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FILO T.15 Política. Comentarios de texto 2 - Contenido educativo
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Hola, bienvenidos a una nueva clase de filosofía.
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Continuamos con la parte práctica de comentarios de texto, justo donde nos quedamos en la anterior clase.
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Es decir, con el texto de los contractualistas, de Thomas Hobbes.
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Este texto corresponde al tema que justo acabáis de ver, que sería el punto 4.
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Bueno, no ponéis ideas políticas en la humanidad, lo tendré que cambiar.
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En realidad, el título es, como sabéis, Ideas Políticas en la Historia de la Filosofía.
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Después de Platón, nos encontráis justo con estos tres señores, ya filósofos de la época moderna,
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es decir, de eso que se va a llamar modernidad, que empieza con las revoluciones liberales inglesa, americana y francesa.
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Y el primer autor que estudiamos sería Hobbes.
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Muy importante para entender a los tres, ya lo habéis visto, esta tabla tan sencilla,
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pero donde se muestran los elementos de análisis político.
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Ellos parten siempre de un concepto filosófico.
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En alguno de ellos se lo tomaba también como un hecho histórico, que esto había ocurrido.
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otros no lo dejan tan claro, sino más bien es una especie de modo de imaginarse qué ocurriría si no hubiera estado.
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Es el concepto de estado de naturaleza.
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Como sabéis, los contractualistas defienden que el ser humano no es social por naturaleza.
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Por tanto, en este sentido no están de acuerdo con la visión clásica de Aristóteles,
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sino que el ser humano por naturaleza es un individuo, un individuo aislado,
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familias aisladas o por naturaleza el ser humano
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tiende a buscar sus intereses particulares
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entonces una visión muy moderna
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que a nosotros nos resulta obvia
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pero que a la mayor parte de la historia de la humanidad
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y a la mayor parte de los países no les ha resultado obvio
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en absoluto, tendrían que
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lo común, la sociedad viene siempre antes que el individuo
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así pensaban los griegos
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pero no piensan así estos tres autores
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ni generalmente en nuestro tiempo pensamos, como pensaba Aristóteles, que es lógicamente anterior el interés común al interés particular.
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Bueno, esto es lo que podríamos llamar una visión pesimista, social, individualista, propia, sobre todo de una forma de organización económica
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como es la economía de mercado o el capitalismo,
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donde se entiende que el mercado funciona a través de una lucha entre los intereses particulares.
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Hobbes defenderá, sabéis que el estado de naturaleza es una guerra de todos contra todos.
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Es decir, si no hubiera estado, si no hubiera leyes para amenazarnos,
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como somos egoístas por naturaleza, pues tenderíamos a cogerlo todo.
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Vamos, porque además somos egoístas y no tenemos límite en nuestro deseo.
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Bueno, pues es justo de lo que habla este texto.
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Habla del estado de naturaleza para Hobbes.
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Recordad que las preguntas que os hago son estas cuatro.
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Tema del texto, ya sabéis, ¿cuál es el modo de organización política ideal para Hobbes?
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Tema concreto de este texto, ¿cuál es el estado de naturaleza?
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¿Cuál es la tesis fundamental del texto?
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Bueno, pues desde un punto de vista genérico a esa pregunta general
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sabemos que Hobbes va a acabar defendiendo que el estado ideal es un estado absoluto o absolutista
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y concretamente respondiendo al tema concreto de este texto sobre el estado de naturaleza
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pues él defiende que el estado de naturaleza era la lucha de todos contra todos
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donde no existía ningún tipo de ley ni límite moral
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bueno, en el siguiente punto
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tenéis ya que desgranar bien
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cómo va argumentando todo
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a la hora de explicar que
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en ese estado de naturaleza, al ser la ley
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del más fuerte, en realidad no había ninguna ley
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simplemente fuerza
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fuerza física, no hay ley humana
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porque al final no hay ninguna ley que limite
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la fuerza física
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¿y cómo podemos relacionar este texto
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con lo que hemos estudiado en clase?
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bueno, pues aquí tenéis mucho que contar
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porque tenéis que desarrollar todo lo que no aparece en el texto sobre Hobbes
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y brevemente relacionarlo con las otras dos alternativas, la de Locke y la de Rousseau.
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No me tenéis que contar todo todo, pero sí ver cómo Locke entendía que el estado de naturaleza era un poco distinto
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y Rousseau igualmente.
