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1ª Sesión: El funcionario docente como empleado público
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Alfonso Villarán Adánez
...duramente en un momento además que es especialmente complejo, porque habéis elegido un año para estar particularmente difícil.
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Y todavía tenéis los arrestos y el valor de afrontar una tarde de trabajo como la que toca ahora,
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pero no deja de ser un trabajo añadido.
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Pero bueno, ya que estamos y veo que el entusiasmo compensa de sobra todas las dificultades,
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bueno, vamos a poner a trabajo.
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Yo generalmente cuando empiezo un curso siempre hago alguna pregunta. Hoy no voy a osar hacer la pregunta para encontrar respuesta porque soy el 130 y para responder el 130 podríamos tener ya simplemente la tarde dedicada a esto.
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Pero siempre pregunto a la gente por qué tiene interés o por qué ha querido dar el paso a ser la primera.
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generalmente cuando hago esta pregunta
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la mayor parte de la gente responde con
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una serie de
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planteamientos preciosos
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muy bonitos, el querer cambiar el mundo
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el querer ayudar a los jóvenes
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el querer ayudar a los niños
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el acercarse a personas que todavía están
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por modelar, por hacer
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la segunda que hago es
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¿por qué de la etapa? y entonces ya
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hay gente que tiene más dificultades para
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explicar
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la aventura de trabajar con niños tan pequeños
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en tránsito de
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una etapa
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de niños muy pequeños
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a casi adolescentes como es la primaria
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ya cuando
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preguntan los que están en secundaria
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porque adolescentes generalmente la respuesta suele ser
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lo más pintoresco
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pero muy interesante y siempre dentro del altruismo
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todo se complica
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cuando haces la tercera pregunta
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¿y por qué funcionario?
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entonces ya
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la cosa cambia, porque pasamos generalmente de altruismo a una cuestión algo más pragmática.
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Bueno, lo que nos toca hoy, y además me toca a mí casi siempre este tipo de situaciones,
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con esto que desempeño, es la parte generalmente menos amable.
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La parte menos amable porque muchas veces está directamente involucrada con aspectos
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que al ciudadano en general, y particularmente al docente, le despiertan cierta fobia.
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Como puede ser la consulta del boletín oficial. La consulta del boletín oficial generalmente da un poquito de alergia. Veo por aquí que se entrecorta, que alguno no me escucha bien. Voy a intentar subirle el volumen. ¿Se escucha algo mejor ahora?
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pregunta también alguien si esto va solamente para maestros
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no, es para maestros, para profesores de secundaria
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para personas que dan clases en FP
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para personas que incluso que dan clases y quieren
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en escuelas de idiomas, en principio el curso está abierto
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a los profesores en su primer año
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no se distingue etapas, por eso
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a lo mejor es más complicado el aunar, los casos prácticos
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que hemos planteado para hoy son precisamente para
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que todo el mundo los pueda
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solventar. Y no hemos hecho
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ningún específico ni para primaria, ni para
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secundaria, ni para enseñanza del régimen.
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Bueno, como os decía,
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nos toca
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un paseo por el apasionante mundo de la
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legislación y esto, en general,
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suele mantener una cierta
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distancia. Pero bueno,
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a fin de cuentas nos vamos a mover
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en un ambiente
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en el que vamos a necesitar
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conocer cuáles son
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nuestras competencias, cuáles son
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nuestros derechos, cuáles son nuestras obligaciones y esto es importante que lo conozcan. Así
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que, sin más preámbulos, yo voy a empezar a compartir con vosotros lo que vamos a ver.
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Vamos a tener aquí directamente las diapositivas y en cualquier caso, si alguien tiene dudas
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las va formulando en el chat. Ahora a mí el chat me ha desaparecido al poner las diapositivas,
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Por tanto, tendremos que ir haciendo posiblemente la contestación a las preguntas al final.
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Si alguien tiene una ausencia muy grande, abre el micrófono y pregunta, pero podemos esperar yo mejor al final porque somos muchos y si no podríamos atropellarnos.
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Vamos a empezar como digo con este curso de mi primer año como docente y concretamente lo que tiene que ver con el funcionario docente como empleador.
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Bien, posiblemente todo el mundo se haya planteado alguna vez
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¿Por qué había siempre formación inicial para funcionarios en prácticas?
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Porque los funcionarios en prácticas hacen un curso
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que es obligatorio para poder superar la oposición
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y ese curso lo hacen cuando ya han aprobado los exámenes
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y han pasado el conjunto de méritos
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y en su primer año ya como funcionarios con los exámenes realizados
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y superados es cuando les ponen
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y todos te dicen
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si esto lo hubiera pillado yo hace 10 años
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cuando empecé a ser interino
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me habría venido muy bien
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bueno, pues vosotros estáis en esa tesitura
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¿qué pasa con los nuevos interinos?
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¿se le hace algún tipo de curso?
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¿se deforma? ¿no se deforma?
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bueno, pues estamos en este paso
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¿por qué? pues porque cuando uno se enfrenta
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a su primera clase
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o a su primera experiencia
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como docente
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es muy probable que
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le asalten sensaciones diversas, sentimientos muy distintos.
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Por un lado, pues una cierta ilusión, entusiasmo por empezar una etapa,
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pero también un cierto vértigo y un pánico ante una situación que uno no ha manejado habitualmente
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y que puede generar sensaciones particularmente complejas.
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Nos puede llevar a cometer errores, es verdad, pero también es cierto
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que nadie nace experto.
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Se llega a conocer las cosas con la práctica
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y a veces con los errores.
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Por tanto, ningún miedo, ningún vértigo,
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prudencia sí, porque estamos trabajando
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con un material muy sensible,
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trabajamos con personas en formación,
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pero de ahí a tener miedo es justo.
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Si nos encontramos con dificultades,
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tendremos que superarlas,
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pero no os pongáis vosotros la barrera.
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Y si alguna cosa no nos funciona y está fallando, pues siempre habrá que buscar una alternativa para mejorarla.
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Bueno, vamos entonces a esto del funcionario docente como criado público y a ver qué significa.
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En principio, el hecho de que los funcionarios docentes sean funcionarios les va a relacionar con una serie de normas que van a marcar su devenir profesional.
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Una que nos tenemos que marcar, aunque no nos la sepamos de memoria, es esta que viene aquí, pero que ya digo, no os asustéis porque no vamos a profundizar en números de normas y en números de leyes, simplemente vamos a anunciar que este es un Real Decreto Legislativo que rige, digamos, el funcionamiento y la vida de los funcionarios.
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de todos los funcionarios, puesto que refunde el texto de la ley del estatuto del empleado público,
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pero incluye también a los docentes, con algún matiz, como vamos a ver un poco más adelante.
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El estatuto en cuestión tiene una serie de fundamentos, es decir, se basa en determinados aspectos,
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en determinadas cosas que van a regir el funcionamiento de la vida de los funcionarios, incluidos los docentes.
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¿Y cuáles son esos fundamentos? Bueno, fundamentalmente, como tienen que ser los fundamentos, tiene que haber una serie de pilares en los que nos apoyemos. El pilar básico es que los funcionarios son trabajadores públicos que dedican su vida al servicio de los ciudadanos.
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Por tanto, lo primero, pensar en esto. Y vosotros a los ciudadanos que lo debéis, directa y totalmente, es a los alumnos. También a sus familias, cuando lo requieran, ya sabemos que a veces es complicado, pero también las familias son parte de la ciudadanía y, por tanto, nosotros tenemos que servir a los ciudadanos y a los intereses generales de la sociedad.
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Más cosas que rigen o que marcan los fundamentos de este estatuto
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Pues que hay una serie de principios que se van a tener muy en cuenta
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En el desarrollo de la formación de la Comisión de Igualdad, Mérito y el de Capacidad
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¿Para qué? Tanto para acceder a ella como para moverse después dentro de ella
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Para tener una cierta promoción
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Por supuesto estamos en un estado de derecho y además somos parte de la función pública
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Por tanto, estamos sometidos a la ley y al derecho. No podemos decir es que hay una norma que no me gusta y, bueno, como somos muy creativos, vamos a hacer las cosas a nuestra manera, ¿no? Podemos ser muy creativos, pero estamos siempre sometidos a lo que nos marquen las normas.
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También hay un principio que rige nuestro trabajo, que es el de igualdad de trato entre mujeres y hombres, y esto, además, trabajando con niños y con adolescentes, que son, como digo, personas en formación, hay que tenerlo muy en cuenta.
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No solamente que nosotros seamos capaces de interiorizarlo para nosotros en nuestro ambiente más cercano, sino que también seamos capaces de comunicarlo a estas personas que en su vida futura van a tener el mundo en sus manos.
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Y por lo tanto, lo que nosotros hagamos y trabajemos con ellos es posible que tengamos o que tengan un mundo mejor y un mundo más igualitario.
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También el principio de objetividad, de profesionalidad y de impactualidad en el servicio. Todo esto está garantizado cuando el funcionario gana, digamos, su plaza y accede a la plaza como funcionario de carrera.
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Entonces, tiene una cierta inamovilidad. La condición del funcionario no se pierde. Digo no se pierde si uno es una persona normal. Se puede perder la condición del funcionario, pero hay que hacer algo verdaderamente grande para perderla.
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También es el fundamento de la eficacia en la planificación y la gestión de los recursos.
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Por tanto, muchas veces cuando hablamos de que faltan profesores, es verdad que faltan profesores y en este momento mucho más.
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En este momento estamos en una situación muy compleja, pero cuando tengamos profesionales trabajando,
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lo que hay que intentar es que su función sea realizada de manera óptima, para que se aproveche lo mejor de cada uno.
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También el desarrollo de la cualificación profesional permanente. Esto significa que los empleados públicos tienen el derecho y la obligación de formarse. Vosotros ya estáis ahora ejerciéndolo, por tanto, estáis en una línea estupenda.
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El principio de transparencia, la evaluación y la responsabilidad en la gestión también es un fundamento de los empleados públicos.
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y un principio que a veces
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nos choca o no nos gusta
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es el de jerarquía
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cuando pregunto a
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personas por qué han querido ser funcionarias
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a veces
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lo hago con un poco de intención
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¿por qué? pues porque
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uno dice, no, yo quiero estar en la enseñanza
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porque trabajo con adolescentes
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trabajo con
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niños, tengo la posibilidad
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de trasladarles a ellos
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los principios que a mí me parece que son más
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adecuados, más correctos
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puedo cambiar el mundo a través de ellos
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pero que no me pongan jefes
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porque yo tengo
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libertad de cátedra y entonces yo voy a hacer
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lo que creo que tengo que hacer
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bueno, al funcionario
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hay que explicarle muchas
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veces que el principio de jerarquía es un principio
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de los que rigen su trabajo
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nosotros estamos sometidos
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a un principio de jerarquía
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que implica, por un lado
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que nosotros vamos a poder desarrollar
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nuestra actividad con ciertas garantías
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pero, por otro lado, vamos a tener que rendir cuentas a personas que ostentan una responsabilidad que está por encima de la nuestra y que, cuando nosotros hagamos, también va a ser parte de su responsabilidad y, por tanto, no podemos jugar alegremente con la responsabilidad.
