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Deberes del profesorado y deontología profesional docente.(I)

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Subido el 5 de marzo de 2022 por Ignacio A.

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El artículo 103 de nuestra Constitución de 1978, la Constitución Española, 00:00:00
ubicado en el título IV denominado del Gobierno y de la Administración, establece 00:00:14
La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales 00:00:20
y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, 00:00:26
desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al derecho. Ya tenemos al más 00:00:33
alto nivel unos principios que delimitarán el desarrollo de nuestros deberes. Me centraré 00:00:44
brevemente en algunos. Servir los intereses generales, pues la educación y el progreso de 00:00:51
la sociedad es un interés que tenemos como colectivo. Lo debemos hacer de forma eficaz, 00:00:59
consiguiendo el objetivo y el efecto que se desea o se espera, es decir, el máximo desarrollo 00:01:06
de los alumnos. Lo hacemos en un entorno jerárquico, con distintos niveles y distintas responsabilidades. 00:01:13
Los órganos superiores, el director de área territorial, los equipos directivos, los jefes 00:01:21
de departamento, no se os escapa que muchos de vosotros, tarde o temprano, terminaréis 00:01:27
asumiendo responsabilidades directivas en los centros educativos, por lo que deberéis 00:01:34
liderar esos principios y esas responsabilidades. Y finalizo con el principio de coordinación 00:01:40
y este principio a muchos niveles. La labor docente que se desarrolla en los centros no 00:01:48
puede entenderse como labor individualizada, personal. La labor es y debe ser coordinada. 00:01:56
El techo de cristal del sistema educativo no es la formación de cada docente, entendida 00:02:04
como elemento individual, sino la capacitación grupal, es decir, la intervención coordinada 00:02:10
de un equipo docente que desdibuja los departamentos y se conforma en equipo de centro para intervenir 00:02:17
de forma global entre la cohorte de alumnos. Esa será la mejor forma de sacar el máximo 00:02:25
provecho de las capacidades de los alumnos. Este término, que ya ha salido varias veces, 00:02:33
el del pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos, es el recogido 00:02:40
en el artículo 2, fines de nuestra Ley Orgánica de Educación. Y ahora, debo recordaros el último 00:02:47
elemento de los recogidos en el citado artículo 103 de nuestra Constitución, con sometimiento 00:02:54
pleno a la ley y al derecho, con el cumplimiento de las normativas y disposiciones reglamentarias 00:03:00
a todos los niveles. Pero no solo. Vamos a ir descubriendo este tejido de deberes y normas 00:03:09
y disposiciones que delimitan nuestro trabajo. En nuestro contexto, como personal de las 00:03:17
Administraciones Públicas, podemos centrarnos en lo que ha establecido el capítulo VI, 00:03:23
Deberes de los Empleados Públicos, del Real Decreto Legislativo 5-2015, de 30 de octubre, 00:03:29
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, 00:03:37
del denominado EBEB. Permitidme que os señale aquellos aspectos más nucleares. Los empleados 00:03:43
públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas. Velarán los intereses 00:03:51
generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento 00:04:00
jurídico. Actuarán con arreglo a los siguientes principios. Objetividad, integridad, neutralidad, 00:04:06
responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, 00:04:14
ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medio 00:04:24
ambiental y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres. Cada uno de esos términos recogidos 00:04:33
literalmente en el artículo 52 del estatuto básico del empleado público, perdón, de nuestro estatuto 00:04:41
básico como empleados públicos, podría provocar un desarrollo en módulos concretos que no podemos 00:04:49
hacer. Pero sí os invito a reflexionar sobre ellos para descubrir cuál es el posible alcance. 00:04:56
Y no puedo dejar de puntualizar que ese artículo da tanta importancia a esos principios que, 00:05:04
Finaliza señalando que los principios y reglas establecidas en este capítulo informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos. 00:05:11
El estudio del régimen disciplinario, que forma parte de otro capítulo de esta actividad formativa, debe ser entendido como una garantía para la sociedad en el desarrollo de los deberes que tenemos como empleados públicos. 00:05:24
Por eso, unificando los conceptos de administración pública y entorno educativo, nunca me cansaré de delimitar que si la labor docente es importante en una sociedad, la que se desarrolla en un entorno público, vinculado a las administraciones públicas, debe ser mucho más importante. 00:05:39
Seguidamente, ese capítulo VI de nuestro Estatuto Básico como Empleados Públicos establece dos términos muy vinculados con la temática de este módulo, los principios éticos y los principios de conducta. 00:06:01
En relación a los principios éticos, el artículo 53 establece un marco que debemos tener permanentemente presente en nuestra labor. 00:06:18
El respeto a la Constitución y al resto de normas, la búsqueda de la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, 00:06:29
el desarrollo bajo los principios de lealtad y buena fe con la administración 00:06:43
y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos 00:06:49
el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas 00:06:56
evitando cualquier discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico 00:07:01
género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o 00:07:08
cualquier otra circunstancia o condición personal o social. La abstención en asuntos en los que 00:07:17
tenga un interés personal. La no aceptación de ningún trato de favor o situación que implique 00:07:24
privilegio o ventaja injustificada. La actuación con los principios de eficacia, economía 00:07:32
y eficiencia, vigilando la consecución del interés general y el cumplimiento de los 00:07:38
objetivos de la organización. El cumplimiento con diligencia de todas las tareas que nos 00:07:45
correspondan o se nos encomienden. El ejercicio de las atribuciones según los principios 00:07:51
de dedicación a servicio público, absteniéndonos de cualquiera que comprometa la neutralidad 00:07:57
en el ejercicio de los servicios públicos, guardar secreto en las materias clasificadas 00:08:04
y mantener la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcamos por razón de nuestro 00:08:09
puesto. Y en relación al artículo 54, principios de conducta o señal. Tratar con atención 00:08:16
y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos. Desempeñar 00:08:26
las tareas del puesto de trabajo de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario 00:08:34
establecido. Obedecer las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, 00:08:40
salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso se deberán 00:08:47
poner inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes. Informar 00:08:55
a los ciudadanos de los asuntos que tengan derecho a conocer, facilitando el ejercicio 00:09:01
de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. Administrar los recursos y bienes públicos 00:09:07
con austeridad. Velar también por su conservación. Rechazar cualquier regalo, favor o servicio 00:09:15
que vaya más allá de los usos habituales de cortesía, garantizar la constancia y permanencia 00:09:23
de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables, mantener actualizada 00:09:32
su formación y cualificación. Este apartado está perfectamente vinculado con el capítulo 3 del 00:09:39
título tercero de la Ley Orgánica de Educación. En concreto, el artículo 102 habla de la formación 00:09:48
del profesorado como derecho y como deber. También observar las normas sobre seguridad y salud 00:09:56
laboral y poner en conocimiento de los superiores o de los órganos competentes las propuestas que 00:10:03
consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en las que estemos 00:10:10
destinados, es decir, colaborar en la mejora de la organización. Este compendio de principios 00:10:17
éticos y principios de conducta son una buena introducción para adentrarlos en los deberes 00:10:24
como profesores y para introducirnos en la deontología profesional docente que desarrollaremos 00:10:30
en el siguiente capítulo. 00:10:38
Idioma/s:
es
Autor/es:
José María Lozano Salinas
Subido por:
Ignacio A.
Licencia:
Todos los derechos reservados
Visualizaciones:
2485
Fecha:
5 de marzo de 2022 - 9:19
Visibilidad:
Público
Centro:
Sin centro asignado
Duración:
10′ 58″
Relación de aspecto:
1.78:1
Resolución:
1920x1080 píxeles
Tamaño:
626.05 MBytes

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