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Si vamos ya al texto 7, que es el que tenéis que comentar, tenemos un texto de Locke.
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Vamos a leerlo para que no queden dudas a la hora del comentario.
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Tenemos pues que la finalidad máxima y principal que buscan los hombres al reunirse en estados o comunidades sometiéndose a un gobierno
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es la de salvaguardar sus bienes. Esto en inglés se dice waltz.
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Su vida, su libertad y sus propiedades.
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Entonces, esta salvaguarda es muy incompleta en el estado de naturaleza. Bueno, ya tenemos una primera frase que nos dice muchas cosas. La finalidad máxima cuando se hace el contrato social es la de poner en salvaguarda ciertos bienes, lo podríamos llamar también ciertos derechos, y sabemos cuáles son esos tres principales derechos de los que habla Locke.
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Derecho a la vida, el derecho a la libertad y el derecho a la propiedad privada.
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¿Por qué se reúnen entonces los seres humanos en sociedades y deciden limitar su libertad?
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Deciden someterse a una ley, deciden ponerse al amparo de una policía, unos jueces.
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Bueno, pues porque en estado de naturaleza no pueden asegurar que estos derechos básicos queden garantizados.
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porque en el estado de naturaleza, si bien no llegamos a hablar de una guerra de todos contra todos
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como lo haga Hobbes, desde luego que es un estado en el que es muy fácil el pillaje
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donde la mafia en cualquier momento se lleva por delante a uno y sus propiedades
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Continúo leyendo
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En primer lugar, se necesita una ley establecida, aceptada, conocida y firme
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que sirva por común consenso de norma de lo justo y de lo injusto y de medida común
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para que pueda resolverse por ella todas las disputas que surjan entre los hombres.
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Mucha información también.
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¿Qué es lo primero que aparece una vez que hacemos el contrato?
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¿Cuál es la base del contrato?
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Una ley.
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Una ley aceptada, conocida, firme.
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Por tanto, lo primero no es un gobernante, como pensaba Hobbes,
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sino que lo primero es una ley.
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Y esa ley no la trae un gobernante, sino que esa ley la traen los propios contratantes, aquellos, digamos, que deciden someterse a esa ley. Por tanto, ¿la ley en quién descansa? Pues descansa en el pueblo, no en el gobernante. Muy importante diferencia respecto a Hobbes.
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Hobbes defendía el absolutismo
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lo que decía
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o no decía, pero que creemos que
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ha quedado como frase hecha
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un poco de Luis XIV
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yo soy la ley, la ley soy yo
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mientras
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que Locke lo que está defendiendo es que
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no, el monarca no es la ley, el monarca
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también está sometido a la ley
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la ley es
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un acuerdo
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que descansa en el pueblo
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el pueblo entendido como
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la comunidad de propietarios
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Aunque la ley natural es clara e inteligible para todas las criaturas racionales
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Continúa leyendo
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La ley natural, muy importante
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Hobbes, lo hemos visto en el anterior texto
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Decía que en estado de naturaleza no existe ninguna ley
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Es una lucha a muerte de todos contra todos
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Podemos hablar de la ley de la selva, la ley de la jungla
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Pero eso es como decir que no hay ninguna ley
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Sin embargo, Locke dice
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También en el estado de naturaleza existía una ley
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¿Cuál? La ley natural. ¿Cuál es la ley natural? La que la razón misma nos dicta sin necesidad de haber acordado con nadie nada. Es que nuestra propia razón, nuestra propia moralidad, nuestra propia ética nos dice esto es justo y esto es injusto.
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Robar no está bien, matar no está bien y no hace falta que nadie lo ponga por escrito.
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Esta es la diferencia entre Locke y Hobbes. Hobbes dice que la razón no nos determina que esté mal matar a alguien.
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Al contrario, la razón nos da los mejores medios para matar a alguien en caso de que nos apetezca matar a alguien.
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La razón, por tanto, para Hobbes es simplemente un instrumento que te dice cómo realizar determinados fines.
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Pero esos fines no los propone la razón. Para Locke, sin embargo, sí. La razón pone límites. La razón te dice qué puedes hacer y qué no puedes hacer. Y eso es lo que se llama ley natural. Una ley escrita en nuestra mente, si queréis, en nuestros corazones.