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Y también, lógicamente, va a haber una serie de aspectos, de fundamentos que tienen que ver con los derechos profesionales del individuo, que en este caso cargan la posibilidad de negociar colectivamente, participar a través de los representantes en las distintas convocatorias para el individuo.
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También, un fundamento que se nos escapa un poco como individuos es la cooperación entre las administraciones en la regulación y gestión del individuo.
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¿A quién se aplica este Real Decreto Legislativo del que hemos hablado y hasta qué punto afecta?
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Bueno, pues se aplica a las personas que están involucradas en la Administración General del Estado,
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los funcionarios también de la General, pero también a los funcionarios de las administraciones de las comunidades autónomas.
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Por tanto, este Real Decreto Legislativo nos afecta a todos los que trabajamos en la docencia en Madrid.
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Y eso sí, el personal docente y el personal estatutario de determinados servicios se rigen por una legislación específica que, bueno, pues tanto el Estado como las comunidades autónomas pueden matizar.
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Por eso el personal docente no está sujeto en todos los aspectos a este Real Decreto Legislativo
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y hay una serie de puntos en los que se escapa, digamos.
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Serían los que veis aquí, el que tiene que ver con la carrera profesional,
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el que tiene que ver con la evaluación del desempeño del trabajo,
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el que tiene que ver con algunos aspectos de las retribuciones complementarias
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de los que luego hablaremos por rendimiento
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y algunos factores que influyen en las retribuciones complementarias
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en la movilidad voluntaria entre administraciones públicas, es decir, moverse de una comunidad autónoma al ministerio,
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del ministerio a un ayuntamiento, etcétera. Eso los docentes llevan en cuenta.
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Bueno, pero vamos a fijar un poco el terreno, vamos a delimitarlo. ¿Quién es funcionario? ¿Quién es un empleado público?
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Bueno, pues empleados públicos, que veas el sinónimo de funcionario, son distintas personas que trabajan en los ámbitos del servicio público.
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Por un lado estarían los funcionarios de carrera. ¿Quiénes son los funcionarios de carrera? Son las personas que han pasado la oposición y la han superado. Por lo tanto, ya tienen una plaza ganada, digamos, que ha perpetuado.
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Luego estarían los funcionarios interinos. ¿Son funcionarios interinos? Claro que son funcionarios. En una situación singular. Todavía no han superado el proceso competitivo de una oposición, pero son funcionarios. A todos los efectos, son empleados públicos. Y luego hay personal laboral y personal eventual.
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Los interinos, ¿qué es lo que hacen y por qué son funcionarios interinos si no se sacan esos puestos de interinos, puestos fijos como funcionarios de carrera?
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Bueno, generalmente, y esto realmente es así, en las normas está estatificado así, aunque luego en la enseñanza hayamos encontrado una situación un tanto singular.
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Los interinos son funcionarios que ocupan puestos
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con una razón específica de necesidad y de urgencia.
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Es decir, se necesita con urgencia cubrir un puesto
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por una necesidad que se ha creado.
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En vuestro caso, posiblemente esto es una realidad evidente.
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¿Por qué?
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Porque tenemos una situación muy singular
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que ha hecho necesario contar con muchas personas
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de una manera muy, muy urgente.
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Es tan urgente que las listas de interinos se están acabando. Está habiendo que hacer nuevos procesos y nuevas listas para que pueda haber personal suficiente para cubrir todas las plazas que se necesitan.
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Y también esto se tiene que dar en determinadas circunstancias. Existe una plaza vacante y no se pueda cubrir con las funciones de carrera que hay, que además esto implique, en algún caso, la sustitución transitoria de los titulares, cuando hay una baja, cuando hay una situación de un funcionario que se ha jubilado y que deja un hueco.
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cuando se ejecutan
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programas de carácter temporal
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que si no
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no se podrían desarrollar
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si no tenemos a personas eventualmente contratadas
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pero con un tope
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de tres años
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los intervinientes en teoría no deberían estar
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de una manera indefinida siendo intervinientes
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sino que las plazas
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si realmente existen
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podrían salir en un momento determinado
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a cubrirse como
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funcionario de carrera. Y por último, puede ocurrir que haya un exceso, una acumulación
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de tareas y que sea necesario recurrir a personas para sacar adelante el trabajo que se nos
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ha pedido. Esto en la docencia en general no es así, pero ya os digo que vivimos una
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situación muy singular que en este momento estamos viviendo. Bueno, ya que sabéis que
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sois funcionarios, pues tenéis que conocer cuáles son vuestros derechos y cuáles son
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vuestras obligaciones.
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Generalmente cuando a un chaval
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se le da un texto, esto tenéis experiencia
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aunque llevéis poco tiempo,
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tenéis experiencia suficiente como para comprobarlo.
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Si a un chaval se le da un texto,
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el texto
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si es corto lo lee bien.
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Si son pocas líneas,
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generalmente lo lee, lo interpreta y lo entiende.
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Si es un texto más largo,
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cuesta más y probablemente
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desconecte al final.
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Y si es un texto que viene por dos páginas,
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La primera página a lo mejor se la lee con entusiasmo y la segunda página ya no se la lee con entusiasmo. A lo mejor incluso pasa eso. Bueno, algo parecido pasa con esto. En general, cuando se habla de derechos y deberes, los derechos se escriben primero, los deberes se escriben después.
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y entonces los derechos nos los debemos con mucho entusiasmo y cuando llegamos a los deberes parece que aflojamos.
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Bueno, pues es conveniente conocer tanto una cosa como la otra.
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Entre derechos y deberes se va a constituir lo que nosotros denominamos un código de conducta,
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que también está reconocido en la ley, de tal manera que al final lo que se espera de los funcionarios
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es que se comporten ejerciendo sus derechos, pero al mismo tiempo desarrollando sus competencias
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dentro de lo que se espera de ellos, dentro de su autoridad. Por lo tanto, todo ello constituirá
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ese código de derechos. Bueno, pues los derechos de los empleados públicos pueden ser de dos
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tipos individuales, los que se ejercen colectivamente y los deberes de los empleados públicos son
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deberes propios, o sea, ahí no se van a ejercer de una manera colectiva, aunque muchos tengan
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que ver con las acciones que se desarrollan
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dentro del grano o de forma
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colectiva.
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¿A qué derechos tiene
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un funcionario?
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¿A qué tiene derecho un funcionario?
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Si es un funcionario de carrera, es decir,
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si ya aprobó su posición,
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tiene derecho a la inamovibilidad
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en la condición. Es decir, va a seguir
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siendo funcionario hasta que se jubile.
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Es algo que, como os diga,
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a abusar es impropia y que
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sea verdaderamente grave.
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También tiene derecho
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a desempeñar de manera efectiva las funciones y las tareas que están reconocidas en la ley
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como propias. Por tanto, vosotros tenéis derecho a desempeñar efectivamente vuestra
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labor docente, ya sea en la clase, ejerciendo la tutoría, haciendo la modificación. En
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principio, lo que se reconoce en la normativa son tareas propias de la ley. También hay
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derecho a mejorar
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por tanto a progresar
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dentro de lo que es el trabajo
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a la carrera profesional y a la promoción
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y siempre va a haber tres
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principios que van a regir este
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igualdad, el mérito y el de capacidad
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por supuesto
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nadie trabaja por amodalarte
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nos gusta mucho lo que hacemos pero al final
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tienes
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la nevera está vacía
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vamos a tener problemas
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por tanto también hay derecho a percibir
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las revoluciones que sean necesarias
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y las indemnizas. También los empleados públicos tienen derecho a participar en la consecución
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de los objetivos que se atribuyan a cada una de las unidades. Por tanto, si estáis en
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un colegio, vosotros tenéis derecho a participar en el logro, en el alcance de los objetivos
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de vuestro colegio, si es en un instituto o en un instituto. Si es en otro caso, tenéis
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derecho a la defensa jurídica y a la protección por parte de la Administración y tenéis
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también derecho a formaros, a la formación
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continua y a la actualización
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permanente. Por lo tanto,
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esto que estáis haciendo ahora
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forma parte de vuestros derechos.
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Como veremos después, los derechos siempre
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tienen la segunda parte, la otra cara de la
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moneda. También es un deber.
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Los funcionarios no solamente tienen
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el derecho de formarse, sino que tienen la
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obligación. Por supuesto, todo el mundo
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tiene derecho a que se respete su intimidad,
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su identidad sexual, la propia
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imagen, la dignidad en el trabajo.
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Nadie os puede faltar al respeto.
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Puede ocurrir en un momento determinado en una conversación con un compañero, con un superior, con el director, tengáis un rifirraje. Nunca os puede faltar el respeto. Sí os puede pedir que cumpláis vuestras obligaciones, sí os puede reprobar vuestra actitud, pero no os puede faltar el respeto. Y si lo hace, trabaja con responsabilidad. Vosotros no debéis hacerlo.
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luego veremos la segunda parte
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pasa lo mismo con los padres, si un padre
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os pide el respeto, vosotros
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podéis terminar una conversación
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educadamente, decirle
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hasta aquí hemos llegado
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podemos seguir entendiéndonos
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si le parece, vamos a dejarlo ahí
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pero tenéis derecha que se
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respete en todo caso
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vuestra dignidad y vuestra
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imagen
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que vuestra persona no sea objeto
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de verdad
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a la conciliación de la vida personal
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familiar y laboral
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a la libertad de expresión
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siempre dentro de los índices que marcan
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las normas
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a recibir una protección
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correcta en materia de seguridad
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y salud en el trabajo, en este caso
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vosotros sabéis que está todo el mundo
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muy pendiente ahora de que se cumplan
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las condiciones
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de seguridad en los centros docentes
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que todo el mundo tenga sus
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mascarillas en determinadas etapas
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que se respeten las distancias
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que los grupos de convivencia
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habitual se mantengan
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todo esto, tenéis derecho también
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a que se ejerza
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de una manera correcta
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por supuesto, aunque a uno le gusta mucho trabajar
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depende cuando necesita descanso
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por lo tanto también tenéis derecho a vacaciones
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descansos, aquí, cuando uno ya
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ha hecho mucho recorrido laboral
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también tiene derecho a la jubilación
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no sé si a alguno está muy cerca
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pero espero que no
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y, de todas maneras, si alguno está en ello, que sepa que tiene que ayudar a la comunidad.
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También a las prestaciones de seguridad social y a asociarse libremente de manera profesional,
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porque los podéis estar colegiados, si se parece oportuno y parece conveniente.
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Y, por supuesto, si hay más derechos que se reconozcan específicamente en alguna normativa
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específica de la docencia, también.
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Luego hay unos derechos individuales que se generan de manera colectiva.
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Estos son los que tienen que ver con la representación sindical. Por lo tanto, existe libertad para que uno esté sindicado si quiere o no, para elegir el sindicato que le parezca más oportuno y dentro de ello existe la posibilidad de la negociación colectiva y participar en la determinación de cómo van a ser las condiciones de trabajo en las que se desarrolla.
00:23:42
Existe el derecho de huelga, existe la posibilidad de plantear conflictos colectivos, esto no se hace individualmente, lógicamente, y existe el derecho a reunión.
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Bueno, todos los funcionarios tienen derecho a una carrera profesional y a promocionar internamente, pero los docentes tienen matices al respecto.
