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Estructura y funcionamiento de la Consejería de Educación y Juventud, competencias y marco normativo
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Mentores
Hola a todos y todas, en la sesión de hoy vamos a estudiar la estructura y funcionamiento de la Consejería de Educación, Ciencia, Universidades y Portavocía, así como sus competencias y el marco normativo.
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Si os pidiera que me dijerais qué conocéis de la estructura de la consejería en la que prestéis vuestros servicios, ¿qué me responderíais?
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Pararos unos segundos a pensarlo.
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Estoy segura que la gran mayoría os habéis limitado a mencionar a la dirección de vuestro centro educativo y a la dirección de área territorial a la que está asignado el centro en el que prestáis vuestros servicios, sin ser conscientes de que por encima de las áreas territoriales están las direcciones generales, las viceconsejerías y el consejero, órganos en los que se adoptan las decisiones y se crea la normativa que posteriormente ejecutan y gestionan las áreas territoriales y los centros educativos.
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De todas las consejerías existentes, la que tiene asignada en la actualidad las competencias
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educativas es la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, cuyo
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titular es el consejero. El nombre de la consejería suele modificarse cada vez que hay un cambio
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de gobierno regional. Con anterioridad hemos sido Educación y Deportes, Educación y Empleo,
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Educación y Juventud, etc. Pero empecemos por la normativa que regula actualmente tanto
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la estructura como las competencias. Vamos a ver únicamente las más relevantes. En
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primer lugar tenemos el decreto 88-2021 del Consejo de Gobierno. En él se modifica la
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estructura orgánica básica de las consejerías de la Comunidad de Madrid después de las
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últimas elecciones regionales. En esta norma se establece que las atribuciones en materia
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educativa que antes estaban atribuidas a la Consejería de Educación y Juventud ahora
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pasan a la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía que aglutina las atribuciones
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sobre todos los niveles de enseñanza. Posteriormente tenemos también el decreto 42 barra 2021 de la
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Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el número y denominación de las
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consejerías de la Comunidad de Madrid. Por último el decreto 288 2019 del Consejo de Gobierno por el
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se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud. Como
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veis, este decreto hace alusión a la anterior consejería, por lo que será modificado en
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breve para adaptarlo a la denominación y competencias de la nueva consejería. En este
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decreto se establece tanto la estructura como las competencias de cada uno de los órganos
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que la componen. La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía tiene
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la siguiente estructura básica. Existen tres viceconsejerías. La Viceconsejería de Política
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Educativa, la Viceconsejería de Organización Educativa y la Viceconsejería de Universidades,
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Ciencia e Innovación. Y además de esas tres viceconsejerías está la Secretaría General
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Técnica. Cada una de estas viceconsejerías se organiza en direcciones generales. A las
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viceconsejerías y las direcciones generales se les denomina servicios centrales. Por otro
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lado, el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid se ascribe también a la Consejería de Educación,
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Universidades, Ciencia y Portavocía. De esta estructura vamos a centrarnos en aquellos órganos
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con competencias en enseñanzas no universitarias, por ser las que nos afectan, es decir, vamos a
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estudiar cómo se organiza la Viceconsejería de Política Educativa y la Viceconsejería de
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Organización Educativa. Veamos las direcciones generales de las que se componen cada una de
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hechas viceconsejerías. La Viceconsejería de Política Educativa está integrada por
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cuatro direcciones generales. La Dirección General de Educación Infantil, Primaria y
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Especial, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección
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General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y, por último,
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la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio.
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Empecemos por la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial. De manera resumida,
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sus atribuciones son la propuesta de creación, modificación, transformación y supresión de los
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colegios de educación infantil y primaria, así como centros de educación especial. También
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establecen las plantillas de los centros, el régimen de organización, el establecimiento
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de criterios pedagógicos y la planificación, organización y coordinación de programas para
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alumnado con necesidad de apoyo educativo. Todo ello únicamente de los centros públicos. Por su
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parte, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza tiene como marco
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de actuación el bilingüismo, los programas de innovación y formación, así como la
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evaluación y análisis del ámbito educativo. De manera esquemática, podemos señalar que
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entre sus atribuciones están las de desarrollar y coordinar programas y actividades relacionadas
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con el bilingüismo, diseñar programas de innovación de calidad, pero lo que más cercano
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resultará es todo lo relacionado con la formación, pues esta dirección general es la que diseña
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y desarrolla actividades de formación que se desarrollan en los CETIF y en el CRIT Las
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Acacias. Asimismo, llevan el registro de formación del profesorado. En cuanto a evaluación,
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las funciones más significativas que realizan son la realización de evaluaciones del sistema
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educativo, así como el desarrollo y ejecución de las pruebas externas que se realizan en
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tercero y sexto de primaria, así como en cuarto de la ESO. En cuanto al ámbito de evaluación,
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las funciones más significativas son la realización de evaluaciones del sistema educativo, así como el
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desarrollo y ejecución de las pruebas externas que se realizan en tercero y sexto de primaria,
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así como en cuarto de la ESO. Veamos a continuación las competencias de la Dirección General de
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Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial. A grandes rasgos tiene
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competencias la propuesta de creación, modificación, transformación y supresión
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de centros, así como de las enseñanzas de su ámbito de actuación, que son los IEL,
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los centros de FP, los conservatorios, las escuelas de idiomas, los centros de danza,
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de artes, etcétera. También establecen las plantillas de los centros, el régimen de
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organización, el establecimiento de criterios pedagógicos y la planificación,
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organización y coordinación de programas con alumnado con necesidades de apoyo educativo.