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¿Cuál es el problema de la ley natural que sí existe en el estado de naturaleza?
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Pues que es muy fácilmente transgredible
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Efectivamente nuestra razón nos dice que eso no debe hacerse
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Nuestro corazón nos dice que eso no debe hacerse
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Pero la gente lo hace
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Aunque la ley natural, vuelvo a leer, es clara e inteligible para todas las criaturas racionales
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Los hombres, llevados por su propio interés e ignorantes por la falta de estudio de la misma
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Se sienten inclinados a no reconocerla como norma que les obliga
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cuando se trata de aplicarla a los casos en los que está en juego su interés.
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¿Qué es lo que ocurre en el estado de naturaleza?
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¿Qué es de lo que está hablando ahora Locke?
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Bueno, pues porque hay gente que sabe que una cosa es injusta,
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pero cuando le conviene, hace lo injusto.
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Es decir, la razón no tiene poder suficiente para imponer su ley.
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Por tanto, si la razón por sí misma no tiene poder suficiente,
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¿qué es lo que hacen los hombres justos?
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Se reúnen entre ellos y construyen un Estado
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donde se establece una ley y los medios para defender esa ley.
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¿Cuáles serían los medios?
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Un gobernador firme, una policía firme, los jueces firmes, es decir, establece la ley.
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En segundo lugar, hace falta en el Estado de naturaleza un juez reconocido e imparcial.
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Este es el segundo punto, ¿no? El poder judicial.
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Bueno, pues tenemos un texto súper interesante, sobre todo si lo leemos ya en comparación con el primer texto, donde vemos lo propio de John Locke.
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Cosas que tendremos que sacar. Bueno, pues el tema del texto, ya sabéis que son dos.
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Un tema de carácter general, cuál es el mejor modo de organización política, y otro específico.
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en este caso podríamos decir tanto
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como cuál es el estado de naturaleza
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desde el surgimiento del estado
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porque lo responde
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como por qué se realiza un contrato
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cuál es la base del contrato social
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yo creo que cualquiera de las dos
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no hace falta meter todos los temas
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aunque está
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en cuanto a la tesis o idea fundamental del texto
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ya sabéis que Locke
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lo que defiende es un estado liberal
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Es un estado liberal parlamentario.
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parlamentario. Bueno, y como decimos en cuanto a la tesis o idea fundamental del texto, ya sabéis
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que el modelo que defiende, como acabamos de decir, sería el modelo liberal y el tipo de estado de
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naturaleza, bueno, pues sería ese estado de naturaleza un poco mixto o a medias, donde encontramos
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por un lado que sí existe una ley natural, a diferencia de Hobbes, pero que no se cumple, no se
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garantizan ese estado de naturaleza, que se cumplan esos derechos fundamentales que protege la ley natural.
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Y luego ya lo que más sería profundizar en el texto, que sería cómo argumenta la tesis,
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pues bueno, justo lo que hemos hecho ahora, ir recorriendo párrafo a párrafo, como he hecho yo,
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y ver cuál es la idea principal de cada párrafo.
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Todos los argumentos están hechos en función de esa concepción del estado de naturaleza,
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es decir, partiendo del presupuesto de que antes de la aparición del estado,
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antes de la aparición de un estado como los que conocemos,
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pues se daba una condición de estado de naturaleza
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que no garantizaba la defensa de los derechos básicos.
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¿Cómo surgió, por tanto, ese Estado?
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A través de un contrato, un contrato entre aquellos que querían que se garantizasen sus bienes,
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sus derechos fundamentales, su vida, su libertad y sus propiedades, y su propiedad privada.
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Y lo primero, por tanto, que van a establecer al establecer ese contrato
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va a ser una ley justa sobre estos derechos.
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Ya el cuarto y último punto, recordamos cómo podemos relacionar el texto
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con lo que dice el autor.
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Bueno, pues aquí tenemos mucho que decir, porque falta mucho por aquí.
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Digamos, falta explicar que ese Estado se llama Estado liberal,
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que el monarca siempre va a estar supeditado a la ley
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y que incluso existe la norma de que si el monarca no defiende esos derechos naturales,
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el pueblo se puede levantar en armas contra el monarca y poner a un monarca justo.