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Vamos a hacer algún comentario rápido sobre esto, de lo que es la promoción profesional y la promoción interna.
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si uno cuando entra
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a trabajar en un puesto
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sabe que ya no va a cambiar
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posiblemente al principio
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esté muy animado, pero cuando pase un tiempo
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se desanime, todo el mundo
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necesita un acicate, un estímulo, una sensación
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de que mejora
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bueno pues
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existen diferentes formas de progresar
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por eso
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la carrera profesional está condicionada
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como decíamos antes, de los principios que hablábamos
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de igualdad, beneficio y capacidad
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y para ello se va a tener en cuenta que las personas que forman parte de la función pública
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hayan dado el paso de actualizarse, de perfeccionarse, de hacer cursos, de adaptarse a las situaciones nuevas.
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Todo esto se va a tener en cuenta generalmente en pademos que salen, que están cuantificados
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para que se pueda hacer una carrera profesional, que puede ser de dos tipos.
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Una carrera horizontal y una carrera vertical.
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La carrera horizontal supone que no hay que cambiar de puesto de trabajo,
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Es decir, uno se mantiene en donde estaba, en la parte en la que estaba, pero cambia algún tipo de función o cambia el puesto jerárquico o sencillamente percibe una retribución un poco basada.
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En el caso de la carrera vertical, lo que implica es que hay un ascenso o cambios en la estructura de los puestos.
00:25:43
La promoción interna es algo parecido, lo que pasa es que la promoción interna implicaría acceso a las convocatorias específicas de las que vamos a hablar.
00:25:50
Bueno, la carrera horizontal, en el caso de los funcionarios en general, está establecida mediante un sistema de grados, categorías y escalones.
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En la docencia es distinto. En la docencia las cosas cambian un poco porque no existe este sistema de grados como tal.
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Lo que sí que hay es una remuneración diferente para cada uno de ellos. Por lo tanto, si nosotros estamos en un centro y cambiamos de puesto, cambiamos de responsabilidad, probablemente tengamos una retribución diferente.
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Pero es lo mismo no ser tutor que ser tutor. Si no es tutor, pues no corresponderá el pago correspondiente o el complemento de tutoría. Y si no es posible, pues sí le corresponde.
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Bueno, para esta carrera horizontal lo que se tiene en cuenta es qué trayectoria ha seguido cada uno, cómo se ha trabajado previamente, la calidad de lo que se ha hecho.
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Si uno se ha formado y se ha actualizado, si a uno le han evaluado o no, que luego hablaremos de esto, puede tener una similaridad en la docencia y cualquier otro mérito que se crea que puede ser interesante para la empresa.
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En cuanto a la promoción interna, la situación es distinta. ¿Por qué? Porque la promoción interna se hace mediante procesos electivos, es decir, mediante oposiciones o algo parecido.
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Todo ello, lógicamente, con los tres principios que hemos comentado antes, igualdad de habilidad y capacidad. Y para ello, lo que pasa es que se van a pedir una serie de requisitos.
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Lógicamente, si es promoción interna, uno tiene que haber cumplido los requisitos que se le pidieron para el ingreso,
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pero además una antigüedad mínima de año de servicio, que tiene que ser de 2012, en el subgrupo o grupo previo.
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¿Cómo se puede promocionar internamente? Bueno, pues pasando de ser maestro a ser profesor de secundaria.
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Esa es una posibilidad de promoción.
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Son acciones, siempre y cuando se superen las pruebas selectivas específicas y reservadas,
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con una proporción de plazas para las personas que optan por ello. Por tanto, a las administraciones les corresponde no solo participar, sino que les corresponde incentivar esta promoción interna en el trabajo.
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Bueno, los funcionarios pueden ser evaluados
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y de hecho existe cada vez más la cultura de la evaluación
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que se está extendiendo de forma que
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lo que no se evalúa parece que no
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tiene sentido
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nosotros pasamos toda la vida evaluando a los alumnos
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pero también existe la posibilidad de que se evalúe
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a otras personas
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los funcionarios pueden ser evaluados
00:28:34
y se les evalúa en su trabajo, en el desempeño de su trabajo
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Esto viene determinado por las administraciones públicas y tiene una intención, que es saber hasta qué punto la actividad del funcionario es una actividad bien desarrollada, hecha con un rendimiento adecuado y dentro de una conducta propiedad.
00:28:40
todo ello
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llevará a los resultados
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y en función de eso
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pueden tener luego
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por eso
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es necesario
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que se apliquen
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criterios
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que impliquen transparencia
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que impliquen objetividad
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que sean imparciales
00:29:14
y que no discriminen a nadie
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para poder optar
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a esta evaluación
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y a los resultados
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que luego se dividen
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va a tener efectos
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y va a tener efectos
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sobre la carrera profesional
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es decir
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sin cambiar de puesto de trabajo
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pero si va a tener efectos
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sobre la carrera profesional, va a tener efectos sobre la formación, va a tener efectos sobre la provisión de puestos de trabajo
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y lo que también tiene es un reflejo en la nómina, en la percepción de las retribuciones complementarias.
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No del sueldo, que el sueldo no va a variar, pero sí los complementos que se den.
00:29:47
En el caso de los docentes esto no afecta, pero la evaluación, el desempeño, en el caso de otros funcionarios,
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puede tener efectos sobre la continuidad en el puesto de trabajo.
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Por lo tanto, si una evaluación es negativa, a una persona la pueden mover
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en el puesto de trabajo, pasarla a otro interno.
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En el caso de la docencia, les digo, hay singularidades y esto no...
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Bueno, como os decía antes, como no trabajamos por amor al arte,
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existen unos derechos retributivos de los funcionarios,
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entre los cuales estarían las retribuciones básicas y las complementarias.
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En el caso de los docentes, las retribuciones básicas a lo mejor no son tan altas como en otros casos, gente que por la misma titulación trabaja en otros puestos o trabaja en otras funciones, pero los complementos sí.
00:30:28
De tal manera que las retribuciones básicas que están constituidas por el sueldo, los trienes y las pagas extraordinarias, a lo mejor son más bajas que en nuestro caso, pero las complementarias, que serían todos los complementos por desempeño de puestos específicos, sí que van a contabilizar.
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Por tanto, ¿qué son las retribuciones básicas? El sueldo de los trienios de las paredes extraordinarias, que van a depender del cuerpo o escala del que se trate, no es lo mismo si no pertenece al cuerpo de maestros que pertenece al cuerpo de profesores de escuelas de idiomas.
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Va a depender también de la antigüedad, en función del tiempo que uno lleve desempeñando el trabajo, va a tener más trienios o va a tener más posibilidades de cobrar más.
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Y por último, las complementarias van a ir ligadas a las características del puesto de trabajo.
00:31:35
Según el puesto de trabajo y según la carrera profesional y en algún caso el rendimiento de los resultados, van a ser mayores o van a ser menores.
00:31:41
En el caso de la docencia, las complementarias no están ligadas al rendimiento o los resultados. Y esto tiene su lógica, porque los resultados, ¿cuáles serían? Los de los alumnos. No es lo mismo trabajar en Orcasita, en Montilla Verde, que trabajar en el barrio de Palamanca, posiblemente en el rescato.
00:31:50
Los resultados probablemente serían muy diferentes y eso no quiere decir que la persona en cuestión, el profesor, el maestro en cuestión, sea mejor o peor. Simplemente tiene que trabajar en ambientes con más dificultad.
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Como os decía, las retribuciones básicas son el sueldo, los pireños y las paredes extraordinarias. El sueldo va ligado a cada grupo o subgrupo. Por eso, dependiendo de qué grupo estemos, se cobrará más o se cobrará menos.
00:32:24
Los bienes son idénticos, una cantidad fija para cada grupo y cada tres años de servicio se acumula, se suma la cantidad. Las pagas extraordinarias son dos al año y generalmente corresponderían a una mensualidad, las básicas y las complementarias.
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Como un asterisco, porque esto ha dejado de ser así. Realmente, cuando a uno le pagan la paga extraordinaria, no le pagan el doble.
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Pararía si fuera el sueldo, los bienes y las complementarias, sino que podrá no introducir algo menos.
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Bueno, las retribuciones complementarias, como os decía, dependen de una serie de factores.
00:33:14
Dependen, por un lado, de la progresión que alcanza el funcionario dentro de su carga administrativa.
00:33:18
Depende también de si desempeña algún puesto de especial dificultad o de una responsabilidad mayor o implica una dedicación más alta.
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Por eso, por ejemplo, los directores, los jefes de estudio cobran más, porque tienen aparejada una responsabilidad mayor y una dedicación más alta.
00:33:33
los directores del estudio, los secretarios, si hacen su trabajo con profesionalidad,
00:33:44
probablemente esas 35 horas y media que tienen los funcionarios establecidas les queden de acuerdo.
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También en algunos casos están ligadas a condiciones específicas en las que se desarrolla el trabajo.
00:33:59
Y los dos apartados últimos que tenéis no afectan a los docentes,
00:34:04
porque el grado de interés, iniciativa y esfuerzo en el caso de la docencia
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no estará primado, se entiende que todo el mundo
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tiene mucho interés
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y por otro lado, dicho esto
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con ánimo de relajar
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pero realmente aquí
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hay personas que siempre te dicen lo mismo
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da igual trabajar mal o bien
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no, no da igual
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trabajar mal o bien, lo que sí que es cierto es que
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el que tú pongas mucho interés
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mucha iniciativa, mucho esfuerzo
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no lleva aparejado un complemento
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pero sí que lleva otra serie de
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gratificaciones
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de manera diferente que no bien reflejadas en el suelo.
00:34:41
Tampoco se reflejan los servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal.
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¿Por qué? Pues porque al profesor no se le pagan horas extraordinarias
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que en otros casos sí se podrían, en este caso, recibir.
00:34:55
¿Y qué pasa cuando uno está en prácticas?
00:35:02
Bueno, pues las jornadas en prácticas van a percibir lo mismo las requerimientos básicas
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y las complementarias, pero en este caso están ligados a grupos o grupos que hayan encuadrado
00:35:10
y para esto las administraciones públicas son las que tienen que determinar exactamente
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cómo se va a hacer ese pago de las retribuciones.
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Normalmente los empleados que están en prácticas reciben la misma cantidad que los funcionarios de carrera,
00:35:28
lo único que pasa es que si tienen menos antigüedad, lógicamente van a acordar.
00:35:34
¿Qué otros aspectos tenemos relacionados
00:35:38
con las retribuciones? Bueno
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unos conceptos singulares, el primero
00:35:44
es en las indemnizaciones, ¿esto qué
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significa? Bueno, pues
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significa que en algún caso
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son casos esporádicos
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son casos muy similares
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se puede percibir
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una compensación
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por gasto que se realice
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de otra manera, por ejemplo
00:36:02
alguien tiene que
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hacer una
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de la plaza
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queda bastante, implica itinerancia
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es un movimiento entre localidades
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para cubrir
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los gastos de locomoción
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también incluida esa. Lo mismo que pasa
00:36:17
cuando los organizadores
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se desplazan a distintos
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colegios de primaria para realizar
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sus proyectos. En esos
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casos hay una cobertura de los gastos
00:36:28
y los organizadores
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implicarían la administración. ¿Por qué? Porque uno
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se está moviendo desde su sede central
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de trabajo a otras sedes
00:36:36
Existen retribuciones
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Diferidas, pero bueno
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De pensiones y contratos de saludo
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De la jubilación
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Pero vamos, en esto
00:36:48
Prácticamente no se entra
00:36:50
Y luego existe
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Una figura que es la
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Deducción de haberes o de retribuciones
00:36:56
Que sí que se produce a veces
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Cuando uno no realiza
00:37:00
Una determinada parte de la jornada
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No realiza la jornada
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Por ejemplo, una ausencia injustificada implicaría deducción de retribuciones. No es una sanción, simplemente es una retención de la parte de sueldo por no haber estado trabajando.
