan las asociaciones de alumnos y las asociaciones 00:08:22
de padres de alumnos. Entre las fuentes específicas dentro de la Comunidad de Madrid ha de citarse 00:08:27
la que será nuestra norma estrella a lo largo de este bloque de contenidos, el Decreto 32 00:08:33
barra 2019, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros 00:08:38
docentes de la Comunidad de Madrid. El Decreto 32 es una norma con escasos años de vigencia 00:08:43
y que a su vez es el resultado de la fusión y reorganización de diferentes fuentes normativas 00:08:48
que ya hemos citado, tanto de ámbito nacional como autonómico. 00:08:54
Se trata de una norma que, por así decir, ordena el conjunto de aspectos que resultan 00:08:58
fundamentales para regular la convivencia en cualquier centro educativo y que por ello 00:09:03
debe resultar transparente y accesible para todos los miembros de la comunidad educativa. 00:09:08
Finalizamos esta sesión con el estudio preliminar de este decreto, que abarca los artículos 00:09:13
1 y 2. El artículo 1, relativo al objeto y ámbito de aplicación de este decreto, 00:09:18
establece que tiene por objeto regular la convivencia escolar, concretar los derechos 00:09:24
y deberes de los miembros de la comunidad educativa, así como establecer las normas 00:09:28
y procedimientos para la resolución de los conflictos en el marco de la autonomía de 00:09:33
los centros. A continuación, en los apartados segundo y tercero, establece cuál será su 00:09:37
ámbito de aplicación y a este respecto se afirma que será de aplicación tanto en los 00:09:43
centros públicos, como en los centros privados concertados, que impartan enseñanzas no universitarias, 00:09:48
excluyendo explícitamente en las líneas subsiguientes a los centros privados no concertados. 00:09:54
El artículo 2 hace referencia a los principios generales de la convivencia escolar y asegura 00:10:00
que la Comunidad de Madrid se inspira en el artículo 120 del ALOE para confeccionarlos 00:10:05
y enumerarlos. Estos principios generales de la convivencia escolar son los siguientes. 00:10:10
La participación y la responsabilidad compartida, sociedad, comunidad educativa 00:10:15
El reconocimiento de la labor y autoridad del profesorado, tutores y de los miembros de los equipos directivos en la convivencia escolar 00:10:21
y la necesaria protección jurídica a sus funciones 00:10:28
La autonomía de los centros para definir, impulsar y evaluar su propio marco de convivencia dentro de las disposiciones vigentes 00:10:31
La integración de la convivencia dentro del proceso de enseñanza-aprendizaje 00:10:39
el compromiso con la prevención y eliminación del acoso escolar y ciberacoso, tanto dentro 00:10:43
como fuera de las aulas, la resolución pacífica de los conflictos y el rechazo a cualquier 00:10:48
forma de violencia y la protección a las víctimas. Observamos, por tanto, que el Decreto 00:10:56
32-2019 recoge principios generales y aspectos también incluidos en otras normas. Finalizamos 00:11:01
aquí la exposición del marco introductorio relativo a este bloque de contenidos. Y advertir 00:11:09
finalmente que en los próximos vídeos continuaremos profundizando en el estudio del Decreto 32 00:11:15
barra 2019 de 9 de abril. Muchas gracias. 00:11:20
Autor/es:
CRIF LAS ACACIAS
Subido por:
tic.ismie
Licencia:
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Fecha:
12 de febrero de 2022 - 19:35
Visibilidad:
Clave
Centro:
ISMIE
Duración:
11′ 32″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
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Tamaño:
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