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El propio John Locke, sabéis que siempre es bueno hablar un poco sobre el filósofo que firma el texto,
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pues el propio John Locke es uno de los padres del pensamiento liberal,
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fue la mente pensante detrás de la Revolución Gloriosa Inglesa de 1689-1888,
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siempre me patina la fecha, bueno, en 1680 y tantos,
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por la que se depuso al monarca absolutista católico
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y se lleva a Guillermo de Oranje, al que se le hace prometer
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la ley y la constitución de los ingleses.
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Por tanto, el monarca está sometido a la ley.
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También tenéis aquí espacio en ese último punto para hablar un poquito de Hobbes,
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cuál es la diferencia respecto a la visión que tiene del estado de naturaleza.
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Para Hobbes no existe ninguna ley natural y, por tanto, para Hobbes el origen de la ley
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es el propio monarca, el propio monarca al que se le cede todo el poder,
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es él, digamos, el que tiene todo el poder
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y él pues establecerá una ley
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pero se la puede saltar en cualquier momento
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porque la garantía del orden para Hobbes
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no es la ley, sino es
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la fuerza de ese monarca
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al que se le cede todo el poder
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y son textos
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súper interesantes que luego
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van a dar pie
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a toda la
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teoría política moderna
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incluso a las ideologías modernas
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yo creo que detrás
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de los diferentes partidos políticos que podemos encontrar hoy en día,
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de las diferentes ideologías, pues encuentran estas visiones del ser humano,
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estas visiones del estado de naturaleza y de qué es lo que fundamenta un estado.
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Finalmente, el tercer texto del que quería hablar hoy es el texto 8 de Rousseau.
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Vamos a leerlo, no voy a analizarlo muy a fondo,
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este no es el que tenéis que comentar en el ejercicio, sino el que ya hemos visto ahora.
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pero bueno, sobre todo para aclararlo de cara a que pudiera ser texto de examen
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y que sobre todo completa la visión de los tres contractualistas
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y esto además completa un poco la clase sobre el contractualismo.
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Veamos, los obstáculos que se oponen a la conservación del hombre en el estado de naturaleza
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son tales que superan las fuerzas que cada individuo puede emplear para mantenerse en ese estado.
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Entonces, ese estado primitivo no puede ya subsistir y el género humano perecería si no cambiase de manera de ser.
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Con esto arranca Rousseau, también hablando del estado de naturaleza.
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Sabéis que el estado de naturaleza para Rousseau no es nada parecido a lo que describía Hobbes, no es la guerra de todos contra todos.
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Sabéis que ni siquiera es ese estado en el que existe una ley natural justa pero que nadie respeta.
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es el que muestra Locke, que nadie o casi nadie, sino que describe al hombre natural como el buen salvaje,
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un hombre libre, lleno de buenos sentimientos, de buenas intenciones, compasivo, que ayuda,
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que no es codicioso, que no es violento. Bueno, por tanto, una picoca no es ideal en ese estado.
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Claro, la pregunta es si por qué abandonó al ser humano ese estado de naturaleza.
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Bueno, pues fundamentalmente porque el hombre aislado al final no puede sobrevivir, no tiene los medios para subsistir en el momento en que hay tempestades o hay sequía o hay condiciones naturales que le llevarían a la desaparición.
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Por eso se ve obligado a unirse a otros hombres y a organizarse políticamente.
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Por tanto, el tránsito, que nunca es muy claro tampoco en Rousseau, entre el estado de naturaleza y el estado organizado,
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pues bueno, se hace por la fuerza, pero por la fuerza de la propia naturaleza,
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que le obliga al ser humano a abandonar ese estado individualista de aislamiento.
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Continúo leyendo.
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Por ello, los hombres no han tenido para conservarse otro medio que formar una suma de fuerzas que pueda superar la resistencia.
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Esta suma de fuerzas no puede nacer más que con el concurso de muchos.
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Pero siendo la fuerza y la libertad de cada hombre los primeros instrumentos de su conservación,
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¿cómo los comprometerá sin perjudicarse?
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Ya veis que aquí Rousseau es menos claro que los anteriores autores.
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el francés siempre es más retórico
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frente al inglés
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que es más pragmático y todo bastante más directo
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bueno, pues lo que nos viene a decir
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Rousseau es que, claro, el problema es que
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él en estado de naturaleza, ser humano aislado
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tenía su propia fuerza y su libertad, sin embargo ahora le está comprometiendo
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porque al juntarse con otros tiene que ceder
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tiene que ceder libertad, tiene que ceder fuerza
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¿Cómo lo hace sin que otro que acumule esa fuerza que él ha perdido le perjudique?