00:37:06
Algo parecido sucede con la huelga. Uno tiene derecho a hacer huelga, pero el hecho de que se haga huelga implica que no se va a ir al trabajo y, por tanto, hay una deducción de retribuciones que no es una sanción, no es un castigo para hacer huelga, puesto que la huelga es un derecho reconocible.
00:37:21
Por tanto, simplemente en este caso sería una deducción de los haberes por no haber hecho la prestación de trabajo.
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Y luego, como os decía, hay una serie de derechos individuales que se ejercen colectivamente, pero que vamos a pasar muy de esos rayos, porque son los derechos de las personas que están, digamos, vinculadas sindicalmente.
00:37:46
Todos vais a tener representación, todos vais a tener la posibilidad de estar afiliados, todos vais a tener la posibilidad de recurrir a vuestros representantes sindicales aunque no estéis afiliados y todos vais a participar institucionalmente a través de vuestros representantes sindicales.
00:38:02
Pero luego hay una serie de derechos en los que participan directamente esos representantes sindicales. Bueno, pues ellos van a participar en las mesas de negociación y en la negociación colectiva. La negociación colectiva que tiene que estar sujeta a los instituciones ahí, de legalidad, lógicamente, a que se cumpla la colectiva presupuestaria.
00:38:16
la negociación colectiva implica
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obligatoriedad, por supuesto
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a la hora de negociar tiene que haber buena fe
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se tiene que dar publicidad y tiene que haber
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bueno, no os voy a contar
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cómo son las mesas de negociación
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si alguna tiene mucho interés
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la presentación está colgada
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la vais a poder ver
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sobre esto vamos a pasar muy
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rápidamente y nos vamos
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a ir a cosas que yo creo que sí que
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os afectan más directamente a todos
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estéis indicados
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no lo estéis, forméis parte
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de un sindicato o no, seáis representantes
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o no lo seáis. Vamos a la jornada
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laboral, a los permisos y las vacaciones.
00:39:12
Bueno, la jornada de trabajo, ya sabéis
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que la jornada de trabajo
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es de 37 horas y media.
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La establecen las administraciones públicas
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y, bueno, pues en principio
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puede ser de 37 horas y media
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porque sea completa, pero también puede haber
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jornadas a tiempo parcial.
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Me temo que algunos de vosotros o muchos de vosotros
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estéis en jornadas a tiempo parcial.
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Bien media jornada o bien dos terapias. Bueno, como os digo, son 37 horas y medias y la distribución está hecha en función del colectivo al que pertenezcáis, en las lectivas y en las conferencias.
00:39:34
Vamos a hablar no tanto de la jornada de trabajo ni del horario de trabajo, que ya lo conocéis porque habéis firmado los horarios este año y tenéis las instrucciones que lo regulan, sino de los permisos.
00:39:48
¿A qué tenéis derecho? ¿A qué permisos tenéis derecho? Pues tenéis derecho por fallecimiento o accidente de enfermedad grave, en el caso de un familiar que esté dentro del primer grado, tres días hábiles cuando se produzca la mortalidad, cuando vosotros seguís, cuando trabajáis, o cinco días hábiles cuando sean en totalidad.
00:40:00
Si el familiar es de segundo grado, entonces sería de dos y de cuatro días. Estamos hablando de días abiertos, por lo tanto, el domingo no contaría en este caso.
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La siguiente diapositiva nos va a ilustrar un poquito sobre esto del primer y segundo grado. Lo digo para que, si alguien tiene dudas, no se preocupe que lo vamos a ver ahora.
00:40:34
en cuanto a tratado de domicilio
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tenéis derecho a un día
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en cuanto a realización de funciones
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sindicales o de representación personal
00:40:48
según esté determinado en cada uno
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de los puntos
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por concurrencia a exámenes finales
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o a exámenes de oposiciones
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que en este momento tendréis que hacerlo
00:40:58
pues durante los días
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que se celebre y como ya
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veréis en su momento, porque esto está más desarrollado
00:41:05
por el tiempo
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imprescindible para realizarlo, por tanto
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uno tiene derecho al examen final
00:41:10
y volver luego al puesto de trabajo
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si lo hace.
00:41:15
Por el tiempo imprescindible
00:41:17
e indispensable para el caso de los
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exámenes prenatales, la técnica de preparación
00:41:21
al parto, etc. en el caso de
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las funcionalidades embarazadas
00:41:25
y en los casos de
00:41:27
abogimiento
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pues
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a las situaciones similares.
00:41:32
También
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en el caso de la lactancia
00:41:37
vais a tener derecho
00:41:39
a una hora
00:41:41
de ausencia del trabajo que se puede dividir
00:41:43
en dos fracciones. Eso
00:41:45
se puede hacer o
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al principio de la jornada o al final de la jornada
00:41:49
o pedir que se sustituya por
00:41:51
una reducción de la jornada
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al principio de la jornada
00:41:55
inmediata.
00:41:58
O en una hora al principio o al final de la jornada
00:41:59
en función de cómo
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queráis estudiar. Vamos a ver lo de los grados
00:42:02
de parentesco. Hemos dicho
00:42:07
que
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para determinados permisos
00:42:10
se considera en función de que sea
00:42:13
primer grado o segundo grado.
00:42:15
¿Quiénes son familiares de primer grado?
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Los padres y los hijos.
00:42:19
Esos son de primer grado.
00:42:23
Si alguien tiene pareja,
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el padre.
00:42:27
Claro, los padres
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serían por consanguinidad,
00:42:31
pero por la vía de la
00:42:34
afinidad serían los
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padres políticos, es decir, en este caso serían
00:42:36
los suegros
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y si hubiera
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cónyuges de los padres
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los padres lo han casado
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por segunda vez, también los cónyuges
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de los padres o los cónyuges de los hijos
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y los padres, por tanto
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mueras, tiernos
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también estarían en este primer grado de los padres
00:42:55
el segundo grado
00:42:58
serían los hermanos, los abuelos y los nietos
00:43:00
y en el caso de la
00:43:02
familia política serían los
00:43:04
cuñados, los hermanos de
00:43:06
En el caso
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del tercer grado y del cuarto grado
00:43:10
normalmente los permisos no se contemplan
00:43:13
y aquí entrarían
00:43:15
estas personas que comentábamos
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los abuelos y los hermanos
00:43:18
y los parentes por la vía política
00:43:20
y los hijos hermanos
00:43:22
Como os digo, solamente en el caso
00:43:24
del primer y segundo grado se tienen en cuenta
00:43:26
en qué padre
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¿A qué más se tiene permiso?
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Pues cuando hay nacimiento
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de hijos prematuros
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que impliquen que tengan que permanecer hospitalizados como cuando se hace el parto,
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pues entonces hay derecho a ausentarse del trabajo durante el máximo de dos horas diarias
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sin que se pierdan las resoluciones.
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Por otro lado, también para la guarda legal.
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Guarda legal de que cuando tenga el funcionario a su cuidado una persona que requiera esa guarda legal.
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Menor de 12 años o, en el caso de una persona mayor, que requiera una especialización.
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También una persona que tenga discapacidad y que no desarrolle ningún tipo de actividad retributiva. En ese caso, se tiene derecho, no a un permiso sin más, sino a la reducción de la jornada de trabajo, de las retribuciones proporcionales.
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También se tiene derecho si hay que encargarse de un familiar hasta el segundo grado de matrimonial de afinidad, que por lo que fue, por edad, por accidente, por enfermedad, no se pueda avaliar por su medicinismo.
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También se tiene permiso para atender a familiares, a personas que necesiten cuidados, siempre que estén dentro del primer grado y con una reducción de hasta el 50% de la jornada laboral.
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Todo esto retribuido, pero si se justifica que es una enfermedad muy grave y por el plazo máximo. También hay permiso para sentarse o para no asistir, por ejemplo, para un deber inexcusable de carácter público personal.
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Y aquí siempre suele haber preguntas. ¿Qué es esto de un deber inexcusable de carácter público o personal? Es que tengo que ir a firmar ante notario porque me he comprado una casa. Ese no es un deber inexcusable de carácter público o personal.
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Un deber de carácter público o personal que sea inexcusable es que te han convocado para un asunto que hay en la mesa electoral porque ha habido un problema y tú formabas parte de la mesa electoral.
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o te han convocado para un juicio
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testigo o
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tomando parte de un determinado proceso
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en este caso
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sí que debería ir a un juicio
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en los casos que comentaba
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antes, pues ir al contrario
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o se me ha roto una tubería
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o en esos casos
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no se considera debería ir a un juicio
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para eso están los días de asunto
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por asuntos propios o por asuntos particulares
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los funcionarios en general disponen de 6 días
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al año, los docentes hasta ahora no
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disponían de estos días
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Ellos no van a disponer de seis días al año
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van a disponer de cuatro
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espaciados y además
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son de las necesidades
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del servicio
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que digamos que
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se compensan un poco
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porque el funcionario docente
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tiene unas vacaciones diferentes
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vacaciones de Navidad
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no las tiene otros funcionarios
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pero las vacaciones de Navidad tampoco
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y el mes de Julio tampoco
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por lo tanto en principio
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los seis días al año
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en particular, si está reservado
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para la generación de los funcionarios
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y por matrimonio
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existe la posibilidad de que no se viva.
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Bueno, para conciliar la vida de familia laboral
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existen los permisos por parto
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que están pasados, las 16 semanas
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que está ahí
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que no impiden que asistáis a cursos de formación
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es decir, una persona
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que puede ir a la luz, está de baja
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tiene su permiso por maternidad, pero quiere asistir a un curso de formación, puede hacerlo sin ningún tipo de trabajo.
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Lo mismo pasa con los permisos de adopción o guarda de continuidad de adopción a continuidad de preparado permanente.
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En este caso, también se tiene derecho a asistencia a cursos de formación.
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También son 16 semanas interrumpidas en el caso de adopción.
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Véis que hay matices en función de que se adopte más de un niño o que los partos hayan sido múltiples o que haya alguna dificultad.
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También, en el caso de las adopciones, si se necesita un desplazamiento previo, porque a veces las adopciones internacionales van a implicar movimientos a otro país,
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pues en esos casos sí se puede disponer incluso de hasta dos meses de permiso, pero en ese caso no se cobran las atribuciones complementarias.
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Solamente se perciben los últimos meses. Como digo, también durante estos permisos se puede asistir a los cursos de formación. En cuanto a los permisos de paternidad, corresponden cuatro semanas y a los permisos por razón de violencia de género, pues también están reconocidos en caso de que las mujeres que lo soliciten puedan reducir la jornada.