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Al igual que en la dirección anterior, todo ello únicamente para los centros públicos.
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Por último, la Dirección General de Educación Concertada, becas y ayudas al estudio,
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tiene como destinatarios principales a los centros privados y concertados.
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En este sentido, se encargan de la tramitación del procedimiento de autorización
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para el establecimiento de centros docentes concertados y privados que
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impartan enseñanzas regladas no universitarias, así como la gestión de
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becas y ayudas en el ámbito de la educación no universitaria. También en el
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ámbito de los centros docentes públicos tienen la atribución relativa a la
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concesión de ayudas dirigidas a la realización de actividades fuera del
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horario lectivo. A continuación conoceremos cómo se
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organiza la Viceconsejería de Organización Educativa. Esta Viceconsejería se organiza
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en dos direcciones generales, la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y
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la Dirección General de Recursos Humanos. Asimismo, se encuentra adscrita a esta Viceconsejería
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la Subdirección de Inspección Educativa. Veamos las competencias de cada una de las
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direcciones generales citadas. En primer lugar, la Dirección General de Infraestructuras
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y Servicios es el órgano responsable de la edificación y ampliación de centros educativos
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públicos, de la contratación de servicios y suministros en centros educativos y de las
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plataformas y aplicaciones utilizadas en la actividad educativa, como algunas que conoceréis
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como Robles, Raíces, EducaMadrid... En cuanto a la Dirección General de Recursos Humanos
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asume las competencias con las que estáis muy familiarizados,
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pues afectan a la gestión del personal docente de enseñanza no universitaria.
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En esta dirección general, por ejemplo, se realiza la propuesta de empleo público
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y se elaboran y ejecutan todas las actuaciones que conllevan cada uno de los siguientes procedimientos.
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Oposiciones a los cuerpos docentes, al concurso de traslados, al de ingreso al cuerpo de inspectores de educación,
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cese voluntario, proceso de selección y renovación de directores, procedimiento de acceso a cátedras,
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se elabora también la resolución y ejecución de los procedimientos de habilitación y acreditación lingüística,
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se autorizan las comisiones de servicio, las actividades de formación y acompañamiento de los docentes al exterior,
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se tramitan las jubilaciones, la elaboración de instrucciones sobre horarios, licencias y permisos, etc.
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Por otro lado, es el órgano responsable de la selección y nombramiento del personal funcionario docente interino.
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Desde este área se elaboran y ejecutan los procedimientos de asignación de destinos de inicio de curso,
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se gestiona Ares, se elaboran los listados de interinos, se realizan las convocatorias de asignación de sustituciones diarias,
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se gestiona el bloqueo a las listas de interinos.
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Esta dirección general es también el órgano encargado del personal laboral,
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como los auxiliares de control y de limpieza que prestan servicios en centros educativos,
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así como los funcionarios no docentes en los centros, como por ejemplo el personal administrativo.
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Por último, se aprueban las remesas de nómina y se planifica la prevención de riesgos laborales en los centros docentes.
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Asimismo, las direcciones generales se organizan administrativamente en sus direcciones generales.
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Ya conocéis todas las direcciones generales que existen en esta consejería.
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Tras ello, en un nivel jerárquico administrativo inferior están las direcciones de área territorial.
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Las direcciones de área territorial son los órganos directivos de gestión territorial desconcentrada de la consejería
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que actuar respecto de los centros educativos ubicados en su ámbito territorial de acuerdo con las funciones de gestión y ejecución
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que les han sido encomendadas por los órganos centrales de la Administración Educativa, bajo las directrices de dichos órganos.
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En un nivel inferior a las DAT se encontrarían los equipos directivos de los centros educativos
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y aunque os sorprenda, en el último escalafón estaríais también vosotros, los docentes,
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porque a ser funcionarios públicos representáis a la Administración en vuestro ámbito de actuación.
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Como supongo que con tanta competencia estaréis un poco confundidos,
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a modo de resumen, recordad que jerárquicamente la Consejería se estructura del siguiente modo.
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En la cúspide estaría el Consejero, posteriormente las Viceconsejerías,
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a continuación las Direcciones Generales, después las Direcciones de Área Territorial,
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los equipos directivos y por último vosotros los decentes. Espero que lo estudiado os haya
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servido para que tengáis una idea general de la organización en la que vais a desarrollar
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vuestra vida profesional.
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- Idioma/s:
- Autor/es:
- Mª Remedios Cuevas Muñoz
- Subido por:
- Ignacio A.
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- Fecha:
- 5 de marzo de 2022 - 9:10
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