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Esta dificultad aplicada a este tema puede enunciarse del siguiente modo
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Encontrar una norma de asociación que defienda y proteja con toda la fuerza común
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La persona y los bienes de cada asociado
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Y por la cual, uniéndose a todos, no obedezca sin embargo más que a sí mismo
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Y quede tan libre como antes
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por tanto, el contrato social
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que además es el título del libro de Rousseau
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que estamos comentando
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consiste en encontrar una ley
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también, esto es parecido a Locke
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pero tiene
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que proteger a todos
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y los bienes de todos los asociados
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de tal forma que
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cada uno de los
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miembros quede tan libre como antes
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no se sienta, digamos
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coartado por esta ley
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o digamos que funcione todo el cuerpo de los asociados como un cuerpo unitario orgánico.
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En suma, como dándose cada cual a todos no se da a nadie,
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como no hay ningún asociado sobre el que no se adquiera el mismo derecho que uno le otorga sobre uno mismo,
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se gana el equivalente de todo lo que se pierde y más fuerza para conservarlo que se tiene.
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vemos que el texto se las trae
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es retórico
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y la propia traducción
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pero el propio original también es
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bastante retórico, lo que pierde
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el hombre por el contrato social es su libertad
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natural, que es más claro, no pierde
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aquella libertad natural y un derecho
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ilimitado a todo cuanto le tienta
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lo que gana
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es decir, ahora ya este hombre
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que está bajo contrato social no puede
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entrar de un árbol que tiene
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naranjas y coge una naranja porque esa naranja
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tal vez pertenezca a alguien y no tiene derechos sobre ellas y no tendrá que pedir permiso a la autoridad
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o ver si puede coger esa naranja. Por tanto, pierde esa libertad que tenía el buen salvaje de coger lo que se encontraba.
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Lo que gana es la libertad civil y la propiedad de todo cuanto posee. ¿Qué es lo que gana?
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Pues la libertad dentro de la ley y la propiedad de todo cuanto posee.
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Es decir, aquello que esta persona posee nadie se lo va a quitar.
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El hombre adquiere así también la libertad moral, la única que hace al hombre auténticamente dueño de sí mismo. Y ahora es libre moralmente porque ya está legislado desde dentro, ya entiende que su libertad termina donde empieza la del otro.
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Bueno, aquí tenemos un texto, como os digo, más complicado, por eso no os lo he puesto para comentar, pero que, bueno, un poco comparado con los otros, nos habla ya del momento del contrato social.
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Ya sabéis que en el pensamiento de Rousseau hay otras matices que aquí no aparecen.
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Frente a los otros autores, él habla de un estado injusto que hay que superar.
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Es decir, no solo está el estado de naturaleza y el estado civil tras el contrato social justo,
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sino que habla de una cosa intermedia que es también un estado, pero un estado injusto,
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donde no se defiende la libertad de los individuos, sino que uno somete a los demás.
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sería el estado absolutista
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o también incluso podría ser el estado liberal
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de Locke, donde solo se defiende
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a los que poseen mucho
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Rousseau es el inspirador
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de la revolución francesa
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sobre todo de los jacobinos
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y aquí se defiende los derechos
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de todos los ciudadanos, de toda persona
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no por ser propietarios
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sino simplemente por ser ciudadanos
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bueno, dejamos esta clase
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aquí, nos quedaría
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una última clase ya hablando
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de estos dos últimos textos, principalmente del 10,
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que sería el último que había que comentar.
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Saludo y hasta pronto.
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- Enseñanza básica para personas adultas
- Autor/es:
- Garikoitz Gamarra Quintanilla
- Subido por:
- Garikoitz G.
- Licencia:
- Reconocimiento - No comercial - Sin obra derivada
- Visualizaciones:
- 87
- Fecha:
- 24 de febrero de 2022 - 12:09
- Visibilidad:
- Público
- Centro:
- Sin centro asignado
- Duración:
- 22′ 59″
- Relación de aspecto:
- 1.34:1
- Resolución:
- 1436x1072 píxeles
- Tamaño:
- 113.37 MBytes
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