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Bueno, también existe
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la posibilidad de
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hijos menores afectados por cáncer
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o otras enfermedades
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graves, en este caso
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con la forma de trabajo
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de las entidades
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íntegras, esto lógicamente
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es para el cuidado
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durante la hospitalización
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y para el tratamiento que generalmente requieren
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estas enfermedades crónicas
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y se mantiene hasta que el menor
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cumpla los 10 años
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A partir de ahí ya no se tiene derecho a la protección. En cuanto a las víctimas del terrorismo, también existe la derecha a la protección, la licencia social integral y a una reducción de jornada o una reordenación del tiempo de trabajo en función de la situación ambiental.
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Bueno, vacaciones. Las vacaciones para los funcionarios en general, y esto que esté en el Real Decreto Legislativo es para todos los funcionarios, son 22 días a día. Los sábados aquí no se consideran a día.
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Por tanto, estaríamos hablando de 22 días, más sábados, más domingos, más festivos, que se disfrutan en el año natural y puede ocurrir que si uno no puede gastarlas en el año natural, tenga opción, si no han pasado 18 meses, a gastarlos en el año siguiente, siempre que se trate de un asunto derivado de la propuesta de maternidad, de incapacidad temporal, debido a la lactancia o riesgo durante el embarazo.
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como digo, esto es en general para los
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docentes, tienen un trascendente distinto
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de tal manera que hay un calendario escolar
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que marca unas vacaciones de
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Navidad, unas vacaciones de Semana Santa
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unas vacaciones de verano
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como lo puede el mes de Julio en general
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aunque se tenga que estar a disposición de la administración
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la mayor parte de los docentes
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pueden estar en la parte de verano
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y nos vamos a la segunda parte de la página
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que es la de los deberes de los empleados públicos
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¿qué es lo que tienen que hacer
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los centros públicos y en esto los docentes
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también están bien.
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Bueno, pues, tener las áreas con diligencia.
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¿Eso qué significa? Que tenéis que devolver
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los exámenes a los niños conocidos, lo haces
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posible. No mal, pero si lo haces
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posible. Por tanto,
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con el tiempo imprescindible
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hacer las cosas con diligencia.
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¿Qué unos padres se quieren poner en contacto con vosotros?
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Hay que atenderles lo antes posible.
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Siempre hay que hacer las cosas con diligencia.
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Entonces,
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tener las áreas de la clase,
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asistir a las reuniones
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que se van a realizar
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siempre la diligencia
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tiene que estar presente
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porque es uno de nuestros deberes
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también hay que velar
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por los intereses generales
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no hay que mirarse el ombligo y decir
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bueno yo vengo aquí a realizarme
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está muy bien realizarse
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pero estamos trabajando
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por el interés de
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otras personas, estamos trabajando
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por el interés de los alumnos y en general
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estamos trabajando para las otras
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también es un deber
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usar la Constitución y el ordenamiento jurídico
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lo que os decía antes, las leyes están para
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cumplirse, puede que no nos gusten
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pero en tanto los representantes
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no las cambien
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nosotros estamos obligados a cumplir
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el ordenamiento jurídico y el ordenamiento de derechos
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y tenemos que actuar
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con todos estos principios que veis aquí
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tenemos que ser objetivos, no podemos ser
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arbitrarios, tenemos que actuar con
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mentalidad, ser responsables
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y parciales
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guardar la confidencialidad, esto es muy importante
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no puede salir uno de la evaluación
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y contarle todo lo que se ha hablado
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dentro de lo que se encuentra
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hay que ser muy discretos
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cuando uno hable, esto es inevitable
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hablamos mucho de
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nuestro trabajo cuando salimos
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cuando estamos en la cafetería tenemos que ser muy
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prudentes porque puede
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cualquiera y tenemos que guardar confianza
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sobre la situación de nuestros alumnos
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personas frágiles
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personas vulnerables
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tenemos que ser muy cautelosos
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Y si alguien nos proporciona información que es dedicada, por supuesto, esa información no puede ser divulgada de una manera legal.
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Hay que dedicarse a servicio público, tenemos que ser transparentes, ejemplares, mucho más los docentes probablemente que otros funcionarios,
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puesto que el docente es un ejemplo para quien está mirando, que es el alumno.
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austeridad, no puede uno decir
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no me llevo este taco de folios que hay aquí
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para casa, no me viene muy bien
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y ya trabajo suficiente, la administración no me paga
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por tanto me llevo los folios
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tenemos que intentar dentro de lo posible
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ser lo más austeros posible, sé que
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eso lo cumple
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la mayoría, lo cumple tanto
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que todo el mundo estamos utilizando nuestros
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artilugios y nuestras
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herramientas informáticas
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en casa
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y que la administración no se haya puesto nada.
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Bueno, pues eso demuestra en cierta medida que nuestra utilidad
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no más haya incluso que se nos exige.
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Pero es un principio que tiene que recibir el trabajo de los profesores.
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También la accesibilidad, la eficacia, la honradez
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y también otras posibilidades como docentes
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para proteger el entorno cultural y medioambiental
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y respetar la igualdad entre los profesores.
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Bueno, ¿qué principios éticos rigen entonces nuestro trabajo?
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El respeto a las normas. Hemos dicho desde el principio
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Aunque no nos gusten, aunque haya cosas que no nos diviertan en el trabajo, nos parezcan incluso discutibles, tenemos que cumplir con todo. Hay que intentar satisfacer los intereses generales y, como decía, ser imparciales y siempre buscando el interés general.
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también esto es importante
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uno de los principios éticos del funcionario
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es la lealtad y buena fe respecto de la administración
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es curioso porque
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hablamos siempre mucho de la administración
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y tendemos a hablar siempre
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de una queja o reproche
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bueno, independientemente de que
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se pueda hacer quejas y reproches
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porque es de la administración
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tenemos que actuar siempre con esos
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principios de lealtad y de buena fe
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y no solo a la administración
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sino también hacia nuestros compañeros
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hacia quienes están por encima de nosotros, sean los equipos directivos o las personas que tengan responsabilidades sobre el trabajo.
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Y también sobre los subordinados, que en este caso serían equivalente a los alumnos o el resto de los ciudadanos que podríamos incluir ahí abajo.
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Hay que no discriminar y hay que abstenerse de aquellos asuntos en los que tengamos interés personal.
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Si hay algo que nos afecte, que afecte a un familiar nuestro y que nosotros podamos decidir de una manera arbitraria, en esos casos tenemos que tomar el caso que no va a ser, pero imaginar que el hermano vuestro es funcionario y está en el tribunal en el que os vais a examinar.
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Lo correcto es que se abstenga. Lo mismo que si os piden que hagáis un procedimiento disciplinario a vuestro hijo y está en el centro de voto. En estos casos, el funcionario debe abstenerse.
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Y también hay que intentar que no se faciliten los tratos de favor. No podéis tener ningún privilegio, no podéis aceptar regalos, no podéis plantearos situaciones en las que alguien entienda que por trataros de mejor manera vosotros vais a responder o vais a corresponder igualmente de mejor manera en un asunto que tendríais que actuar con un producto de parte de vosotros.
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No podéis hacer que se retrase un procedimiento, tenéis que agilizar y resolver las cosas que os competen de la mejor manera posible.
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Como decíamos antes, hay que actuar con diligencia, siempre dedicados al servicio público y, como decía antes, siempre con el secreto y la discreción sobre aquellos asuntos que sean dedicados, que vosotros conozcáis por la razón de vuestro trabajo.
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Hay unos principios de conducta que también están establecidos, que son estos que veis aquí, la atención al respeto, el desempeño de las tareas de manera dirigente, la obediencia a los superiores, la información a los ciudadanos, facilitación de los derechos y de las obligaciones de los ciudadanos, coger la autoridad, rechazar el trato de favor, los regalos.
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actuar siempre
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intentando
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estar lo más actualizado posible
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de tal manera que cada vez
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estén mejor formados
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observar las normas de seguridad
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y salud laboral, no solamente exigirlas
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sino también
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promoverlas y cumplirlas
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y luego bueno pues
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si se os ocurren cosas que son de interés
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que pueden mejorar el trabajo
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y el funcionamiento, no lo haréis
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hay que proponerlas porque formáis parte
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del encaraje
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dentro de las diputaciones.
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Bueno, ¿cómo se accede a la función pública?
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Yo creo que la mayor parte de vosotros lo sabéis.
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A la función pública
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accedéis
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antes o después, breve
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como funcionarios de carrera. Generalmente
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uno accede por varias
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vías. Normalmente
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en el caso de los interinos es
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siempre con una convocatoria. Y por
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tanto, regidos por los principios
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constitucionales, siempre va a haber una
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convocatoria que sea pública
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que va a la publicidad, va a haber transparencia y tiene que ser imparcial y siempre basada
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en la profesionalidad de los miembros que están en los órganos de selección. Lo mismo
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va a haber independencia y determinada técnica y va a haber una adecuación entre lo que
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se exige en los procesos selectivos y lo que se va a hacer después. Al margen de todo
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esto hay que hacerlo con agilidad, que acabe lo antes posible y lo mejor posible. ¿Quiénes
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pueden acceder a la
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condición de funcionarios a través de
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los procesos que se convoquen. Bueno, quienes sean
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españoles, pongo un asterisco porque
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esto era inicialmente así, pero está
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ampliado, recuerdo, viendo la
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Unión Europea y los estados
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asociados,
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que se tenga la capacidad funcional para
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poder desarrollar las tareas que se esperan
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en el funcionario, tener la edad
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como se sabe, ya no
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vamos a parar por 10, 11 años,
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no estar en edad
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de una persona,
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cosa, no haber sido separado mediante experiencia disciplinaria, es decir, no haber tenido ningún
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conflicto que haya generado un problema disciplinario y, por supuesto, los requisitos de titulación
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que se pueden exigir. ¿Quiénes se encargan de la selección? Pues se designan órdenes
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concretas. Los órganos de selección, que normalmente son los tribunales o las comisiones
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que se designan para ello, son órganos que actúan colegiadamente. Luego hablaremos un
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poquitín de los órganos colegiados
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para saber exactamente
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qué cosas nos pueden afectar.
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Y se van a regir por estos principios que ven
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de imparcialidad, profesionalidad y
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paridad. ¿Quiénes no pueden formar
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parte de los órganos de selección?
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Pues, hombre,
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personas que hayan sido designadas
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políticamente. Tampoco pueden
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participar ellos los funcionarios
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interinos, porque van a ser quienes
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seleccionen precisamente a los que
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son interinos. Y puede
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formar parte del órgano
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de selección, el personal. En un órgano de selección no se va en representación
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de nadie. Por tanto, a un órgano de selección asiste uno como persona, como individuo. No
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puede decir, no, es que yo represento los intereses de tal asociación o de tal sindicato.
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No. En un órgano de selección, quien está, lo hace a título personal, por tanto, con
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responsabilidad individual. Los sistemas selectivos que se utilizan son de varios tipos. Hay de
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abierto
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los hay de libre concurrencia
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que estos a vosotros nos
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afectan, la libre concurrencia es
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cuando sale un
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puesto para director de área
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y entonces se permite la libre concurrencia
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hay una
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designación, también
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existe la libre designación que es otra cuestión
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que no es un sistema selectivo
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para
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los puestos de director de área
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se suele designar
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de libre designación
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pero en tiempos hubo la posibilidad de que
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las personas se presentaran
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la otra cosa es
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también
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tiene que haber conexión entre las pruebas y el desempeño
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de lo que se va a hacer después
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los méritos
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siempre tienen que tener una evaluación
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proporcionada
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de tal manera que se establece un baremo
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con distintos apartados en los que cada uno
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tiene un peso determinado
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y todo esto va a estar
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elegido por principios de objetividad
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y de racionalidad. Va a haber
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después de todos los sistemas electivos
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de oposiciones, generalmente
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algún tipo de formación,
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ya sea un periodo de prácticas,
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que es lo que ocurre en la docencia,
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ya sea un curso,
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algún tipo de prueba,
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entrevistas, reconocimientos, lo que sea,
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pero en general, en la docencia
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siempre va a haber un periodo.
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Y en cuanto a los tipos
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de sistemas electivos, en general,
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los dos utilizados habitualmente, serían el de oposición y el de concurrencia.
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Cuando hemos dicho que los sistemas implican carácter abierto y libre concurrencia,
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la libre concurrencia está limitada, lógicamente, en el caso de la docencia,
01:02:02
por la duración que se exija para eso.
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Bueno, ¿y cuándo se adquiere la condición de funcionario de carrera?
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Pues cuando se supera el proceso selectivo, en la fase de prácticas,
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cuando se produce el nombramiento por el órgano laboratorio de competencia,
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es decir, cuando sale publicada en el boletín,
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y cuando se acata la Constitución y el Estatuto de Autonomía.
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Digamos que esto se hace implícitamente,
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pero si una persona no acata la Constitución y el Estatuto de Autonomía,
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no puede ser nombrada.
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Solo ello, una vez que se haya producido,
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implica que es necesario que el funcionario vaya al lugar del destino
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y haga la toma de posesión.
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¿Y cuándo se pierde la relación de servicio? Pues cuando uno dice yo renuncio a mi condición, no quiero seguir siendo funcionario o no voy a tomar posesión o directamente no quiero ser parte de este colectivo.
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Cuando se renuncia, las situaciones pueden ser muy diversas. Uno puede renunciar por múltiples sustancias, pero por ejemplo se puede renunciar a ser funcionario de la comunidad de Castilla y León porque no ha aprobado en Madrid.
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y aunque aprobada también en Castilla y León
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aprobada las dos
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también
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si se pierde la nacionalidad
01:03:32
en este caso
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en el caso de los que decíamos
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asociados
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cuando se jubila el funcionario
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es decir, cuando se jubila el funcionario
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si hay una sanación
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implica separación de servicio
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o si hay una pena
01:03:47
implica inhabilitación absoluta
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para dejarlo
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bueno y cuando
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¿Y cómo se puede producir la jubilación? La jubilación puede ser voluntaria, forzosa o porque se declare la incapacidad permanente. La jubilación voluntaria es antes de tiempo, la forzosa es cuando se cumple el tiempo y ya no puede continuar, y la incapacidad permanente es cuando se dan determinadas circunstancias que incapacita al funcionario para poder seguir.
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Bueno, los empleados públicos siempre van a tener derecho a desempeñar el puesto de trabajo según esté estructurado el empleo público, esto es una cuestión que organizan las administraciones públicas, pero en algún caso estas administraciones podrían asignar tareas o responsabilidades distintas si fueran necesarias y el puesto de funcionario ya no tuviera sentido y tuvieran que pasarlo a otra función.
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En la docencia esto no se da, y es muy extraño que cambie de responsabilidades, a no ser que haga uso de la posibilidad de moverse dentro de esa carrera horizontal que decíamos antes, o opte a determinados puestos que puedan salir relacionados con su condición docente, pero no para la docencia directa.
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la economía. En cuanto a la organización, los funcionarios se organizan en cuerpos y
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escalas. Bien, los cuerpos y escalas van a estar en función del trabajo del funcionario,
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por ejemplo, de las competencias, de las capacidades y de los conocimientos comunes de los que
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se participan. Y para cada uno de esos cuerpos y escalas se establecen los procesos selectivos
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correctos. ¿En qué grupos nos movemos nosotros? Bueno, pues hay distintos grupos, los funcionarios
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Pueden ser del grupo A, del grupo B y del grupo C, pero nosotros nos vamos a mover todos en el grupo A,
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que son los funcionarios que tienen el título universitario de grado.
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Dentro de este título universitario de grado se distinguen dos subgrupos, el subgrupo A1 y el subgrupo A2,
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que digamos que eran un poco la situación que había antes cuando existían dos categorías diferentes
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en función de que se existía el título de licenciado o el título de diplomado.
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Por eso, los profesores de secundaria pertenecen al subgrupo A1, mientras que los maestros pertenecen al subgrupo A2. Esto está en función de las características de la prueba de acceso, de las funciones que se desempeñan en el DER.
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los
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ingenieros del grupo B y del grupo C
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tienen titulaciones distintas
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es ahí pues el título de técnico superior para el grupo B
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y el título de
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bachillero de técnico para el C1
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y el de graduado en la ESO para el C2
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sería digamos la titulación
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para proveer los puestos de trabajo pues hay
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una serie de principios que hemos visto también antes
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el principio de igualdad de capacidad pero se añade también
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el de publicidad para poder proveer
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estos puestos de trabajo y generalmente
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para asignar
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puestos de trabajo, existen
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los procedimientos de concurso y los delitos de licitación
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de los que os hablábamos.
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Por ejemplo, si alguien
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quiere optar a un puesto
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como asesor del
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CETIF o del CRIF, ya sabe
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que va a tener que someterse a
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un proceso que tenga
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una convocatoria con los principios de igualdad
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de habilidad y curiosidad
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y mediante un procedimiento de concurso
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optaría
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a la plaza. Dentro de los
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concursos se valoran los méritos, para eso
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siempre hay una comisión de evaluación
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que tiene que estar compuesta
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por personas en las que se
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reconocen los principios de profesionalidad,
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especialización,
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paridad, imparcialidad y objetividad.
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Y bueno, pues
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en algunos casos
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puede ocurrir que
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se produzca la supresión
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o la remoción del puesto de trabajo, pero esto
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como decía antes, se da más
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en puestos de funcionarios de otros tipos,
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pero en esos casos hay que asignar
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un puesto conforme a la carrera profesional
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y para eso muchas veces también se recubre a los concursos para que los funcionarios que están en esta situación de supresión o remoto del impuesto puedan optar en función del curso.
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¿La movilidad de los funcionarios existe, no existe? Pues sí, existe. Los funcionarios se pueden mover porque quieran moverse mediante un movimiento de tratados
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o pueden moverse porque las necesidades específicas lo requieran.
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En general, en la docencia, los intervinos se mueven porque las necesidades específicas lo requieren
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y los compañeros de carrera se mueven por concurso de tratado de manera voluntaria.
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Pero digamos que los procedimientos son diferentes,
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en función de que uno tenga superado la oposición o todavía esté por superar.
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En cuanto a las necesidades de servicio, puede ocurrir que haya movimientos, pero esto se suele producir más en otros ambientes, en el docente. Lo que ocurre es que, bueno, pues también se pueden mover los funcionarios de tal manera que un funcionario de carrera o comisión de servicio vaya a una plaza de servicio.
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Bueno, probablemente, no solamente las retribuciones básicas y las complementarias, sino que alguna complementaria la va a cambiar, porque si no va en comisión de servicio, como directora de un centro, le pagará la complementaria cuando realmente la lleve.
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Bueno, en cuanto a las situaciones administrativas, existen distintas. Servicio activo, servicios especiales, servicios de otras administraciones públicas y excedencia. Luego existe la posibilidad de que a uno le sustenten los servicios.
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El servicio activo es en el que os encontráis vosotros. Los servicios especiales son los que se prestan en otras circunstancias. Por ejemplo, en servicios especiales estaría la gente que ha sido elegida diputada o senadora, gente que está en otras funciones y en este momento no está en el servicio activo.
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En otras ocasiones, lo que ocurre es que un funcionario pasa a otras administraciones públicas o de la que depende directamente, sino que accede en un puesto de comisión de servicios o en otra administración. Por ejemplo, hay gente que está trabajando en el Ministerio de Educación, aunque sea funcionario de la Comunidad de Madrid. Este es un servicio que presta en otras administraciones.
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Y luego existe la posibilidad de la excedencia. Para los funcionarios, ¿qué ocurre? Que para solicitar excedencia, generalmente hay que llevar un periodo ya como funcionario de carrera. En este caso, existe una excedencia voluntaria o intrafatricular, como lo puede pedir, siempre que haya llevado ya cinco años como funcionario, no recibe contribuciones y no se le computa la antigüedad. Es como si ese tiempo estuviera en blanco.
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También existe la voluntaria por agrupación familiar, que tampoco se computa la antigüedad, tampoco se paga y, bueno, pues es simplemente cuando el complejé está en otra localidad.
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Y luego existen las excedencias por cuidados familiares, que no pueden ir más allá de tres años, sí que computa la antigüedad, se guarda el puesto durante dos años
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Y, bueno, pues también se reserva la localidad y el derecho a asistir a la formación. Y luego existen unas específicas por razones de violencia de género y de violencia terrorista.
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Vamos ahora a un aspecto un poquito más escabroso, que es el tema del régimen disciplinario. Normalmente, nosotros no nos vamos a ver en esta situación, pero podría ocurrir que en algún caso nos viéramos cercanos a ello o conociéramos a alguien que esté en esta situación.
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Bien, para la responsabilidad disciplinaria también hay asuntos marcados por la normativa.
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De tal manera que si uno hace cosas que no deben, es decir, si se realizan actos que tienen conductas que no son los adecuados
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y que constituyen una falta disciplinaria, entonces se incurre en esta responsabilidad.
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Pero no solamente quien hace cosas constituyen faltas, sino también quien induce a otros a que las realicen.
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o quien esté encubriendo faltas que sean muy graves,
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o graves cuando en todo eso se derive un daño grave,
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o bien para los ciudadanos o bien para la Administración.
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Bueno, en esos casos hay que ejercer la potestad disciplinaria.
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Y para ello, quien tiene la potestad disciplinaria es la Administración,
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que debe corregir esas condiciones.
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Bueno, la corrección va a correr a cargo de la Administración,
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pero la administración es un ente que tendrá una serie de personas o factores para llevarla a la práctica.
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Se va a aplicar en el caso de que haya infracciones en la ejecución de las funciones y de los cargos
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y esto no evita que pueda haber además una posible irresponsabilidad.
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Los principios en los que se basa la propiedad disciplinaria, los tenéis ahí, es la legalidad y la justicia,
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es decir, cosas marcadas por la ley y que estén además fijadas, es decir, reflejadas estrictamente y efectivamente qué es lo que son esas faltas, cuáles son sus sanciones, el principio de retroactividad en aplicar hacia atrás en el caso de las que no sean favorables y de retroactividad cuando se son favorables al factor,
01:13:20
El principio de proporcionalidad, lógicamente, tanto en las infracciones como en las sanciones. Y, por supuesto, que exista culpabilidad y siempre hay que mantener, en tanto que no se demuestre la culpabilidad, la presunción del derecho.
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Las faltas pueden ser muy graves o leves, y entre las muy graves de los funcionarios sería cualquier incumplimiento del respeto a la Constitución y a las normas derivadas, las actuaciones que impliquen discriminación, por supuesto, del acoso, el abandono del servicio, la adopción de cualquier acuerdo que sea manifestamente ilegal, que además cause perjuicio a la Administración de los Ciudadanos,
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El que se publique o se use de forma indebida documentación e información a la que se tenga acceso por razón del puesto o del cargo.
01:14:26
La negligencia en la custodia de los objetos oficiales, el que sea un elemento notorio de las funciones de lo que haga el funcionario y, por tanto, se le pueda recortar que no está trabajando bien.
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El que viole la imparcialidad, el que desobedezca abiertamente a los superiores, por tanto, a un director no podéis decirle no pienso hacer eso. El director se puede equivocar, pero vosotros no podéis creer en esto.
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El hecho de que uno intente hacer prevalecer su condición de funcionario para conseguir un beneficio al que no tenga derecho, el que se obstaculice el ejercicio de las libertades públicas y los derechos judiciales, el coartar el hecho de huelga, el incumplir los servicios esenciales de una huelga, el incumplir las incompatibilidades,
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para que no pueda generar la situación de compatibilidad de las que están marcadas por la ley,
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el incomparecer injustificadamente a comisiones de investigación
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sin llamarse en alguna ocasión a las Cortes Generales y a las asambleas de las comunidades
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y el acoso laboral.
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Todo esto serían faltas muy grandes.
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Las faltas, de verdad, vienen más determinadas por las comunidades autónomas
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y están determinadas fundamentalmente por las circunstancias.
01:15:53
Entonces, las faltas graves van a serlo en función del grado en el que se haya vulnerado la legalidad,
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en función de lo graves que hayan sido los daños que se causan al público, al patrimonio, a los bienes,
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y en función del descrédito que se genera a la imagen pública de la mujer.
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En esos casos, las faltas serían graves.
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¿Qué sanciones puede haber? Pues la separación del servicio.
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en el caso de los interinos
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se revoca su nombramiento
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en el año, digamos,
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de la condición
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de fuente interino.
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Esto, como veis,
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solamente se puede funcionar por
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faltas contrarias. Puede que
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sean unas subvenciones
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o de frío y sueldo. En el caso
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del personal laboral, una duración máxima
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de seis años, vosotros no sois de momento
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personal laboral
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ni creo que hoy lo vayáis a ser,
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el tratado forzoso con
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cambio de residencia
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por el periodo que se establezca
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el demérito que consiste en la penalización
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de efectos de carrera, promoción o movilidad
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y la percibida
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y estas serían las posibles exámenes
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bueno, con esto hemos hecho un primer repaso
01:17:18
y nos queda muy poquito para terminar
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Entonces, sí quería comentaros algunas cosas relacionadas con los órganos colegiados que pueden afectar a vuestro trabajo. Los órganos colegiados son órganos que trabajan justamente, están formados por varias personas.
01:17:23
Los órganos colegiados son el claustro y el consejo escolar. Y asimilados a los órganos colegiados serían la CCP, o los departamentos, o los equipos docentes de compañeros y compañeras.
01:17:39
Bueno, en esos órganos colegiados siempre hay un presidente que tiene una serie de funciones. Es el que va a asentar la representación, es el que acuerda las convocatorias, es el que preside las sesiones, es el que dirime en su caso, en su voto, si hay empate, los acuerdos que se puedan adoptar.
01:17:51
Se tiene que asegurar de que no se cumplan las leyes y es el que hace los visados de las actas y las certificaciones. Estos órganos también tienen un secretario. El secretario normalmente dice que asiste a las sesiones con voto o sin voto. En el caso del consejo escolar es clarísimo.
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pero en el caso del claustro
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no es así, porque en el claustro
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él es un miembro nato como profesor
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y por tanto tiene derecho
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a voto y voto
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pero los secretarios en general son los que
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efectúan las convocatorias
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el presidente se lo pide
01:18:39
son los que reciben los actos de comunicación
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de cada uno de los miembros
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que participan en esos órganos
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y son los que se encargan de redactar
01:18:47
y autorizar las actas de asesoría
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también, si alguien
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lo necesita, son los que piden la certificación
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de los contratos, dictámenes y los
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acuerdos. Los miembros,
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¿qué atribuciones tienen?
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Para recibir con una ampliación mínima
01:19:02
de dos días la convocatoria en la que conste
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el orden del día. Tienen la
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posibilidad de participar en los debates,
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además del derecho a hacerlo. Tienen el
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derecho a voto y tienen la posibilidad de
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formular un voto particular si no están de
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acuerdo con algo,
01:19:16
expresando ese sentido y
01:19:18
los motivos que lo justifican. Ese voto
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particular les exigiría en el
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caso de responsabilidad de la responsabilidad también pueden formular
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dudas y preguntas y tienen el derecho a recibir la información
01:19:30
la convocatoria es las sesiones para que la convocatoria
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la constitución sea válida tenemos aquí me están diciendo algo
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No, no es de órganos unipersonales. La diapositiva es solo para órganos colegiados. Hablamos solamente de órganos colegiados. Comentaba Ángel si era para órganos unipersonales.
01:19:52
Alfonso, perdóname, es que más que nada nos aparece en la diapositiva las sanciones. No aparece justo lo que son los órganos en sí. Quería comentarte eso, que está apareciendo en la diapositiva.
01:20:05
No están apareciendo en las diapositivas, correcto.
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Eso es.
01:20:20
A ver, un momento, que vamos a dejar de compartir lo que estábamos compartiendo y vamos a compartir lo anterior. A ver, ¿me veis ahora bien? ¿Ahora sí?
01:20:20
Ahora perfecto, Alfonso. Convocatorias y sesiones, perfecto.
01:20:36
Muy bien. Bueno, pues, como os decía, hemos comentado lo del presidente, lo del secretario, lo de los miembros, que creo que queda más o menos claro. Bueno, las convocatorias y las sesiones, para que tengan validez, tienen que hacerse con la mitad, al menos, de los miembros.
01:20:40
Lógicamente, la convocatoria tiene que hacerse por el presidente y a través del secretario.
01:20:57
En el caso de que no sea posible, las convocatorias tienen que ser remitidas a los miembros por medios electrónicos, siempre que sea posible.
01:21:05
Si no resulta posible hacerlo por medios electrónicos, habrá que buscar alguna vía para que tengamos la certeza de que les ha llegado a todos.
01:21:18
Y que de manera fehaciente todos sean enteros. Pero si es posible, hay que hacerlas permitiéndolas de manera electrónica. A través de estas convocatorias se comenta cuál va a ser el orden del día y se va a facilitar, si es el caso, la documentación que sea necesaria para deliberar los asuntos que se vayan a hacer.
01:21:26
Lo que no esté en el orden del día no puede ser objeto de acuerdo y no debería ser objeto de deliberación. Por tanto, solamente se va a debatir y se va a acordar sobre lo que esté en el orden del día. Y los acuerdos se adoptan por mayoría de ley.
01:21:49
cuando los miembros
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en cuestión
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se obtengan o voten
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en contra, quedan exentos de responsabilidad
01:22:12
para esto generalmente tienen que hacer
01:22:15
uso de los obligantes del voto particular
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y bueno, pues en principio
01:22:18
si alguien quiere una certificación
01:22:20
lo único que tiene que hacer es solicitarla
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y pedírsela al secretario
01:22:24
las actas
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son necesarias
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y son obligatorias, de cada sesión
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hay que levantar acta, lo tiene que hacer el secretario
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Como decía, que por extensión hay otros órganos que también se concentran como dentro de los colegiados, meteríamos aquí la CTP, los departamentos y las reuniones de los equipos docentes de primaria y infancia.
01:22:34
en cada sesión por tanto
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se levanta acta y se recogen
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varios aspectos, siempre se recogen
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los asistentes, el orden
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del día, el lugar y el tiempo
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en el que se ha celebrado
01:23:01
los puntos principales de las deliberaciones
01:23:02
sin llegar al detalle de decir
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pues Ana dijo no sé qué
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y Pepe le contestó no sé cuál
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los puntos
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fundamentales, nada más
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y por supuesto los acuerdos adoptados
01:23:15
¿se puede grabar?
01:23:17
Se puede grabar. Lo que pasa es que una cosa es que se grabe y otra cosa es que se utilice luego lo que está grabado con fines ilícitos. Por lo tanto, las sesiones se pueden grabar y el fichero que resulte de esta grabación, pues luego es el secretario el que es encargado de decir que es auténtico y el encargado de custodiarlo.
01:23:19
actas se pueden aprobar en la misma reunión
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o en la siguiente inmediata,
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las elabora el secretario
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y tienen que tener visto bueno al presidente.
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Luego, bueno, a los
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miembros se les permite a través de
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los medios electrónicos
01:24:00
e informáticos. Y aquí ya
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voy a terminar con dos
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aspectos concretos que son
01:24:08
la abstención y la recusación. Hemos
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hablado antes de la abstención. Los funcionarios
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se tienen que abstener en aquellos casos en los que tengan
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interés personal o haya alguna
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regulación fuera.
01:24:18
Pues, existen dos figuras que son la abstención y la recusación. La abstención implica que los funcionarios que tengan algún interés en el asunto que estén tratando, bueno, pues al ministro, en alguna entidad interesada, que esto no va a pasar, pero que tengan un vínculo, sea matrimonial o de parentesco, de consanguinidad dentro del cuarto de grado o de afinidad dentro del segundo, tienen que abstenerse del procedimiento en cuestión.
01:24:20
sea un examen de oposición, sea un procedimiento disciplinario, sea un procedimiento selectivo,
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en cualquier caso tendrían que accederse si dan esta circunstancia,
01:24:55
o bien porque tengan amistad íntima o enemistad manifiesta,
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o porque hayan intervenido como perito o testigo,
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o porque tengan relación de servicio con la persona que esté directamente en el asunto
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o que se le haya prestado en los últimos años el licenciado.
01:25:14
Pero también podrá ocurrir que al funcionario otra persona que está interesada en el caso le recuse por lo mismo, por tener interés personal, por ser administrador de una entidad interesada, por tener vínculo matrimonial, por tener amistad íntima, por tener amistad manifiesta, por tener relación interna.
01:25:18
Es decir, que nosotros debemos abstenernos cuando tengamos un interés colateral en el asunto o podemos ser recusados cuando una persona entienda que nosotros no vamos a actuar con objetividad o crea que podemos no actuar con ella.
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y en principio
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había muchas más cosas
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pero
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me suele llegar hasta las 7 y parar aquí
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pues yo
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me voy a parar aquí
01:26:05
si alguien tiene cosas que preguntar
01:26:06
porque el chat me ha desaparecido y ahora
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cuando deje de compartir seguramente
01:26:11
me aparecerán todas las preguntas
01:26:13
bueno
01:26:15
voy a irme un poco más arriba porque dice
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a la hora de hacer una reclamación
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ante la administración educativa, ¿qué pasa si firmamos?
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Bueno, a la hora de firmar una reclamación ante la Administración Educativa, uno puede firmar cosas a título individual.
01:26:25
Los órganos colegiados tienen las competencias que tienen. Es muy dado que los claustros digan, vamos a hacer un escrito dirigido contra o dirigido a...
01:26:35
Los claustros no pueden hacer eso, no tienen competencias para eso. Si lo hacen, están incurriendo en un error todos sus componentes,
01:26:45
incluido el director que es el presidente
01:26:51
y que por tanto debería pararlo
01:26:53
los claustros no se pueden manifestar
01:26:55
así, si pueden
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a título personal o como colectivo
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de profesores, las personas que quieran
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es decir, las mismas personas que forman el claustro
01:27:04
salen del claustro y dicen vamos a hacer una carta
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y firmamos con nuestro nombre, apellidos
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y DNI, no hay ningún problema
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en esos casos no pasa nada
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dice ahora
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ante la falta de cobertura de atención del responsable
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del centro al que asiste su hijo, lo puedo
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firmar yo
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o mejor que lo hiciera mi marido
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falta de cobertura de atención del responsable
01:27:26
del centro. Vale.
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Entendemos que hablamos como padres
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y que en este momento estamos
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refiriéndonos a que un profesor no
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está atendiendo a nuestro hijo correctamente
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o a alguien del centro
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no está atendiendo correctamente.
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No pasa nada. Uno
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lo firma, pero lo firma como persona.
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Si lo firma como padre,
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no hay ningún tipo de represalidad
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ni de problema. Uno, además
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de sus condiciones profesionales, tiene
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sus condiciones familiares o personales.
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En ese caso, no hay ningún tipo de problema.
01:27:57
Este PowerPoint va a estar disponible
01:27:59
luego para todos. Ya veo que
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hay otro motel por ahí.
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También,
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¿quién las permite? ¿Se les aplica esta protección de rejeo?
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¿Sabe qué ocurre?
01:28:12
Bueno, si tú sabes que ocurre
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algo y omites comentarlo,
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puedes estar incurriendo en una falta.
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Igual que si lo estuvieras cometiendo.
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Ni la omisión, ni la incitación, ni la realización.
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Las tres cosas son consideradas faltas.
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Vale, más cosas que veo por aquí.
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Las personas que entran por las plazas reservadas por algún tipo de minusvalía
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tienen la posibilidad de elegir el tipo de jornada
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y las mismas funciones que un puesto de acceso por listas ordinarias.
01:28:41
En principio, sí.
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En principio, no hay ningún tipo de problema.
01:28:46
Tú accedes a una oposición.
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nadie te va a preguntar por qué tipo has entrado
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lo que ocurre es que puede
01:28:51
que
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haya que acomodar la situación
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pues porque por la misma valía
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haya que adaptar los espacios
01:28:58
pero las plazas
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no salen separadas
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para la misma valía y para
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para las personas que entran
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por la extraordinaria
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es exactamente igual
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más cosillas
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¿vale?
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en caso de los funcionarios
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docentes las vacaciones no son elegibles
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vienen establecidas por el gabinete escolar
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tenemos las vacaciones que indica el grano de la edad
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el mes de julio que tenemos esta disposición
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aunque no tengamos, correcto
01:29:31
eso
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suele ser así, no se puede
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disponer de las vacaciones cuando uno
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quiere, pero sí que existe la concesión de
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sociales de asuntos propios que es una novedad
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que hizo la Comunidad de Madrid
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que permite que cuatro días al año se puedan disponer
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siempre que
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el director lo autorice porque
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el servicio esté cubierto
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tener en cuenta que cuando uno coge
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un día de asuntos propios en la docencia
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se lo carga a otro
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porque claro, uno deja una clase
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que va a tener que ocupar un compañero
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no es lo mismo
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que el funcionario
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que trabaja con papeles
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que dice, te vas un día de asuntos propios y cuando vuelvas
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tienes los papeles de hoy y los de ayer
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en el caso de un día de asuntos propios
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en la docencia es más
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complejo, por eso los directores
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a veces no pueden decir, me ha pedido todo el claustro
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y se me han puesto propios, no me puedo dejar ir
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yo me voy a penalizar
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pero por lo demás las vacaciones son las que son
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bueno, más cosillas
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si no cobras el verano
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si te dan un finito con la vacación
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disfruta de también las cotizas que se van a enviar
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en cuestiones de dinero
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ya no puedo deciros mucho
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porque eso va a depender de las condiciones del contrato
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que tengáis
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ahí sí que no me atrevo
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deciros nada entre otras cosas porque
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no estáis todos, creo, contratados
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de la misma manera ni por el mismo tiempo
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y no podía daros
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una respuesta. No sé si
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dejarlo aquí. Todo lo que
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tengáis escrito en el foro y queréis
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hacerme llegar
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lo podéis escribir, no hay ningún
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problema y lo contestamos
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en los foros si os parece
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la palabra habitual.
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Pues eso hacemos, Alfonso.
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Yo creo que sería conveniente que realizáramos
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ahora un descanso
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entonces si os parece bien a todos
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pues son las siete
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y diez casi, a las siete y veinte
01:31:24
a las siete y veinte
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retomamos tu ponencia, ¿de acuerdo?
01:31:27
Perfecto
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Pues hasta las siete y veinte, descansa todos
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hasta ahora
01:31:34
Hasta luego
01:31:34
Sí, sí
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Estamos aquí de nuevo
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He visto muchas preguntas en
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que no es tan
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profundidad. Sí he visto una puntualización que además
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conviene hacerle caso
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simplemente porque me decían
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que el
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permiso de paternidad que se ha alargado,
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que ya no son cuatro semanas, es verdad,
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es lo que está escrito
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en el Real Decreto Legislativo que he mencionado,
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pero es de 2015. Por tanto,
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cuando se hizo, la duración era la que era.
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Ahora es una duración diferente
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que tiende a alargarse más de 12 a 10
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semanas. Por tanto,
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estas son cosas que van cambiando
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aunque la legislación se escribe
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en un momento determinado y luego se van corrigiendo
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paso a paso, digamos
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agradezco mucho que lo hayáis comentado
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y el tema de los interinos en relación a los interinos
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de momento es un tema
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que sí se reconoce
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pero se reconoce generalmente una vez
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que uno aprueba la oposición
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y entonces lo reclama y se lo pagan
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pero vamos, en principio los interinos
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trabajan por tanto más
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sumando los interinos igual
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Explica si quieres, Ángel
01:44:19
Vamos a
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A ver, vamos a poneros a trabajar
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A todos un poco
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¿Proyectas tú, Ángel?
01:44:35
Lo tengo yo aquí
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A ver, os vamos a
01:44:44
Os vamos a dividir en salas
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¿Vale?
01:44:48
Vais a trabajar en grupos de 10
01:44:48
¿Vale?
01:44:51
Entonces vais a ver
01:44:54
Os va a poner Ángel
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qué caso
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del aula virtual tenéis que trabajar
01:45:00
cada grupo, ¿vale?
01:45:02
¿Lo encuentras o lo pongo?
01:45:04
Vale
01:45:08
Vale
01:45:08
Estoy
01:45:10
A ver
01:45:19
Ay, no me deja
01:45:22
compartir, no me deja compartir
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ahora, ¿eh? A mí
01:45:27
Espera, espera un segundito
01:45:27
que ya voy
01:45:30
Bueno, hola de nuevo a todos
01:45:31
Mirad, la actividad consiste en lo siguiente
01:45:46
Vamos a formar 14 grupos de trabajo
01:45:48
¿Vale?
01:45:50
En cuanto a lo que son esos 14 grupos de trabajo
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Que vamos a formar
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Se van a ir repartiendo aproximadamente de 4 en 4
01:45:56
Y a cada uno de vosotros
01:45:59
De manera aleatoria
01:46:01
Le va a tocar realizar un caso
01:46:02
¿Dónde podéis encontrar el caso que os toca?
01:46:04
Bueno, el caso que os toca
01:46:07
Lo podéis encontrar dentro de la página de Moodle
01:46:08
dentro de nuestra página del curso, pues justo en materiales del módulo, ¿vale?
01:46:10
¿Dónde está? ¡Ay, me caché la mano! Os lo enseño otra vez de nuevo, ¿vale?
01:46:16
¿Dónde lo podéis encontrar? Lo podéis encontrar en el módulo 1, ¿veis?
01:46:21
El funcionario docente como empleado público.
01:46:24
Abajo aparece materiales del módulo.
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Si pincháis en materiales del módulo, tenéis los casos prácticos aquí.
01:46:30
Y ahora los grupos, fijaros, aquellos de vosotros que entren en el grupo 1,
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2, 3 y 4 van a hacer el caso número 1, ¿de acuerdo? Aquellos que hagan los grupos 5, 6, 7 y 8 van a
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trabajar el caso número 2. Los grupos 9, 10 y 11 harán el caso número 3 y los grupos 12, 13 y 14
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van a realizar el caso número 4. Para que os hagáis una idea, si pincháis en cada uno de los casos,
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Vamos a ver el caso número 1
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¿Veis? Esto es lo que tendríais que debatir
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Dice, caso número 1
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Cada uno de los tres restantes es distinto
01:47:14
En un centro escolar se convoca a una sesión de claustro
01:47:16
en la que asiste un profesor interino
01:47:19
que sustituye a un titular que se encuentra de baja
01:47:21
por haber sufrido una esguinza de muñeca
01:47:22
que le mantiene en reposo y le impide
01:47:24
desarrollar su actividad
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Bueno, después de desarrollar el caso
01:47:27
las preguntas que hay que contestar son
01:47:29
¿Tiene derecho a asistir el profesor al claustro estando de baja?
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¿Puede el profesor interino abonar el claustro al comprobar que el titular va a ejercer el voto? ¿Podría impugnar la votación al profesor interino? ¿Qué defectos formales se han cometido a lo largo de ese proceso? Debatís entre vosotros, entre las personas que formáis el grupo y sacáis vuestras conclusiones.
01:47:34
Por favor, de cada uno de los grupos elegid un portavoz, ¿vale? Sabemos que puede ser un poquillo complicado porque estamos todos haciendo las ponencias online, pero que una persona se muestre voluntaria de cada uno de los grupos para exponer y comentar las conclusiones que tengáis.
01:47:52
Ah, sí, te están preguntando que si los grupos son los grupos que hay en el aula virtual. No, os vais a repartir en salas ahora en diferentes salas de Zoom, ¿vale? Esos van a ser los grupos, así que es de eso de lo que tenéis que estar pendientes, ¿vale?
01:48:15
Eso es. Y ahora, esos grupos los vamos a empezar a hacer de manera aleatoria, ¿vale? Entonces, cada uno de vosotros vais a ir formando parte ahora mismo a un grupo. Vamos a hacer los 14 grupos.
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vamos a ver
01:48:48
tenéis que trabajar juntos
01:48:51
se lo estáis preguntando
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la sala no la tenéis que crear vosotros
01:48:55
la vamos a crear nosotros
01:48:57
y os vais a ir ahí
01:48:59
os van a mandar, Zoom os manda directamente
01:49:01
a la sala, ¿vale?
01:49:03
entonces podéis utilizar, debéis abrir
01:49:05
el micrófono
01:49:07
la cámara si os apetece
01:49:08
porque tenéis que trabajar en grupo
01:49:11
¿vale?
01:49:13